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26 de febrero de 2018

Asignaciones Familiares calendario de pago Marzo 2018

COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF. CALENDARIO DE PAGOS MARZO 2018.

Recuerden que en el mes de MARZO 2018 se abonan las Asignaciones Familiares correspondientes al mes de ENERO 2018.


COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF

La Asignación Familiar por MATERNIDAD es acreditada el primer día de pago independientemente de la terminación del DNI.



Documentos terminados en Inicio de Pago
0 y 1 12/03/2018
2 y 3 16/03/2018
4 y 5 19/03/2018
6 y 7 20/03/2018
8 y 9 21/03/2018
  





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21 de febrero de 2018

Monotributistas: Montos asignaciones familiares Marzo 2018

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES MONOTRIBUTISTAS VIGENTES DESDE MARZO 2018.

ANSES oficializó los nuevos importes, que en concepto de asignaciones familiares, percibirán los contribuyentes adheridos al régimen de Monotributo por el trimestre marzo a mayo 2018.



Para acceder al cobro de las asignaciones familiares los contribuyentes monotributistas deberán haber realizado los pagos correspondientes a la categoría en la que estén encuadrados.


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19 de febrero de 2018

Asignaciones Familiares: Montos vigentes desde Marzo 2018

ASIGNACIONES FAMILIARES MONOS VIGENTES DESDE MARZO 2018. 

Asignaciones Familiares: Montos vigentes desde Marzo 2018



PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA REGISTRADOS Y TITULARES DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO


ASIGNACIONES FAMILIARES VALOR GRAL. ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 ZONA 4
MATERNIDAD
Sin tope de Ingreso Grupo Familiar (IGF)
Remuneración Bruta
NACIMIENTO
IGF entre $ 200.- y $ 94.786.- $ 1.740.- $ 1.740.- $ 1.740.- $ 1.740.- $ 1.740.-
ADOPCIÓN
IGF entre $ 200.- y $ 94.786.- $ 10.427.- $ 10.427.- $ 10.427.- $ 10.427.- $ 10.427.-
MATRIMONIO
IGF entre $ 200.- y $ 94.786.- $ 2.607.- $ 2.607.- $ 2.607.- $ 2.607.- $ 2.607.-
PRENATAL
IGF entre $ 200.- y $ 23.173.- $ 1.493.- $ 1.493.- $ 3.223.- $ 2.985.- $ 3.223.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 1.005.- $ 1.329.- $ 1.993.- $ 2.651.- $ 2.651.-
IGF entre $ 33.988,01.- y $ 39.240.- $ 605.- $ 1.196.- $ 1.799.- $ 2.395.- $ 2.395.-
IGF entre $ 39.240,01.- y $ 94.786.- $ 310.- $ 611.- $ 917.- $ 1.216.- $ 1.216.-
HIJO
IGF entre $ 200.- y $ 23.173.- $ 1.493.- $ 1.493.- $ 3.223.- $ 2.985.- $ 3.223.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 1.005.- $ 1.329.- $ 1.993.- $ 2.651.- $ 2.651.-
IGF entre $ 33.988,01.- y $ 39.240.- $ 605.- $ 1.196.- $ 1.799.- $ 2.395.- $ 2.395.-
IGF entre $ 39.240,01.- y $ 94.786.- $ 310.- $ 611.- $ 917.- $ 1.216.- $ 1.216.-
HIJO CON DISCAPACIDAD
IGF hasta $ 23.173.- $ 4.869.- $ 4.869.- $ 7.299.- $ 9.731.- $ 9.731.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 3.442.- $ 4.696.- $ 7.041.- $ 9.385.- $ 9.385.-
IGF superior a $ 33.988.- $ 2.171.- $ 4.521.- $ 6.780.- $ 9.038.- $ 9.038.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL
IGF entre $ 200.- y $ 94.786.- $ 1.250.- $ 1.669.- $ 2.088.- $ 2.496.- $ 2.496.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD
Sin tope de IGF $ 1.250.- $ 1.669.- $ 2.088.- $ 2.496.- $ 2.496.-

