6 de noviembre de 2012

SIFERE WEB: la Comisión Arbitral Convenio Multilateral aprobó el módulo "Consultas" del sistema


Comisión Arbitral Convenio Multilateral aprobó el módulo "Consultas" del sistema SIFERE Web mediante el cual los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos de Convenio Multilateral podrán consultar información existente en los sistemas de la Comisión Arbitral


Mediante la Resolución General 6/12, la Comisión Arbitral de Convenio Multilateral aprobó un Módulo Consultas del Sistema SIFERE WEB, que permitirá a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, consultar información existente en los Sistemas de Comisión Arbitral. El mismo operará a través del sitio www.sifereweb.gov.ar.

En este módulo están todos los datos disponibles que son de carácter informativo y responden a lo declarado por los mismos contribuyentes:

  • Declaraciones juradas mensuales
  • Declaraciones juradas anuales (CM05)
  • Pagos realizados
  • Trámites
  • Padrón web
  •  
Como así también por los agentes de recaudación:

  • SIRCREB: Inclusiones y retenciones
  • SIRPEI: Operaciones
  • SIRCAR, Retenciones y percepciones

A fin de acceder al nuevo Sistema de Consultas SIFERE WEB, los contribuyentes deberán habilitar el módulo en la página de AFIP ingresando con CUIT y Clave Fiscal.

Para operar por primera vez, deberá efectivizarse en la Opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” del sitio de AFIP, la incorporación de una nueva relación en el servicio “Convenio Multilateral - SIFERE WEB - Consultas”.

El nuevo sistema vincula los datos registrados en la base de la Comisión Arbitral en función a lo actuado por el contribuyente y agentes a través de los distintos sistemas de recaudación, disponiéndose así de información única, uniforme y actualizada de padrón y con la posibilidad de efectuar un mejor control de la carga de deducciones sufridas por los contribuyentes.

El Módulo Consultas, mejorará la atención al contribuyente al proporcionar una herramienta que le permitirá conocer toda la información que de él existe en los Sistemas de la Comisión Arbitral. Para ello, estará a su disposición sus antecedentes del Padrón historial de declaraciones juradas presentadas y/o pagadas como asimismo la información sobre retenciones, percepciones y recaudaciones bancarias declaradas por los respectivos Agentes de Recaudación.

Las disposiciones de la resolución regirán a partir del 1º de noviembre de 2012.



5 comentarios :

  1. Buenas tardes, alguien pudo ingresar a este supuesto sitio? Me sale con cada cliente esto: Falla al mostrar pantalla de Inicio de Sistema. Su Nº de CUIT no está autorizado por Comisión Arbitral para operar con el Sistema SIFERE WEB.
    Alguna idea?

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    Respuestas
    1. Eso mismo, que todavía no está habilitado para ese cuit

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  2. Aclaro el mensaje anterior, para que no quede descolgado: Donde no puedo ingresar es a SIFERE WEB DDJJ.

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  3. Me sale el mismo mensaje, cuándo se habilita?

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  4. A mi me sale el mismo mensaje. Como se habilita? Gracias

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