26 de julio de 2010

52

Publicaron las escalas salariales de julio 2010 para empleados de comercio

En los portales del sindicato de comercio de Bahía Blanca y Mar del Plata publicaron las escalas.

Hasta el día de hoy FAECYS no han publicado aún las escalas salariales para el mes de julio, pero la página web del Sindicato de Empleados de Comercio de Bahía Blanca han publicado las nuevas escalas salariales para el período Julio 2010 a Noviembre 2011. (ver escalas). Y también en el portal del Sindicato de Comercio de Mar del Plata, han publicado la escala de Julio 2010.


Debemos suponer que son las mismas tienen carácter oficial y que son las mismas que publicará FAECYS en su página. Esperemos que sea así, si no aumentará la confusión, que ya no es poca a estas alturas.
Escala salarial Administrativo A Junio 2010 a Noviembre 2011

Lo que podrán ver en las planillas publicadas por el Sindicato de Comercio de Bahía Blanca, es que  el criterio que se ha tomado para la confección de las mismas, es el que he venido sosteniendo personalmente desde este blog. La base para calcular el incremento es fija determinada al inicio una sola vez,  es decir que no se modifica mes a mes.

Recordemos que el acuerdo se firmó en junio, pero retroactivo al mes de mayo, y se estableció un incremento salarial del 27%, en forma acumulativa y escalonada en tres tramos, 15% en mayo, 7% en septiembre y 5% en diciembre. Y la base para determinar dicho incremento salarial se componía de 3 items: a) Básico de convenio, b) Acuerdos anteriores y c) Adicionales fijos y permanentes hasta 900 pesos.

Con respecto al acrecentamiento del básico, para hacer neutro el efecto de la mayor cantidad de aportes que debe realizar el empleado, al convertirse escalonadamente los acuerdos en remunerativos, es el mismo comentado días atrás en el blog. ver

Consiste en multiplicar la parte del acuerdo que pasa a remunerativo por 1,17391, o dividirlo por la inversa 0.85185, es exactamente los mismo. Pero no dividirlo por 0.86 como han sugerido, ya que no se llega al mismo resultado, no estamos calculando el Grossing up para hacer neutra una retención impositiva.

Las nuevas escalas
De todos modos las nuevas escalas serán útiles a manera de guía y  de comparación, ya  que salvo para el caso de empleados sin antiguedad, los básicos y los acuerdos que están detallados en las escalas publicadas, no serán iguales a las de los recibos. Como ya varios lo han advertido, el problema surge por los incrementos de abril de 2008 y el acuerdo junio 2010, en ambos acuerdos se establecieron amentos salariales en porcentajes que se aplican sobre bases salariales que no son las mismas para todos los empleados.

Por ejemplo, el acuerdo de abril de 2008, estableció una incremento del 20% sobre las sumas que el empleado cobraba al mes de abril de ese año. Dependiendo de la antigüedad, el básico cambiaba, lo mismo si el empleador percibía algún tipo de adicional.

Y lo mismo ocurre con el 27% del acuerdo de junio de 2010, que toma como base el básico de convenio, pero también los acuerdos anteriores, donde se encuentra, entre otros, ese 20%, que como vimos difiere según cada caso en particular. Y como si fuera poco, en los casos de empleados que al momento del aumento percibían sumas fijas permanentes, también integran la base de calculo.

Por lo tanto, a la hora de confeccionar el recibo, se deberá ver cada caso en particular, y luego compararlo con la escala salarial oficial publicada por el sindicato. En la gran mayoría de los casos, el aumento del básico será mayor que el publicado para cada categoría. Lo cual no es un dato menor, ya que tenemos que tener en cuenta que la antiguedad se debe calcular por el básico de convenio.

Particularmente, creo que lo mas conveniente y prolijo será diferenciar lo que es puramente básico de convenio y el resto exponerlo en el recibo en un item separado.

52 comentarios:

Mariano dijo...

Hola Ignacio, estoy totalmente de acuerdo en que lo que hay que hacer es tomar como basico lo que figura en las escalas publicadas...que por suerte coinciden tanto en Mar del Plata como en Bahia Blanca. Si con el calculo da menos de lo que ganaba antes, le podre una suma remunerativa para compensar, y si por casualidad llega a dar de mas, que lo tomen como un mini-premio...Saludos!

