SANTA FE. RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE INGRESOS BRUTOS. APLICACIÓN "GESTIÓN DE SALDOS A FAVOR".
Mediante la Resolución General 13/2017, la Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe aprobó la aplicación informática denominada “Gestión de Saldos a favor - contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado”, mediante la cual los pequeños contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos podrán gestionar los saldos a favor provenientes de los regímenes de retención y/o percepción y/o recaudación del citado impuesto, de modo que puedan utilizarse para la cancelación de las obligaciones del Régimen Simplificado.¿Qué es el régimen Simplificado?El Régimen Simplificado es una nueva modalidad de cumplimiento tributario del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que beneficia a los pequeños contribuyentes, agilizando el trámite y bajando los impuestos, aprobada en diciembre de 2016 a través de la Ley 13617, por iniciativa del gobierno de la provincia de Santa Fe.
Esta nueva manera de tributar, facilita y agiliza la determinación y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a personas físicas, sucesiones indivisas y sociedades de hecho que tengan hasta tres socios, y que cumplan con las siguientes condiciones:
- Facturación menor o igual a 1.000.000 de pesos en 2016.
- No ser contribuyente de Convenio Multilateral, ni comerciante mayorista.
- No ser importador de bienes y servicios, y desarrollar una actividad que no esté alcanzada por alícuotas y bases imponibles especiales.
Categorías de régimen simplificadoLos contribuyentes abonarán según las siguientes categorías:
Categoría
|
Ingresos brutos anuales
|
Pago mensual
|
Pago anual
|
I
|
Hasta $ 100.000
|
$ 150
|
$ 1.500
|
II
|
Desde $ 100.001 hasta $ 200.000
|
$ 300
|
$ 3.000
|
III
|
Desde $ 200.001 hasta $ 300.000
|
$ 600
|
$ 6.000
|
IV
|
Desde $ 300.001 hasta $ 400.000
|
$ 850
|
$ 8.500
|
V
|
Desde $ 400.001 hasta $ 500.000
|
$ 1.100
|
$ 11.000
|
VI
|
Desde $ 500.001 hasta $ 650.000
|
$ 1.400
|
$ 14.000
|
VII
|
Desde $ 650.001 hasta $ 800.000
|
$ 1.800
|
$ 18.000
|
VIII
|
Desde $ 800.001 hasta $ 1.000.000
|
$ 2.200
|
$ 22.000
|
¿Cuándo me adhiero?Para los contribuyentes que están obligados a ingresar al Régimen Simplificado, la adhesión podrá realizarse a partir del 16 de enero de 2017. En caso de inicio de actividad con posterioridad a esa fecha, la adhesión será obligatoria luego de la inscripción correspondiente.Acceda al paso a paso para usar la aplicación haciendo clic aquí.
¿Cómo pago?Podrá optar en pagar de contado el año completo, hasta el vencimiento del primer anticipo, obteniendo un descuento equivalente al valor de dos cuotas/anticipos mensuales; o podrá pagarlo mensualmente en la fecha de vencimiento de cada anticipo. En el momento de la adhesión podrá imprimir la chequera con los 12 comprobantes de pago, contando además con la opción de reimprimir.
Se extendió el plazo para adherir al Régimen
Por último, recurden qu el plazo para la adhesión y el pago de la primera cuota o total anual fue prorrogado hasta el vencimiento de la cuota correspondiente a febrero, que opera entre el 13 y el 16 de marzo, según la terminación del Cuit del contribuyente
Hola soy noemi yo entregue el formulario el primero de noviembre cuanto tarda para cobrar la escolaridad de mis chicos
ResponderEliminar