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1 de junio de 2017

Gastronómicos: Acuerdo 2017, homologación y Escala Salarial 2017 CCT 389/04

Se homologa el Acuerdo salarial suscripto en el marco del CCT 389/2004.

Bajo dicho Acuerdo, se establece el pago de una suma no remunerativa a abonarse en 6 cuotas: las primeras dos, el 10 de junio y el 10 de julio de 2017, y las restantes cuatro, junto a las remuneraciones de julio y diciembre de 2017, y enero y febrero de 2018. 

Finalmente, los nuevos salarios básicos de la actividad quedan conformados a partir del mes de mayo de 2018.

Detalles del acuerdo salarial

Gratificación extraordinaria
Se acuerdo una gratificación extraordinaria por única vez de carácter no remunerativo pagadera en 6 cuotas, en fechas 10 de junio de 2017, 10 de julio de 2017, y junto con los haberes de los meses de julio de 2017, diciembre de 2017, enero de 2018 y febrero de 2018.

Dichas sumas no remunerativas no estarán sujetas a aportes ni contribuciones, ni retenciones de ningún tipo ni naturaleza. 

 Incremento remunerativo
Asimismo, se dispone un incremento remunerativo, que no se integra a los salarios básicos, desde agosto de 2017 hasta abril de 2018, ambos inclusive, y un incremento de los salarios básicos a partir de enero de 2018 hasta abril de 2018, ambos inclusive.

Todas las sumas derivadas de las cláusulas primera y segunda precedentes se detallarán por separado en los recibos de haberes. Se denominarán los supuestos de la cláusula primera "Gratificación No Remunerativa"; y en los supuestos de la cláusula segunda se denominarán "Acuerdo Salarial 2017 Suma Remunerativa". 

Contribución especial empresarial de asistencia social
Con carácter excepcional y transitorio como contribución especial empresarial con el objetivo de capacitación, turismo social y asistencia de los trabajadores representados y su grupo familiar, comprendidos en el CCT 389/2004, las empresas del sector efectuarán una contribución extraordinaria por única vez y de carácter excepcional, consistente en el pago de $ 800 en 4 cuotas de $ 200 cada una por cada trabajador comprendido en la nómina de dependientes incluidos en el CCT 389/04, a depositarse la primera cuota conjuntamente con el pago de los aportes convencionales correspondientes a los haberes del mes de agosto de 2017, la segunda conjuntamente con el pago de los aportes convencionales correspondientes a los haberes del mes de octubre de 2017, la tercera cuota conjuntamente con el pago de los aportes convencionales correspondientes a los haberes del mes de diciembre de 2017, y la cuarta conjuntamente con el pago de los aportes convencionales correspondientes a los haberes del mes de febrero de 2018; siempre y cuando a dichas fechas se encuentre debidamente homologado por la autoridad administrativa el Acuerdo que aquí se suscribe. 

A fin de computar la cantidad de trabajadores a los efectos de esta última contribución se estará a la cantidad de trabajadores del último día del mes inmediato anterior a la fecha de vencimiento de la cuota a pagar. 

Absorción
Se establece que los adicionales e incrementos acordados se absorberán hasta su concurrencia respecto de aquellas sumas que hubieran sido otorgadas a cuenta de la presente negociación, o bajo el concepto de a cuenta de futuros aumentos, o denominación similar.

Contribución solidaria
La representación sindical dispone una contribución solidaria a cargo de la totalidad de los trabajadores dependientes incluidos en el del CCT 389/04, consistente en el 2% mensual del total de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones legales, durante el período de vigencia del presente Acuerdo salarial y como perteneciente a la presente negociación colectiva durante el período de vigencia del presente Acuerdo salarial (1 de junio de 2017 al 31 de mayo de 2018).

Se deja aclarado que en el caso de trabajadores afiliados a la Unión de Trabajadores a Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina el monto de la cuota sindical absorbe el monto de la contribución solidaria establecida en el presente Acuerdo, no debiendo realizarse retención por este concepto a dichos dependientes. 

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2 de agosto de 2014

El Día del Trabajador Gastronómico

El 2 de agosto de 1948 se constituyó la Federación Obrera Argentina de la Industria Hotelera, la madre de la organización gremial que celebra su labor cotidiana al servicio de la comunidad.

Desde fines de la década del ‘40 se reconoce el 2 de agosto como el Día del Trabajador Gastronómico. La fecha se remonta a 1948, cuando se constituyó –luego de varios años de actividad sindical– la Federación Obrera Argentina de la Industria Hotelera (FOAIH).

Según se informó Diariouno en la reseña histórica de la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA), la FOAIH obtuvo en 1949 la personería gremial, logrando así el reconocimiento legal y el agrupamiento de varios gremios de las ramas hotelera y gastronómica, que se habían constituido en el territorio nacional a lo largo de más de 40 años.

