El programa “Inclusión tributaria” de ARBA comprende todas las deudas, incluso las que se encuentran en instancia judicial. Si bien permite el ingreso de cualquier persona o empresa, los beneficios más importantes rigen para pequeños contribuyentes.
- Si bien permite el ingreso de cualquier persona o empresa, los beneficios más importantes rigen para pequeños contribuyentes que hayan enfrentado problemas para cumplir con sus impuestos.
- Hay descuentos por abonar al contado o en pocas cuotas.
- Se puede optar por un plan de 12 cuotas sin interés
- También por uno de hasta 96 pagos. ( con costo de financiación)
- Quienes opten por abonar a largo plazo tendrán bonificadas las últimas cuotas del plan, siempre y cuando demuestren mes a mes su compromiso de pago.
- El acceso podrá tramitarse directamente por internet, desde www.arba.gov.ar.
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), puso en marcha el nuevo programa de regularización de deudas, tanto en instancia prejudicial como judicial, que rige desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo de este año y brindará a todos los contribuyentes la posibilidad de ponerse al día con los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Automotores, Inmobiliario y Sellos.
El plan, denominado “Inclusión tributaria”, permite cancelar las deudas vencidas al 31 de diciembre de 2013, y está orientado sobre todo para aquellos contribuyentes de menor capacidad económica que tuvieron dificultades para afrontar sus obligaciones tributarias. Este sector de la sociedad tendrá los beneficios más importantes, que alcanzan al 50% de descuento por pago contado, al 30% por abonar en 3 cuotas y al 10% por hacerlo en 6 pagos.
También será posible pagar en 12 cuotas sin interés, con un anticipo del 5%, y quienes prefieran suscribir planes a más largo plazo podrán optar por pagos de hasta 30 cuotas, con una tasa de financiación del 2% sobre saldo.
Los beneficios operarán sobre las últimas cuotas del plan, de manera que aquellos contribuyentes que demuestren mes a mes su compromiso de pago tendrán una bonificación en la parte final del programa que buscará reconocer su voluntad de cumplir. Ya sin descuentos, y con intereses, habrá opciones para abonar en hasta 96 cuotas.
Cabe destacar que estas ventajas rigen para los deudores:
Aquellos contribuyentes que superen estos límites también podrán acceder al programa, aunque con menores beneficios.
- de Ingresos Brutos que deban sumas inferiores a $30 mil;
- los de Automotores que tengan vehículos con valuación menor o igual a $90 mil;
- y los de Inmobiliario Urbano Edificado con casas valuadas por el fisco en una suma menor o igual a $150 mil.
Aquellos contribuyentes que superen estos límites también podrán acceder al programa, aunque con menores beneficios.
Descripción de los beneficios de los planes de pago. | |||||||||||||
Plan con mayores beneficios (hasta 12 cuotas)
Quienes pueden acceder a los siguientes planes de pago son aquellos contribuyentes del impuesto inmobiliario urbano edificado cuya valuación sea menor o igual a 150 mil pesos; automotores con valuación menor o igual a 90 mil pesos e Ingresos Brutos con ingresos durante el año anterior menor o igual a 5 millones de pesos.
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Planes a mediano y largo plazo (más de 12 cuotas)
| Planes a mediano y largo plazo (hasta 12 cuotas) | ||
| Anticipo | 5% | |
| 15 cuotas | Con 2% de interés de financiación sobre el saldo | Si se pagan en término todas las cuotas, se bonifican las 2 últimas |
| 18 cuotas | Si se pagan en término todas las cuotas, se bonifican las 2 últimas | |
| 21 cuotas | Si se pagan en término todas las cuotas, se bonifican las 3 últimas | |
| 24 cuotas | Si se pagan en término todas las cuotas, se bonifican las 4 últimas | |
| 27 cuotas | Con 2% de interés de financiación sobre el saldo | Si se pagan en término todas las cuotas se bonifican las 4 últimas. |
| 30 cuotas | Si se pagan en término todas las cuotas se bonifican las 5 últimas | |
| Desde 33 a 48 cuotas | Sin bonificaciones | |
Plan con menores beneficios
Quienes pueden acceder a los siguientes planes de pago son aquellos contribuyentes del impuesto inmobiliario urbano edificado cuya valuación sea mayor a 15 0mil pesos, planta baldía y rural; automotores con valuación superior a 90 mil pesos e Ingresos Brutos con ingresos durante el año anterior mayor a 5 millones de pesos.
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Planes a mediano y largo plazo (más de 12 cuotas)
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