
Debido a diferentes irregularidades que se han sido observado por la Superintendencia de Seguros respecto a la opción de cambio por parte de los beneficiarios de obras sociales, dicho organismo ha decido realizar cambios en los mecanismos de control que acrediten de manera fehaciente la identidad del beneficiario, especialmente en lo que hace a la suscripción del formulario. La nueva norma se oficializó mediante la resolución 950/2009 SSS.
Según los considerandos de esta nueva norma, se ha observado un significativo número de formularios enviados a la Superintendencia de Salud que cuentan con tachaduras, enmiendas y correcciones, con algunos cuyas fechas no coinciden, y se ha observado un número importante de formularios acompañados ante este Organismo que adolecen de la constancia de la entrega de cartilla e información. También se observa un número importante de beneficiarios que se han presentado ante el Organismo desconociendo e impugnando una supuesta opción que afirman no haber efectuado y que ameritan el establecimiento de un procedimiento que simplifique la tramitación y privilegie la real manifestación de la voluntad.
Las modificaciones
Ver resolución 950/2009 - SSS
Según los considerandos de esta nueva norma, se ha observado un significativo número de formularios enviados a la Superintendencia de Salud que cuentan con tachaduras, enmiendas y correcciones, con algunos cuyas fechas no coinciden, y se ha observado un número importante de formularios acompañados ante este Organismo que adolecen de la constancia de la entrega de cartilla e información. También se observa un número importante de beneficiarios que se han presentado ante el Organismo desconociendo e impugnando una supuesta opción que afirman no haber efectuado y que ameritan el establecimiento de un procedimiento que simplifique la tramitación y privilegie la real manifestación de la voluntad.
Las modificaciones
- Los formularios de opción de cambio deberán contar con la firma del beneficiario debidamente certificada por autoridad competente, ya sea escribano, autoridad policial, bancaria o judicial.
- Se deberá incorporar al "formulario de opción de cambio" la constancia del teléfono móvil y el correo electrónico del beneficiario.
- Los formularios de opción de cambio deberán ser presentados a esta Superintendencia de Servicios de Salud refrendados por alguno o algunos de los miembros del Consejo Directivo de la Obra Social receptora.
- Se creará un nuevo nuevo "formulario de opción de cambio" para el Sistema Nacional del Seguro de Salud.
- La presentación de un beneficiario del Sistema Nacional del Seguro de Salud desconociendo su firma en un formulario de opción de cambio de obra social —efectuada con anterioridad al dictado y vigencia del presente acto administrativo— activará automáticamente el procedimiento previsto en el Anexo I de la presente resolución 950/09.
Ver resolución 950/2009 - SSS











7 comentarios:
cuales son los formularios que deben tener firma certificada?
la norma da un plazo de 60 días para crear este nuevo formulario.
la opcion de cambio es tambien para alguien q va a hacerse pension no contributiva y no quiere pasarse al pami y poder seguir con su obra social q es osecac?
Tengo entendio que solo es para cambio de obra social de trabajadores en actividad.
hola tengo pension no contributiva,40/5tengo profe,y necesito saber si me puedo cambiar de obra social.mi nombre es maria ines folmer.dni 13.257.356.me podes responder a esta direccion de mail.solerivero@live.com
hola!!! necesito saber como tengo que hacer para cambiar de obra social, de IOMA a PAMI. me podes responder a maxy.-rock@hotmail.com GRACIAS!!!!
Hola soy Ana ,mi PAPÁ TIENE PAMI ,PORQUE ESTÁ A CARGO DE MI MAMA,SI LE TRAMITO LA PENSIÓN POR DISCAPACIDAD, PUEDE QUEDARSE CON PAMI?
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