SIL dijo...

Hola Ignacio,
Que pasa con las escalas del resto del pais??
Gracias

Anónimo dijo...

Alguno pudo dejar bien las formulas en Tango? Con es item del 20% en medio de los acuerdos, etc...se complica, voy a tener que hacer caso por caso? jaja terrible sandwich
Saludos, gracias Ignacio!
Jor

Nahuel dijo...

Hola Ignacio.. te hago una pregunta. Si un empleado tenia un basico mas alto que el de convenio, ahora con el nuevo aumento dle basico tengo que tomar el basico de la escala nueva o tengo que aumentar el basico en la suma que le correspondiera sin importar que me quede un basico superior al de la nueva escala?

Anónimo dijo...

y que pasa con las escalas del resto del pais? tenes idea de como debemos liquidar nosotros que no somos ni de bahia ni de mar del plata? saludos

Fernando

MARTIN R. dijo...

HOLA IGNACIO,HACE UN RATO LLAME A FAECYS (LABORALES) PARA PREGUNTARLES CUANDO IBAN A PUBLICAR LA ESCALA SALARIAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO,Y ME DIJERON ENTRE EL MARTES 27 Y EL MIERCOLES 28.Y,QUE HAY DOS ESCALAS SALARIALES UNA ES LA QUE VOS PUBLICASTES Y HAY OTRA QUE TIENEN ELLOS.ME DIJERON QUE HAY QUE ESPERAR A VER CUAL DE LAS DOS PUBLICAN.SIEMPRE TODO TAN CLARO EN NUESTRO GREMIO.

MARTIN R.

Ignacio dijo...

Hola Mariano, no debería dar menos, mas puede ser, pero menos no.

Hola Sil y Fernando, estas escalas son para todo el país.

Hola Carlos, está en link.

Hola Nahuel, hay que discriminar el básico de convenio del resto.

Ignacio dijo...

Hola Martín R, si la escala que van a publicar es diferente a la publicada por los sindicatos, se va a complicar mucho la cosa, habrá que esperar

Florencia dijo...

Buen dia Ignacio, muy buena tu explicación, la duda que me queda es, que pasa con la antiguedad? la seguimos calculando sobre el básico de convenio anterior al grossing up? O sea básico+ grossing up en rubro separado+ antiguedad sobre basico anterior? O se incluye para el cálculo el importe del grossing up? Pq si se la incluye el neto de bolsillo aumentaría con respecto a Junio,Muchas gracias desde ya, saludos!

Ignacio dijo...

Hola Florencia, no, la antiguedad va sobre el básico de convenio por cada mes. Y, si, el neto de bolsillo tendrá un pequeño incremento.

Anónimo dijo...

Ignacio: Creo que la "creatividad" de quienes elaboran el convenio es muy inferior a su capacidad para normatizar la aplicación de semejante despropósito. Aprovecho para hacer una pregunta que tal vez no esté muy orientada a este espacio específico.
Una empresa importante viene liquidando a un empleado un básico de $1750.- cuando conforme a su categoría correspondería un basico de
unos $300.-menos. al calcularle la antigüedad liquidan el importe que le correspondería por su básico de convenio. La pregunta es la antigüedad surge de: básico * 0,75 * años trabajados o es el importe que por antigüedad figura en las escalas publicadas en 2008, en forma independiente del básico. Creo que es la primera opción, pero como la empresa no es un "boliche" me llamó la atención. Gracias por tu atención ROBERTO..

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, no entiendo como calculan el Acuerdo No Remunerativo de Junio 2010 a partir del mes de Septiembre:

Para Jun/Jul/Ago tomamos la base de $2158.47 (1319.56 + 263.91 + 100 + 300 + 100 + 75) y la multiplicamos por el 15% = 323.77 a eso le agrego los $75 y da los $398.77 que dice la tabla.

Pero para Septiembre no entiendo que calculo hace, si tomo la misma base $2158.47 y la multiplico por 22% = 474.86 + 75 = 549.86 tengo una diferencia de $22.67...que es lo que estoy haciendo mal??

Mil gracias por la ayuda!!!
Laura

Ignacio dijo...

