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15 de agosto de 2012

Nuevo acuerdo salarial para Cortadores de la Indumentaria


Nuevo acuerdo salarial para cortadores de la indumentaria CCT 614/10.


Con fecha 6 de Julio, la Federación Argentina de la Industria de la Indumentaria y Afines (FAIIA) y la Unión Cortadores de la Indumentaria (UCI), han arribado a un nuevo Acuerdo salarial.

Entre los principales aspectos salariales se destacan:

Unión Cortadores de la Indumentaria
1. Se establece para el periodo 1º de Julio de 2012 y hasta el 31 de Octubre de 2012,  los nuevos valores para los  Salarios Básicos para cada una de las respectivas categorías profesionales, según consta en el Anexo I del acta acuerdo.

2. Para el periodo 1º de Noviembre de 2012 y hasta el 28 de Febrero de 2013, los nuevos valores para los Salarios Básicos para cada una de las respectivas categorías profesionales, según consta en el Anexo I del acta acuerdo.


3. Para el periodo 1º de Marzo de 2013 y hasta el 30 de Junio de 2013 inclusive, los nuevos valores para los Salarios Básicos para cada una de  las respectivas categorías profesionales, según consta en el Anexo I.

4. Acuerdan las partes en este acto, que será abonada una suma de $500 (pesos quinientos) como asignación especial de fin de año, de carácter No Remunerativo, para todas las categorías del CCT 614/10, la cual deberá ser abonada durante el mes de diciembre de 2012 y antes del 20 del mencionado mes.


“Aporte Solidario
 En función de las gestiones que UCI ha venido desarrollando en las sucesivas negociaciones colectivas a favor del conjunto de los trabajadores de la industria de la indumentaria y los beneficios que la organización brinda a todos sus convencionados a través de su Centro de Estudios CETIC, se estipula una contribución de solidaridad con destino al CETIC del 2,5% (dos y medio por ciento) mensual de la retribución bruta de los trabajadores comprendidos en el presente acuerdo y su marco CCT 614/10 durante la vigencia del presente acuerdo y hasta el 30 de Junio de 2013. No será aplicable este aporte a aquellos que estén aportando la cuota sindical correspondiente. Los empleadores actuarán como agentes 
de retención de los respectivos importes.

Por último, se dispone la reestructuración de las categorías profesionales de la actividad.

El citado Acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose, a la fecha, pendiente de homologación. 

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