REEMPADRONAMIENTO DE ACTIVIDADES DE INGRESOS BRUTOS CONTRIBUYENTES DIRECTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Se dispone que se realizará la conversión automática de actividades sobre la base de equivalencias entre el nomenclador NAIIB-99.1 y el nomenclador NAIIB-18 -Resolución Normativa 38/2017 ARBA.
Asimismo, cuando por algún motivo no se haya realizado la conversión automática del código de actividad, los contribuyentes obligados deberán realizar el reempadronamiento hasta la referida fecha a través del sitio web de la citada Agencia.
Los contribuyentes deberán obligatoriamente declarar y/o liquidar el gravamen consignando los códigos aprobados por el mencionado nomenclador a partir del anticipo 1/2018.
RESOLUCIÓN NORMATIVA 39/2017
Los contribuyentes deberán obligatoriamente declarar y/o liquidar el gravamen consignando los códigos aprobados por el mencionado nomenclador a partir del anticipo 1/2018.

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