Hola Roberto, si, han creado un engendro que hoy no saben como solucionarlo.
Con respecto a la pregunta, la antiguedad el el 0.75% del básico por año. El que figura en 2008 es del 0.5%, pero eso se cambio en mayo pasado.

Ignacio dijo...

Hola Laura, no , tenés que tener en cuenta que el aumento es acumulativo, entonces el aumento del 15%, pasa a formar la base de septiembre:

$2158.47 + 323.77 = 2482.24 esa es la nueva base acumulada

entonces: 2482,24 x 1.07 = 2655.99

le restamos la base original: 2656 - 2158.47 = 497.53

mas los 75 pesos: 497.53 + 75 = 572.53

listo!!

Anónimo dijo...

Ignacio: disculpá la insistencia pero en realidad mi duda no es entre el 0,5 y el 0,75, sino que la empresa viene liquidando la antigüedad en base a la escala publicada en 2008 y no sobre el básico del propio empleado, que es superior al que corresponde a su categoría. Entiendo que están equivocados y así como vienen arrastrando este error desde 2008 es probable que lo sigan haciendo en el futuro. Gracias ROBERTO.

adrian g. dijo...

EMPLEADO DE COMERCIO:


HOLA IGNACIO: REMUNERACION MES JUNIO 2010.


HABERES: DEDUCCIONES: ADICIONALES:

SUELDO BASICO: 1450

JUBILACION: 11% 159,30
LEY 19032: 3% 43.50
OBRA SOCIAL:3% 43.50
OBRA SOCIAL S/ACUERDO COLECT. 36.37
APORTE A OSECAC POR UNICA VEZ 50.00
ADIC.NO REMUN.ACUERDOS ANT. 790.00
ADIC.NO REMUN.JUNIO 2010 347.25
SUMA FIJA CONV,JUNIO 2010 75.00
REDONDEO 0.62

1450 332.87
NETO A COBRAR $2330.-
-----------------------------------------------------------------------
SOY EMPLEADO DE COMERCIO:

( IGNACIO COMO QUEDARIA CONFORMADA MI LIQUIDACION DEL MES DE JULIO,CON ESTE DETALLE ),TE SOY SINCERO YA ESTOY MAREADO CON LOS CALCULOS DE NUESTRO ACUERDO),AGRADECERIA TU AYUDA !!!

ADRIAN G.

ADRIAN G dijo...

BASICO:1450 LIQUIDACION MES DE JUNIO 2010

JUBILACION:11% 159.50
LEY 19032: 3% 43.50
OBRA SOCIAL:3% 43.50
OBRA SOCIAL S/ACUERDO COLECT 36.37
APORTE A OSECAC POR UNICA VEZ 50.00
ADIC.NO REMUN.ACUERD ANT 790
ADIC.NO REMUN.JUNIO 2010 347.25
SUMA FIJA CONV,JUNIO 2010 75
REDONDEO 0.62

NETO: $ 2330.-

( HOLA,IGNACIO COMO QUEDARIA MI REMUNERACION DEL MES DE JULIO.SOY EMPLEADOS DE COMERCIO,DESDE YA ESPERO TU RESPUESTA.MUCHAS GRACIAS !!!

ADRIAN G

Mauricio dijo...

Hola Ignacio, siempre veo tu blog y me ayuda mucho gracias....
Ahora te consulto que opinas: Un empleada que trabaja 3 Horas por día de lunes a sábados serían 18 Semanales, como lo ves en que liquidación encaja, Reducida pero que debería cobrar de no remunerativos el sueldo Básico es de $ 498.07 (Vendedor A) por esas horas si me podes guiar un poquito , gracias... Suerte

Anónimo dijo...

sinceramente esto es una pelotudez que gremio de cuarta
Gracias Nacho

Anónimo dijo...

Cada Acuerdo que sacan es un cúmulo de complicaciones. Creo que ni ellos saben después cómo implementarlos. Esperemos que FAECYS, aparte de publicar los básicos de julio, aclare qué pasa en el caso de los empleados que tienen antigüedad, ya que en los acuerdos anteriores el 20% se aplicaba también sobre ella. Cada empleado, de acuerdo a la antigüedad que tenga, tendrá un básico distinto? Y sobre eso asimismo habrá que agregarle la antigüedad? Me parece un despropósito, pero ya nada me sorprende. Es un verdadero jeroglífico para quienes tenemos que liquidar. Todos los meses lo mismo!
Gracias Ignacio por ayudarnos a aclarar tantas dudas!
Graciela

Ignacio dijo...

