Se trata del beneficio establecido por la ley 26.940 que reduce las cargas sociales para empleadores con hasta ochenta 80 trabajadores. La prórroga es por el término de 12 meses.
Mediante el decreto 946/16, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno prorrogó desde el 1 de agosto de 2016 y por el término de 12 meses -hasta el 31 de julio de 2017- el plazo establecido en el artículo 30 de la ley 26940.
El mencionado artículo estableció un régimen de promoción para la contratación de empleados que consiste en la reducción de las contribuciones patronales para aquellos empleadores que tengan hasta ochenta 80 trabajadores, por el término de 24 meses contados a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral.
El beneficio es para:
- Empleadores con una dotación de personal de hasta 15 trabajadores, en que, durante los primeros 12 meses de la relación laboral, no se ingresarán las citadas contribuciones y, por los segundos 12 meses, se pagará el 25% de las mismas.
- Empleadores que tengan entre 16 y ochenta 80 trabajadores, el beneficio consistirá en que durante los primeros 24 meses de la relación laboral se ingresará el 50% de las citadas contribuciones.
- Empleadores con una dotación de personal de hasta 15 trabajadores, en que, durante los primeros 12 meses de la relación laboral, no se ingresarán las citadas contribuciones y, por los segundos 12 meses, se pagará el 25% de las mismas.
- Empleadores que tengan entre 16 y ochenta 80 trabajadores, el beneficio consistirá en que durante los primeros 24 meses de la relación laboral se ingresará el 50% de las citadas contribuciones.

Las SA tienen derecho a gozar del beneficio de hasta 80 empleados?
ResponderEliminarParece que el artículo salió cortado.
ResponderEliminargracias Ignacio
ResponderEliminarDe nada Enrique
Eliminarsalio cortado el articulo.
ResponderEliminarmisma consulta, las SA tienen derecho al beneficio?
Si. Las SA tambien tienen ese derecho. Yo lo he hecho en varias. Arts 24 a 30 de la Ley 26940
EliminarEstimados, mi consulta es sencilla. En caso de tener una PyMES con 4 empleados , la misma sufre la baja de uno por renuncia... Le corresponde seguir con el beneficio? Gracias.
ResponderEliminarMAxi
Buenos días, tengo una consulta, en simplificación registral en el listado de modalidad de contratación no aparecen los códigos 310, 311 y 312 de la ley 26940.
ResponderEliminarAlguien sabe algo respecto de esto, mande consultas a AFIP pero no me dan respuesta, necesito usar esos códigos y no están más.
Gracias. Saludos!
Buen día,
ResponderEliminarHay que modificar el alta temprana y seleccionar el código 307, después en Declaración en Línea te permite elegir los códigos 310, 311 y 312
Saludos
cuando se cumplen los 2 años, debo modificarle el codigo de categoria 310,311,312 a el codigo habitual de Tiempo Indeterminado fuera de los beneficios de la ley???
ResponderEliminarCuando se cumplen los dos años, se cambia el codigo de 310, 311 y 312 al codigo de tiempo indeterminado comun, o se deja los mismos y el sistema ya determina que se pasaron los 24 meses (?)
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