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18 de agosto de 2015

Qué se necesita para cobrar la Asignación por Prenatal?

ASIGNACIÓN FAMILIAR POR PRENATAL. REQUISITOS QUE SEDEBE REUNIR. DOCUMENTACIÓN, MONTOS Y TOPES.

Requisitos. 
Ser trabajador en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación.

Si se acredita con posterioridad al 6º mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo. Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.

Contar con una antigüedad mínima y continuada de 3 meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.

El monto de esta Asignación Familiar está dado: Para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado. (VER RANGOS, MONTOS Y TOPES)


¿QUÉ NECESITO PARA COBRAR LA ASIGNACIÓN POR PRENATAL?


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20 de julio de 2013

Asignaciones Familiares PRENATAL

Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona a las  trabajadoras embarazadas en relación de dependencia o beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) hasta el nacimiento o interrupción.


Corresponde el cobro de la Asignación Familiar por Hijo y por Prenatal en el mes ocurrido el nacimiento siempre que el pago de la Asignación Familiar por Prenatal no exceda de 9 mensualidades. 

IMPORTANTE
Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.


Requisitos que debe reunir

  • Ser trabajador en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares.
  • Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.


Fallecimiento del titular de la prestación


Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:

Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
  • Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
  • Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
  • Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.


Pasos a seguir

  • Solicitar un turno comunicándose con el número teléfonico gratuito130 o en la sección Trámites en línea, desde aquí >>
  • Presentar la documentación requerida en cualquier delegación de ANSES.
  • Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.


DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR

  • Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas - Sistema Único de Asignaciones Familiares”. El Rubro 6 - “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además: Nombre y Apellido y Tipo y Número de Documento de Identidad de la embarazada.
  • El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.
  • En caso de ser titular masculino si la relación con la mujer embarazada no se encuentra declarada ante ANSES deberá presentar:
  • Si vive en concubinato: Original y copia de la Información Sumaria Judicial o Policial de Convivencia
  • Si está casado: Original y copia del Acta de Matrimonio
  • Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o Defunción dentro de los ciento veinte (120) días de ocurrido el mismo.
  • En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado médico.

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21 de mayo de 2009

Asignación familiar por prenatal - SUAF (Sistema Único de Asignaciones Familiares)

Asignación familiar por prenatal - SUAF (Sistema Único de Asignaciones Familiares)


  • ¿Qué es?

Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.

  • ¿Cuánto se percibe?

Ver Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2008-Trabajadores Activos.

  • ¿Quién la cobra?

Se abona a uno sólo de los progenitores, siempre y cuando cumpla con los requisitos especificados más abajo.

  • ¿Cómo se hace el trámite?

• Presentar la documentación requerida en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a su domicilio.

• Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.

  • Importante:

Para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES.

Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.

Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.

Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.

  • Requisitos que reunir debe

Ser trabajador en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o un beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares.

Para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación. Si se acredita con posterioridad al 6º mes sólo se perciben los meses que resten desde la presentación del certificado médico hasta el nacimiento o interrupción del embarazo. Si la acreditación se realiza con posterioridad al nacimiento no corresponde el pago.

Contar con una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.

El monto de esta Asignación Familiar está dado: Para los trabajadores en relación de dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP y para los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia por el domicilio de residencia del siniestrado.


  • Topes remunerativos


Topes para la Asignación Familiar por Prenatal (desde 01/07/2007):
El monto de la suma de la remuneración mensual más la Asignación Familiar por Maternidad –esta última de corresponder- excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo debe ser mayor o igual a pesos cien ($100.-) y menor o igual a pesos cuatro mil ($4.000.-). (Solicitar la Cartilla “MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES - TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA Y BENEFICIARIOS DE ART – Vigente desde el 01/07/07 – Decreto Nº 1345/07”).

Topes para la Asignación Familiar por Prenatal (desde el 01/01/2007 hasta el 30/06/2007):
El monto de la suma de la remuneración mensual más la Asignación Familiar por Maternidad –esta última de corresponder- excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo debe ser mayor o igual a pesos cien ($100.-) y menor o igual a pesos tres mil ($3.000.-). (Solicitar la Cartilla “MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES - TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA Y BENEFICIARIOS DE ART – Vigente desde el 01/01/07 hasta el 30/06/07 – Decreto Nº 33/07”).


  • Documentación a presentar


- Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas - Sistema Único de Asignaciones Familiares”. Para la percepción íntegra de esta asignación deberá presentar el formulario ante una Unidad de Atención de ANSES entre el 3º mes (12 semanas) y el 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación. Si la presentación se efectuara con posterioridad al 6º mes corresponderá el pago de los meses que restan hasta el nacimiento o interrupción del embarazo. El Rubro 6 - “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además Nombre y Apellido y Tipo y Número de Documento de Identidad de la embarazada.
El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.

- En caso de ser titular masculino si la relación con la mujer embarazada no se encuentra declarada ante ANSES deberá presentar:
• Si vive en concubinato: Original y copia de la Información Sumaria Judicial o Policial de Convivencia
• Si está casado: Original y copia del Acta de Matrimonio
- Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o Defunción dentro de los ciento veinte (120) días de ocurrido el mismo.

En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado médico.

Corresponde el cobro de la Asignación Familiar por Hijo y por Prenatal en el mes ocurrido el nacimiento siempre que el pago de la Asignación Familiar por Prenatal no exceda de nueve (9) mensualidades.

FALLECIMIENTO DEL TITULAR DE LA PRESTACIÓN:

Tendrán derecho al cobro en el siguiente orden de prelación, adjuntando la documentación específica en cada caso:
• Cónyuge viudo: Presentando original y fotocopia del Acta de Matrimonio y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Hijo mayor de 21 años: Presentando original y fotocopia de su Partida de Nacimiento y original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular.
• Representante legal de los hijos mayores de 21 años discapacitados: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio de Curatela a la persona, en caso que se hubiere otorgado.
• Representante legal de los hijos menores de 21 años: Presentando original y fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos del titular, original y fotocopia del Certificado de Defunción del titular y fotocopia autenticada del Testimonio Judicial de Guarda o Tutela.


Fuente: anses.gob.ar

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