23 de julio de 2009

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Pautas y Cronograma para tramitar la "Clave Ciudad"



Continuando con la implementación del nuevo Sistema de Administración Tributaria, la AGIP dispuso la creación de la clave fiscal, similar a la implementada por la AFIP, denominada en este caso “Clave Ciudad,” y oficializada por la Resolución 433/2009.

La nueva clave ciudad será obligatoria a los fines de identificar a los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, y en una primera etapa se utilizará para la presentación online de declaraciones juradas. En el futuro la AGIP definirá su aplicación para cualquier otro servicio que se habilite a tales efectos.

En esta primera etapa de implemntación, los obligados a tramitar la clave ciudad, son los Grandes contribuyentes, los Agentes Recaudadores, los Contribuyentes intermedios y los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Locales (masivos) según se establece en el Anexo 1 y Anexo II. de la Res. 2651/2009.

Como características principales se destacan:


• La Clave Ciudad es una contraseña que otorga la AGIP para poder realizar trámites (presentar declaraciones juradas, solicitar la baja en impuestos o regímenes, o cualquier otro servicio que se habilite en el futuro).
• La clave que otorga la Administración debe ser reemplazada por el contribuyente o representante a partir de su primera utilización.
• La presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos se realizará exclusivamente mediante transferencia electrónica de datos a través de la página web de esa Administración (www.agip.gob.ar), siendo imprescindible la utilización de las respectivas Claves Ciudad.

Se disponen dos niveles de seguridad:
- Nivel de Seguridad 1: de asignación exclusiva a las personas físicas que actúan en representación de sí mismas. Su obtención se realiza ingresando un dato no público (pago ya efectuado) en la página web antes mencionada.
- Nivel de Seguridad 2: el mismo resulta atribuible únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes (designados mediante escritura pública salvo que se trate del representante legal) ó bien personas físicas que actúan en representación de terceros, permitiendo además actuar por sí mismo. El trámite para su obtención es presencial en la Dirección General de Rentas y delegaciones habilitadas. Por otra parte, este nivel permite efectuar la delegación en uno o varios subadministrador/es.
• La presente resolución se encuentra vigente desde el lunes 13 de julio de 2009.


Cronograma para tramitar la "Clave Ciudad":


La Res. 2651/09 establece el cronograma para solicitar la Clave Fiscal:

Nivel de Seguridad 02 – para Grandes Contribuyentes, Agentes Recaudadores eU Contribuyentes Intermedios:

  • CUIT: 0-1: 20/07/2009 al 24/07/2009
  • CUIT: 2-3: 27/07/2009 al 31/07/2009
  • CUIT: 4-5: 03/08/2009 al 07/08/2009
  • CUIT: 6-7: 10/08/2009 al 14/08/2009
  • CUIT: 8-9: 18/08/2009 al 21/08/2009

Nivel de Seguridad 02 – para Contribuyentes Locales (Masivos):

  • CUIT:0-1 24/08/2009 al 28/08/2009
  • CUIT:2-3 31/08/2009 al 04/09/2009
  • CUIT:4-5 07/09/2009 al 11/09/2009
  • CUIT:6-7 14/09/2009 al 18/09/2009
  • CUIT:8-9 21/09/2009 al 25/09/2009



Fuentes: Res. 2651/2009 - Anexos 1 y 2


2 comentarios:

sylvia dijo...

Hola, Ignacio. felicitaciones por tu página antes que nada. me es muy ùtil. soy contadora y no tengo a veces tiempo para leer todo de todos los temas, asi que està buenisimo que tù lo subas a esta pàgina. no se si lo haces todo tù o tienes un equipo que te colabora, igual, como sea, mil gracias por la iniciativa. te consulto algo: si un cliente ,s.a., local de c.a.b.a, no sacò la clave ciudad aùn, abril 2010, hay algun problema con esto?, o sea, que no se acepte màs a partir de una fecha cercana el presentar las declas de iibb por la página de afip y con la clave de afip? soy sylvia. mil gracias.

Ignacio dijo...

Hola Sylvia, muchas gracias, me alegra mucho que te sea útil la página. La verdad es que la hago solo, y grato saber que le sirve también a los profesionales.
Con respecto a la consulta, todavía no hay sanciones y la clave casi no tiene utilidad, obviamente la idea es generalizarla, y que se presenten las DDJJ con esta clave y demás. Pero por ahora no es así. De todos modos, te diría que lo hagas cuanto antes, ya que son bastante desprolijos con las normas, y en cualquier momento pueden apurar los tiempos.
saludos!

Ignacio

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