Hola Roberto, es correcto, hasta Junio de 2010, la escala vigente es la de junio de 2008.

Hola Adrian g, no es mi intención hacer una liquidación para cada persona, sino dar las pautas, desde mi punto de vista, para hacer la liquidación o controlar lo liquidado.
De todos modos, sin saber la categoría, la antiguedad, y como se componen los acuerdos, es imposible determinarlo.

saludos

Hola Mauricio, no, reducida no, parcial. No es lo mismo. Hay que liquidar los acuerdos en forma proporcional a las horas trabajadas.

Anónimo dijo...

hola ignacio sacame de una duda... en las escalas que propusiste usar se toma como acuerdo 2010 el 15% del basico y no rem acuerdos anteriores mas $75.00- sin considerar el grossing up. es correcto esto?

es una payasada lo que hacen complicarle la existencia a todos por que cuando el empleado te pide explicaciones, hay que darle un curso intensivo de liq de sueldos previo, una verguenza!!!
marcela

Anónimo dijo...

HOLA Ignacio, soy Andrea y necesitaría saber cuando va a ser publicado en el Boletín Oficial el aumento de Empleados de Comercio (27%), ya que mi empresa hasta que no este publicado no nos van a pagar!!!!, es increible que habiendo esperado tanto para el aumento, ahora debamos esperar la publicación, yo tenía entendido que una vez homologado, tardaría aprox. 15 días para su Publicación, pero evidentemente me confundí, me encanta tu página y el poder consultarte, MUCHAS GRACIAS!!!! SALUDOS

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, desde ya muchas gracias por tu ayuda, quería preguntarte respecto de las horas extras a partir de Julio, el importe que surge de calcular las mismas sobre los conceptos no remunerativos, son no remunerativos, por lo que establece el acuerdo en el último párrafo del artículo 2. Gracias. Atte. Belén

Ignacio dijo...

Hola Marcela, yo no prongo estas escalas, las publicó el SEC de Bahía Blanca. El método que usa es el establecido en el acuerdo de junio. 15% sobre basíco de convenio + acuerdos anteriores + 75 pesos.
El acrecentamiento no tiene nada que ver con la determinación del aumento.

Hola Andrea, no lo se, es una decisión del Ministerio de Trabajo.

Hola Belén, si, serían "no remunerativas," algo un poco contradictorio, pero es así.

Paula F dijo...

Hola Ignacio!!! tengo varias preguntas, trabajo media jornada de lunes a sábados por la tarde; de 15 a 19hs, aparte los sábados realizo 2hs extras; primero a partir de las 13hs, las horas son al 100% tengo entendido; segundo de las cuatro horas que trabajo ya de por si me dijeron que dos deberían de ser al 100, más las 2hs extras. El cálculo que realizan es por el básico de media de jornada más presentismo, todo eso divido 200hs; es así o deberían dividirlo por 100hs?? Mi nombre es Paula F., te agradecería la información!!! Atte.

Anónimo dijo...

HOLA IGNACIO; EXCELENTE TU BLOG TE FELICITO!
NO DAS CAPACITACION A DISTANCIA?
YO TRABAJO EN UN ESTUDIO Y ME INTERESA APRENDER MAS DE ESTO,
DE SER ASI PASAME EL LINK
ROMAN

Ignacio dijo...

Hola Paula F, en la jornada parcial no se pueden hacer horas extras, en todo caso tendrás una jornada desigual de 26 horas semanales. 4 horas de lunes a viernes, y 6 horas los sábados. Por lo que yo entiendo, no corresponden horas extras. Pero si te las pagan, mejor.
Para el cálculo, si ya toman en forma proporcional el básico, deben hacerlo también en las horas. Si no, están reduciendo la base. Además, tienen que tomar los conceptos no remunerativos.

Hola Román, muchas gracias. La verdad que por ahora, no.

Anónimo dijo...

