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12 de septiembre de 2014

El nuevo DNI incorporará el número de CUIL

Es para evitar tener que contar aparte con la constancia que emite la ANSES a la hora de realizar un trámite. 


“A partir de hoy todos aquellos que tramiten el nuevo DNI tendrán al dorso su número de CUIL”, indicó el funcionario tras recorrer con el titular de Anses, Diego Bossio, la fábrica de documentación ubicada en Pedro Chutro 2780, en el barrio porteño de Parque Patricios. "Esto evitará que cuando el ciudadano asista a algún organismo le exijan la constancia del CUIL. 

Con el nuevo DNI será suficiente”, explicó. Randazzo aclaró que “no es un documento nuevo” sino que solamente deben tramitarlo “quienes aún tienen Libreta Cívica, de Enrolamiento o el DNI verde". 

 “Vamos incorporando cada vez más tecnología en materia de seguridad y de datos que le simplifican la vida a la gente”, comentó.
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1 de septiembre de 2014

Cómo se tramita el CUIL para trabajadores extranjeros

Los pasos que deberán seguir los extranjeros, con residencia permanente o no, para tramitar el número del CUIL emitido por la ANSES.

Los extranjeros que residan en el país de forma transitoria o permanente y que necesiten obtener su CUIL deben acercarse a una delegación de ANSES para realizar el trámite que generará su número. 

    Para extranjeros con residencia no permanente en el país:
  • - Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o
  • - Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o
  • - Permiso de Ingreso al País expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina.
Para extranjeros con residencia permanente en el exterior y que tienen derecho a una prestación de la Ley 24.241:
  • - Documento del país de origen, o
  • - Formulario de solicitud de aplicación de Convenio, debidamente certificado en caso de existir un Convenio Internacional.
En caso que el documento corresponda a un país cuyo alfabeto contenga signos (ej.: China, Japón), los datos identificatorios mencionados, deberán estar traducidos y legalizados por el Consulado Argentino o Representación Diplomática Argentina en ese país.

También la gestión del CUIL del trabajador podrá realizarla el futuro empleador presentando la misma documentación que debe adjuntar el titular, más un formulario que en el caso de un empleado extranjero con residencia no permanente en el país, deberá ser el de “Solicitud de CUIL Provisorio” y para aquellos con residencia permanente será el formulario de “Solicitud de CUIL”.


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29 de agosto de 2014

Cambio de CUIL Extranjero en Mi Simplificación

Como proceder en el caso de poseer un empleado extranjero que modifica su número de CUIL. ¿Es necesario realizar alguna modificación en el servicio Simplificación Registral?

Los extranjeros que residan en el país de forma transitoria o permanente y que necesiten obtener su número de CUIL para poder trabajar, tramitan en ANSES  dicho número. 

Cuando la residencia en el país es no permanente en el país el CUIL se tramita con copia del pasaporte, o el Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones (residencia precaria o temporaria), pero luego, cuando se logra la residencia y se obtiene el DNI el número de CUIL cambia. 


Ahora, el problema se presenta cuando el empleador realizó el alta temprana con el CUIL provisorio otorgado por la ANSeS y al tiempo le dan el DNI y le otorgan otro el número de CUIL definitivo. El trabajador figura en el servicio mi simplificación y en Su Declaración online con el CUIL viejo. 

¿Cómo se hago para cambiar el CUIL?

En el servicio Simplificación Registral no deberá realizar ninguna operatoria, en la medida que la ANSeS (cuando genera el número de CUIL definitivo), cargue en su base de datos que uno reemplaza al otro.

Al momento que las bases de datos de la AFIP se actualizan contra las bases de datos de la ANSeS, se reemplazará el provisorio por el CUIL definitivo, y así éste le traerá los datos del anterior.

Cabe mencionar que:

- Aplicativo: Si realiza la liquidación del F931 a través del aplicativo SICOSS deberá colocar el nuevo CUIL.

- Declaración en línea: Si realiza la liquidación a través del servicio Declaración en Línea deberá aguardar que el CUIL antiguo sea reemplazado por el nuevo, hasta tanto se unifiquen los datos.

Para las diferentes variantes de esta situación, previamente debe chequear que la ANSeS haya tomado conocimiento de lo antedicho.

Importante: el trabajador debe solicitar la unificación de ambos CUILes en la ANSeS.
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20 de diciembre de 2013

AFIP aclaró que no se pide el CUIL de menores que viajan al exterior

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró hoy que no solicita la Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) al momento de emitir los pasajes para menores de edad que necesiten viajar fuera del país.

 
Así lo informó el organismo fiscal a través de una carta que envió a la Cámara de Compañías Aéreas en Argentina. Allí, se especifica que la Resolución General AFIP N° 3450 establece una percepción del 35% sobre las operaciones de adquisición de servicios de transporte de pasajeros.
Esta norma sólo alcanza a personas físicas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables que compren o contraten servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país.

Los contribuyentes alcanzados podrán computar los importes correspondientes en sus declaraciones Juradas de Impuesto a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales. Para ello las empresas prestadoras del servicio informan a la AFIP el número de CUIT/CUIL/CDI del sujeto pagador, no así de los menores de edad que sean acompañantes.
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26 de marzo de 2013

Cómo tramitar el CUIL en caso de un trabajador extranjero

Los extranjeros que residan en el país de forma transitoria o permanente y que necesiten obtener su CUIL deben acercarse a una delegación de ANSES para realizar el trámite que generará su número.


Documentación a presentar

Para extranjeros con residencia no permanente en el país: 


  • Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o 
  • Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o CUIL (CÓDIGO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN LABORAL) ALTA, ACREDITACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES Actualizada a abril de 2013 
  • Permiso de Ingreso al país expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina. 

Para extranjeros con residencia permanente en el exterior que lo requieran para una prestación de de la Seguridad Social 
  • Documento del país de origen, o
  • Formulario de solicitud de

¿ Quién puede hacer el trámite?


Este trámite puede hacerlo el interesado o también puede realizarlo un futuro empleador, presentando la misma documentación que debe adjuntar el titular, más un formulario de ANSES, que en el caso de un extranjero con residencia no permanente en el país, deberá ser el de "Solicitud de CUIL Provisorio" y para aquellos con residencia permanente será el formulario de “Solicitud de CUIL”.

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