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1 de septiembre de 2014

Cómo se tramita el CUIL para trabajadores extranjeros

Los pasos que deberán seguir los extranjeros, con residencia permanente o no, para tramitar el número del CUIL emitido por la ANSES.

Los extranjeros que residan en el país de forma transitoria o permanente y que necesiten obtener su CUIL deben acercarse a una delegación de ANSES para realizar el trámite que generará su número. 

    Para extranjeros con residencia no permanente en el país:
  • - Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o
  • - Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o
  • - Permiso de Ingreso al País expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina.
Para extranjeros con residencia permanente en el exterior y que tienen derecho a una prestación de la Ley 24.241:
  • - Documento del país de origen, o
  • - Formulario de solicitud de aplicación de Convenio, debidamente certificado en caso de existir un Convenio Internacional.
En caso que el documento corresponda a un país cuyo alfabeto contenga signos (ej.: China, Japón), los datos identificatorios mencionados, deberán estar traducidos y legalizados por el Consulado Argentino o Representación Diplomática Argentina en ese país.

También la gestión del CUIL del trabajador podrá realizarla el futuro empleador presentando la misma documentación que debe adjuntar el titular, más un formulario que en el caso de un empleado extranjero con residencia no permanente en el país, deberá ser el de “Solicitud de CUIL Provisorio” y para aquellos con residencia permanente será el formulario de “Solicitud de CUIL”.


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26 de marzo de 2013

Cómo tramitar el CUIL en caso de un trabajador extranjero

Los extranjeros que residan en el país de forma transitoria o permanente y que necesiten obtener su CUIL deben acercarse a una delegación de ANSES para realizar el trámite que generará su número.


Documentación a presentar

Para extranjeros con residencia no permanente en el país: 


  • Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o 
  • Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o CUIL (CÓDIGO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN LABORAL) ALTA, ACREDITACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES Actualizada a abril de 2013 
  • Permiso de Ingreso al país expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina. 

Para extranjeros con residencia permanente en el exterior que lo requieran para una prestación de de la Seguridad Social 
  • Documento del país de origen, o
  • Formulario de solicitud de

¿ Quién puede hacer el trámite?


Este trámite puede hacerlo el interesado o también puede realizarlo un futuro empleador, presentando la misma documentación que debe adjuntar el titular, más un formulario de ANSES, que en el caso de un extranjero con residencia no permanente en el país, deberá ser el de "Solicitud de CUIL Provisorio" y para aquellos con residencia permanente será el formulario de “Solicitud de CUIL”.

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