“Hacia 1904, los trabajadores hoteleros y gastronómicos comenzaron a sindicalizarse en distintas zonas del país por rama de actividad, dando lugar a sindicatos de cocineros, mozos, mucamas, barmans, o por ejemplo de cocineros, mozos y afines, cuando el gremio agrupaba a varias ramas”, sostiene la cita histórica del gremio y agrega que “a partir del año 1944, comienza a gestarse un nuevo proceso por el cual los sindicatos que se habían creado en cada especialidad pertenecientes a una misma región se fueron agrupando, para dar así origen a asociaciones de trabajadores de mayor envergadura”.

Unidad gremial
La FOAIH agrupó a todos los gremios de las ramas hotelera y gastronómica que se habían constituido en todo el territorio nacional a lo largo de más de 40 años.

Pero –sostiene la información– un 25 de agosto de 1955, la FOAIH modificó su naturaleza jurídica transformándose en un único sindicato denominado Unión de Trabajadores Gastronómicos República Argentina (UTGRA), “cuyos estatutos son aprobados por resolución 160/55 del Ministerio de Trabajo y Previsión de la Nación, manteniendo la personería gremial Nº110 que le fuera otorgada de la FOAIH”.

Con la revolución militar de 1955, la UTGRA perdió su personería gremial, la que recién le es restituida por resolución 13/66 del Ministerio de Trabajo y Previsión de la Nación, de fecha 14 de enero de 1966.

“En ese mismo año se produce la llamada Revolución Argentina, cuyo gobierno ejerce una permanente presión sobre nuestra organización, al bloquear las cuentas bancarias del gremio, cada vez que nuestras exigencias para hacer respetar los derechos de los trabajadores colisionaban con los planes de la cúpula militar gobernante”, indica la reseña gremial.

El 23 de octubre de 1985 y a raíz de reclamos del sector laboral, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación convoca a elecciones a través de las cuales, mediante el voto masivo y democrático de todos los compañeros del país, la UTGRA vuelve a ser dirigida por sus legítimas autoridades.

Turismo, hotelería y gastronomía
En diciembre de 1999, por resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación se modificó su denominación, para pasar a llamarse Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina.

Más tarde y ante el crecimiento que comenzó a registrar la actividad turística y, con ella, la hotelera y la gastronómica, la unión agrupó a los trabajadores del turismo hotelero y gastronómico.

“Es así como la vocación gremial de los trabajadores hoteleros y gastronómicos argentinos lleva ya más de 95 años de vida, a lo largo de los cuales fuimos forjando con tesón y sacrificios la unión monolítica de todos los compañeros del sector, lo que hoy nos permite negociar de igual a igual con el sector empresarial a fin de lograr el respeto y la consideración de los legítimos derechos de todos nuestros afiliados y al mismo tiempo contribuir al desarrollo de la hotelería y la gastronomía nacional”, finaliza la información del gremio
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11 de junio de 2014

Gastronómicos abren paritarias con un piso de un 35%

Ya hubo un acuerdo de 35% en dos cuotas para trabajadores de comedores públicos y privados. No hay aún acuerdo con cámaras que agrupan a hoteles y restaurantes.

La semana próxima, la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (Uthgra) se reunirá con las cámaras patronales que representan al sector para discutir una recomposición salarial.

La semana pasada firmó su "acuerdo testigo" para los trabajadores de comedores públicos y privados, que recibirán una suba de 35%, en dos cuotas: 20% este mes y 15% en septiembre.

El martes de la semana próxima se abrirán en Buenos Aires las paritarias de los hoteleros y gastronómicos, donde el sindicato partirá de una base de un 35 hasta un 45 por ciento de pedido de recomposición salarial.

Otras negociaciones

Transporte: La Unión Tranviaria Automotor (UTA) cerró con las cámaras empresarias la paritaria de este año que quedó fijada en esa cifra anual y dos sumas fijas de 1.100 pesos.

Ferroviarios: los gremios reclaman un aumento del 35%. La semana pasada rechazaron el 28% y volverán a reunirse el jueves.

Alimentación: el jueves vence la conciliación obligatoria. El sindicato anunció paros de cuatro horas y movilizaciones desde el viernes si no hay acuerdo.

Camioneros: Hugo Moyano, que pidió un aumento del 40% y un plus por "profesionalidad" de 20% para los choferes. La Federación Argentina de Entidades Empresarias de Autotransporte de Cargas ya anticipó que es imposible afrontar esos incrementos y advirtió sobre la caída en la actividad del sector.
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15 de septiembre de 2011

Gastronómicos CCT 479/06: Nuevas escalas salariales desde junio de 2011

UTHGRA: Hoteles y restaurantes Provincia de Tucumán
La Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) dio a conocer la nueva composición de las escalas salariales para el CCT 479/06 con la Unión de Hoteles, Restaurantes, Cafés, Bares y Afines de Tucumán (U.H.R.C.B.yA.)

Escalas salariales:


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23 de mayo de 2011

Gastronómicos CCT 362/03: Incremento salarial a partir del 1/5/2011

Gastronómicos: escalas salariale UTHGRA / AHTRA Hoteles 4 y 5 estrellas. CCT 362/2003.

La Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) ha publicado las nuevas escalas salariales para el CCT 362/03 con la Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHTRA).

Las escalas salariales tienen vigencia a partir del mes de mayo de 2011.


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