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TITULARES DE LA PRESTACION POR DESEMPLEO


ASIGNACIONES FAMILIARES VALOR GRAL.
NACIMIENTO
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 1.740.-
ADOPCIÓN
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 10.427.-
MATRIMONIO
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 2.607.-
PRENATAL
IGF entre $ 200.- y $ 23.173.- $ 1.493.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 1.005.-
IGF entre $ 33.988,01.- y $ 39.240.- $ 605.-
IGF entre $ 39.240,01.- y $ 94.786.- $ 310.-
HIJO
IGF entre $ 200.- y $ 23.173.- $ 1.493.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 1.005.-
IGF entre $ 33.988,01.- y $ 39.240.- $ 605.-
IGF entre $ 39.240,01.- y $ 94.786.- $ 310.-
HIJO CON DISCAPACIDAD
IGF hasta $ 23.173.- $ 4.869.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 3.442.-
IGF superior a $ 33.988.- $ 2.171.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 1.250.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD
Sin tope de IGF $ 1.250.-

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TITULARES DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO.


ASIGNACIONES FAMILIARES
VALOR GRAL.
ZONA 1
CÓNYUGE
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 359.- $ 716.-
HIJO
IGF entre $ 200.- y $ 23.173.- $ 1.493.- $ 1.493.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 1.005.- $ 1.329.-
IGF entre $ 33.988,01.- y $ 39.240.- $ 605.- $ 1.196.-
IGF entre $ 39.240,01.- y $ 94.786.- $ 310.- $ 611.-
HIJO CON DISCAPACIDAD
IGF hasta $ 23.173.- $ 4.869.- $ 4.869.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 3.442.- $ 4.696.-
IGF superior a $ 33.988.- $ 2.171.- $ 4.521.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 1.250.- $ 1.669.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD
Sin tope de IGF $ 1.250.- $ 1.669.-

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA VETERANOS DE GUERRA DEL ATLÁNTICO SUR.


ASIGNACIONES FAMILIARES VALOR GRAL. ZONA 1
NACIMIENTO
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 1.740.- $ 1.740.-
ADOPCIÓN
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 10.427.- $ 10.427.-
MATRIMONIO
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 2.607.- $ 2.607.-
CÓNYUGE
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 359.- $ 716.-
PRENATAL
IGF entre $ 200.- y $ 23.173.- $ 1.493.- $ 1.493.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 1.005.- $ 1.329.-
IGF entre $ 33.988,01.- y $ 39.240.- $ 605.- $ 1.196.-
IGF entre $ 39.240,01.- y $ 94.786.- $ 310.- $ 611.-
HIJO
IGF entre $ 200.- y $ 23.173.- $ 1.493.- $ 1.493.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 1.005.- $ 1.329.-
IGF entre $ 33.988,01.- y $ 39.240.- $ 605.- $ 1.196.-
IGF entre $ 39.240,01.- y $ 94.786.- $ 310.- $ 611.-
HIJO CON DISCAPACIDAD
IGF hasta $ 23.173.- $ 4.869.- $ 4.869.-
IGF entre $ 23.173,01.- y $ 33.988.- $ 3.442.- $ 4.696.-
IGF superior a $ 33.988.- $ 2.171.- $ 4.521.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL 0 0
IGF entre $ 200.-  y $ 94.786.- $ 1.250.- $ 1.669.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD
Sin tope de IGF $ 1.250.- $ 1.669.-

MONTOS PARA TITULARES DE ASIGNACIONES UNIVERSALES PARA PROTECCIÓN SOCIAL


ASIGNACIONES PARA PROTECCIÓN SOCIAL
VALOR GRAL.
ZONA 1
HIJO $ 1.493.- $ 1.941.-
HIJO CON DISCAPACIDAD $ 4.869.- $ 6.330.-
EMBARAZO $ 1.493.- $ 1.941.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL $ 1.250.- $ 1.250.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD $ 1.250.- $ 1.250.-

RANGOS Y MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES MONOTRIBUTISTAS