Hola, Esto es un caos como siempre. yo ya instrumente las formulas en el tango y voy a incluir dos conceptos en el recibo, uno no remunerativo que descontará cada una de las 12 cuotas del rubro "acuerdos anteriores" y uno remunerativo que sumará lo que se descuente del no remunerativo mas el grosing up mas la antigüedad. Asi el recibo da perfecto, el neto no se modifica para nada. Lo unico que hay que tener en cuenta es con los empleados que tienen diferentes descuentos.
Carolina

Anónimo dijo...

Hola ignacio, mi nombre es constanza, te hago una consulta, me entregaron el recibo de sueldo y veo que mi aumento es de $622.74 de mayo y $622.74 de junio, ahora el recibo del SAC acuerdo junio 2010 es de $104.94 Eso esta bien??? yo tengo entendido que el aumento del SAC tendria que ser la mitad de un retroactivo, osea la mitad $622.74. Espero que se haya entendido, y me puedas aclarar la duda.
Gracias!!!!
Slds
Coty

Ignacio dijo...

Hola Carolina, "caos" suena a Bonelli quejándose por el tránsito de la Ciudad, pero si, la verdad que se esfuerzan en complicar algo que debería ser relativamente simple.
saludos

Hola Coty, seguramente lo habrán calculado en forma proporcional, algo que según mi parecer, está mal, pero así lo han hecho muchos y lo han propuesto de algunas cámaras y del mismo sindicato.
Te dejo el artículo sobre el tema:

http://ignacioonline.blogspot.com/2010/06/empleados-de-comercio-liquidacion-del.html

Susana dijo...

Hola Ignacio, si una persona no tiene OSECAC (descuentos anteriores eran 2.5%), al pasar al basico la formula del grossing up es distinta? pasa a tener un basico superior?
Muchas gracias

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, queria consultarte lo siguiente:
1)A los empleados que entran nuevos, les tengo que pagar los acuerdos anteriores? y porque importe? el que al momento de integrarse esta como no remunerativo? y de que forma?
4) y a los nuevos que les pago el acuerdo de junio, aplico el % sobre el valor de los importes (sobre los cuales se aplica ) de cada mes?

Muchas Gracias, ANA

Ignacio dijo...

Hola Ana,
1) Si, como está publicado en las escalas
2) no entiendo este punto

Anónimo dijo...

ART. DECIMO TERCERO DEL ACUERDO FIRMADO POR FAECYS EL 16/06/2010:
"Ambas partes asumen recíprocamente el compromiso de presentar las planillas salariales correspondientes al acuerdo aquí suscripto en un plazo no superior a 30 (treinta) días a partir de la fecha"

¿A QUÉ SE REFIERE ESTE ARTICULO?

JUAN

Ignacio dijo...

que ya deberían haber publicado las escalas salariales, cosa que no hicieron.

Anónimo dijo...

Igancio tendrías algún modelo de liquidación por el tema de las horas extras? porque ahora se deden tener en cuenta los acuerdos para el cálculo de ellas si no entndí mal el dichoso acuerdo.
Saludos

ruben

Analía dijo...

Buenos días Ignacio!
mi consulta es sobre sobre los valores de los acuerdos anteriores y el de junio 2010 , puede ser que se mantengan fijos al valor liquidado en junio? en todos los ejemplos que he visto el 15% del nuevo acuerdo no se calcula ni sobre el acrecentamiento del básico ni sobre el acrecentamiento de los adicionales, como antiguedad por ejemplo ,(producto de un mayor básico). Desde ya muchas gracias
Analía

Anónimo dijo...

HOLA IGNACIO, SOY AZUL TE QUERÍA PREGUNTAR PORQUE ESTOY VIENDO LAS ESCALAS DE BAHIA BLANCA Y NO ENTIENDO QUE HACE CON LA ANTIGUEDAD, POR EJEMPLO UN ADMINISTRATIVO CON ANTIGUEDAD INCIAL COBRARÍA EN JULIO DE BASICO $ 1394.29 Y CON 1 AÑO DE ANTIGUEDAD $ 1411.02 SEGÚN LA CATEGORIA A PERO SI YO HAGO $ 1394.29 * 1 * 0.75% = $ 1404.75 ME DA DIFERENTE A $ 1411.02 DE DONDE SACA ESTE VALOR...MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA...
SALUDOS DESDE ROSARIO

Anónimo dijo...

un aporte. Fijensé en www.osecac.arg.ar, ahí explica con un ejemplo como se hace la liquidación de julio de 2010

saludos

Anónimo dijo...