ASIGNACIONES FAMILIARES CATEGORÍAS
A, B, C D E F, G, H, I J, K
PRENATAL $ 1.493.- $ 1.005.- $ 605.- $ 310.-
HIJO $ 1.493.- $ 1.005.- $ 605.- $ 310.-
HIJO CON DISCAPACIDAD $ 4.869.- $ 3.442.- $ 2.171.- $ 2.171.- $ 2.171.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL $ 1.250.- $ 1.250.- $ 1.250.- $ 1.250.-
AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA
HIJO CON DISCAPACIDAD
$ 1.250.- $ 1.250.- $ 1.250.- $ 1.250.- $ 1.250.-
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Resolución ANSES 32/18 Asignaciones Familiares Marzo 2018

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 32/2018

Rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales contempladas en la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias a partir de marzo de 2018.



Ciudad de Buenos Aires, 16/02/2018


VISTO el Expediente N° EX-2018-06564182-ANSES-DAFYD#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros. 24.714, 26.417, 27.160, 27.426, 27.431 y sus modificatorias, el Decreto N° 110/2018 de fecha 7 de febrero de 2018 y las Resoluciones D.E.-N N° 32 de fecha 24 de febrero de 2016, N° 299 de fecha 31 de agosto de 2016, N° 33-E/2017 de fecha 2 de marzo de 2017, y N° 175-E/2017 de fecha 4 de noviembre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias, se instituyó, con alcance nacional y obligatorio, un Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada y pública nacional; para los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo y del Seguro de Desempleo; para aquellas personas inscriptas y con aportes realizados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) establecido por la Ley N° 24.977, sus complementarias y modificatorias; para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), beneficiarios del régimen de pensiones no contributivas por invalidez, y para la Pensión Universal para el Adulto Mayor; como así también para los beneficiarios de la Asignación por Embarazo para Protección Social y la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
Que la Ley N° 27.160 dispone que serán móviles los montos de las Asignaciones Familiares y Universales y los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma.
Que la Ley N° 27.431 modificó el segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27.160, determinando que el cálculo de la movilidad se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.
Que el artículo 1° de la Ley N° 27.426 sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241, en el sentido de que la movilidad de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la ley 24.241 y sus modificatorias, se basará en un setenta por ciento (70%) en las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y en un treinta por ciento (30%) por el coeficiente que surja de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), conforme la fórmula que se aprueba en el Anexo de la presente ley, y se aplicará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año calendario.
Que el artículo 4° del Decreto N° 110/2018 determina que esta Administración, según las facultades otorgadas por el artículo 3° de la Ley N° 27.160 y su modificatoria, actualizará los montos de las asignaciones familiares y los rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro a partir del 1° de marzo de 2018, aplicando la movilidad conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.
Que el artículo 5° de la Ley N° 27.160 establece que el tope de ingresos previsto en el artículo 3° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, se ajustará de acuerdo con la variación que se produzca en la ganancia no imponible y/o en las deducciones por cargas de familia, previstas en el artículo 23 inciso b) de la Ley de Impuestos a las Ganancias, (t.o. en 1997) y sus modificatorias y complementarias.
Que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, según el texto introducido por el artículo 1° de la Ley N° 27.426, correspondiente al mes de marzo de 2018 es de 5,71% (CINCO CON SETENTA Y UNO POR CIENTO).
Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico permanente de esta Administración Nacional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2.741, de fecha 26 de diciembre de 1991, el Decreto Nº 58, de fecha 10 de diciembre de 2015, y los artículos 3° y 7° de la Ley N° 27.160.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- El valor de la movilidad prevista en el artículo 1° de la Ley N° 27.160 y sus modificatorias, correspondiente al mes de marzo de 2018, es de 5,71% (CINCO CON SETENTA Y UNO POR CIENTO), conforme lo previsto en el Artículo 32 de la Ley N° 24.241.
ARTÍCULO 2°.- Los rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales contempladas en la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias a partir de marzo de 2018, serán los que surgen de los Anexos Nros. I IF-2018-07081611-ANSES-DGDNYP#ANSES; II IF-2018-07081851-ANSES- DGDNYP#ANSES; III IF-2018-07082025-ANSES-DGDNYP#ANSES; IV IF-2018-07082211-ANSES- DGDNYP#ANSES; V IF-2018-07082353-ANSES-DGDNYP#ANSES y VI IF-2018-07082478-ANSES- DGDNYP#ANSES que forman parte de la presente Resolución, abonándose de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 1° de la Resolución D.E.-N N° 616/2015.
ARTÍCULO 3°.- Cuando por aplicación del índice de movilidad y del coeficiente establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 27.160, el monto de las Asignaciones Familiares y Universales y/o el valor de los rangos de ingresos del grupo familiar resulte con decimales, se aplicará redondeo de los decimales al valor entero siguiente.
ARTÍCULO 4º.- El límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a los titulares de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, correspondiente al grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto N° 1.667/12, será de PESOS DOSCIENTOS ($200) y PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS ($94.786) respectivamente.
ARTÍCULO 5°.- La percepción de un ingreso superior a PESOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES ($47.393) por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las Asignaciones Familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido en el artículo precedente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Emilio Basavilbaso.
e. 19/02/2018 N° 9123/18 v. 19/02/2018

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1 de febrero de 2018

Asignaciones Familiares calendario de pago Febrero 2018

COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF. CALENDARIO DE PAGOS FEBRERO2018.

Recuerden que en el mes de FEBRERO 2018 se abonan las Asignaciones Familiares correspondientes al mes de DICIEMBRE 2017.


COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF

La Asignación Familiar por MATERNIDAD es acreditada el primer día de pago independientemente de la terminación del DNI.



Documentos terminados en Inicio de Pago
0 y 1 14/02/2018
2 y 3 15/02/2018
4 y 5 16/02/2018
6 y 7 19/02/2018
8 y 9 20/02/2018
  



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1 de enero de 2018

Asignaciones Familiares calendario de pago Enero 2018

COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF. CALENDARIO DE PAGOS ENERO 2018.

Recuerden que en el mes de ENERO 2018 se abonan las Asignaciones Familiares correspondientes al mes de NOVIEMBRE 2017.


COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF

La Asignación Familiar por MATERNIDAD es acreditada el primer día de pago independientemente de la terminación del DNI.


Documentos terminados enInicio de Pago
0 y 115/01/2018
2 y 316/01/2018
4 y 517/01/2018
6 y 718/01/2018
8 y 919/01/2018


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30 de noviembre de 2017

Asignaciones Familiares calendario de pago Diciembre 2017

COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF. CALENDARIO DE PAGOS DICIEMBRE 2017.

Recuerden que en el mes de DICIEMBRE 2017 se abonan las Asignaciones Familiares correspondientes al mes de OCTUBRE 2017.



COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF
La Asignación Familiar por MATERNIDAD es acreditada el primer día de pago independientemente de la terminación del DNI.

CALENDARIO DE PAGO

Grupo de PagoDocumentos terminados enInicio de Pago
I0 y 115/12/2017
II2 y 318/12/2017
III4 y 519/12/2017
IV6 y 720/12/2017
V8 y 921/12/2017

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29 de octubre de 2017

Asignaciones Familiares calendario de pago Noviembre 2017

COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF. CALENDARIO DE PAGOS NOVIEMBRE 2017.

Recuerden que en el mes de NOVIEMBRE 2017 se abonan las Asignaciones Familiares correspondientes al mes de SEPTIEMBRE 2017. 

Asignaciones Familiares calendario de pago Noviembre 2017

COBRO DE LAS ASIGNACIONES A TRAVÉS DE ANSES - SUAF
La Asignación Familiar por MATERNIDAD es acreditada el primer día de pago independientemente de la terminación del DNI.

CALENDARIO DE PAGO

Grupo de PagoDocumentos terminados enInicio de Pago
I0 y 114/11/2017
II2 y 315/11/2017
III4 y 516/11/2017
IV6 y 717/11/2017
V8 y 921/11/2017

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