Luna
Hola Ignacio, en mi recibo de sueldo no dice el básico de convenio (1319.56)dice 1492.20 ¿porqué me aplican el aumento sobre el convenio? es injusto porque en mi caso me aumentan un 13% en lugar de 15%. ¿Me lo podrás explicar? gracias.

Anónimo dijo...

Con relación al acrecentamiento para los conceptos no remunerativos que pasan a remunerativos, en el cual surgen dudas si aplicar un coeficiente diferente a aquellos que son afiliados a OSECAC de aquellos que no lo son, el cual queda de la siguiente manera, conforme la fórmula presentada correcta y objetivamente por Ignacio:

Afiliados a OSECAC: 1,17391

No Afiliados a OSECAC: 1,21118

Pienso que resulta totalmente discriminatorio, establecer los básicos de esta forma y se ve claramente suponiendo que el afiliado a OSECAC en determinado momento se desafilia, quedando con un básico inferior al no afiliado a la época del acuerdo.

Me parece que hay que aplicar un coeficiente general para todos.

JUAN

Anónimo dijo...

Ignacio mi pregunta era si al empleado nuevo que entre le aplico como acuerdo de junio el 15 % sobre el básico+ acuerdo anteriores y demas de que mes? del mes en que entra? o cual?

GrAcias, ANA

Anónimo dijo...

Buenas noches!!
Necesito que me aconsejes que hacer en el estudio ya liquidamos los sueldos sin incrementar el basico, debo volver a liquidar???, o cuando liquide el mes de agosto, pagamos la 2 parte del incremento en el basico y como retroactivo la primera parte???

Gracias por tu respuesta!!
Excelente la pagina, es de mucha ayuda, ya la agrego como favorita!!, para visitarla siempre!!

Jessica

solo q

Ignacio dijo...

Hola AZUL, el tema es que en BB, la antiguedad es del 1.2%, por eso la diferencia

Hola Luna, que categoría es la tuya?

Hola Juan, el tema es que se parte de una injusticia primera, que es la de el descuento de la obra social, paradójicamente, quienes están en OSECAC, cobran menos salario de bolsillo que los que están en otra obra social.

Hola Ana, en ese caso, tomás directamente los valores de la escala

Hola Jessica, eso es una decisión de cada uno, lo correcto y mas justo para el empleador sería rectficar y hacer nuevamente los recibos, el acuerdo está firmado desde junio, con lo esta situación ya estaba prevista. Pero si operativamente es mas sencillo ajustar en agosto, es una decisión personal.
saludos

MARIA LUISA dijo...

HOLA IGNACIO, PUEDE SER QUE EL BASICO DE UNA VENDEDORA B, SEA 1938.52, LO SAQUE DEL SINDICATO DE BAHIA BLANCA, PERO NO ESTOY SEGURA QUE ESTE BIEN......NUNCA VI ALGO MAS COMPLICADO QUE ESTOS CONVENIOS....NO LES DA LA CABEZA.-...

MARIA LUISA

Anónimo dijo...

Igual, asi y todo no se compara con la liquidacion de un camionero. esto esta complicado y se enquilombo ya mas de la cuenta pero liquidar a los camioneros es un embole.

que opinas Ignacio?

Hugo

Anónimo dijo...

hola ignacio, tengo una consulta. Se trata de un trabajador, categoria maestranza A. trabajó desde abril de 2007 a junio de 2010. Debo hacerle la planilla de liquidación para que inice acciones legales, y no se que escala salarial aplicar para examinar si hubo diferencia de sueldo entre lo que se le abonaba y lo que le correspondría. me podrias decir por favor que tengo que tomar en cuenta para realizar la planilla? que escala salarial? desde ya muchas gracias

Ignacio dijo...

Hola María Luisa, para diciembre el básico es de un vendedor B es de $1835,49

Hola Hugo (Moyano?) En el caso de los camioneros creo que es mas entendible, pero para un empleado de comercio, no.

Publicar un comentario en la entrada

Bienvenido al Blog!
Si vas a escribir un comentario, procura dejar un nombre o tener habilitado el perfil en blogger para facilitar la respuesta.

Muchas Gracias.

Recent Comments

Ignacio Online's Fan Box

Ignacio Online on Facebook
Ir Arriba