31 de julio de 2010

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Escalas Salariales en excel para empleados de comercio

El SEC de la Pampa publicó en las escalas salariales en formato de planilla excel

En el el portal del Sindicato de Empleados de Comercio de La Pampa han publicado las escalas salariales en formato de planilla excel. La planilla, que se puede descarga a la PC, contiene un archivo excel con la planilla salarial 2010/2011 de todas las categorías, con el acrecentamiento del básico para los meses de junio 2010 a noviembre de 2011, y según la antigüedad del empleado. También determina el saldo de los acuerdos (anteriores y junio 2010).

El procedimiento que han seguido desde el SEC de la Pampa es el mismo que utilizado el SEC de Bahía Blanca y el de Mar del Plata. Es decir que tanto que el aumento otorgado en junio del 27%, que se aplica en tres tramos acumulativos, 15% en julio, 7% en septiembre y 5% en diciembre, son determinados sobre una base calculada inicialmente, y no sobre los básicos de cada mes.

Descargar planilla.

Como completar los datos en planilla:

Arriba a la izquierda, en la zona de color gris, debemos completar :
  • Cuotas: corresponde a las cuotas establecidas por los acuerdos para incorporar las sumas no remunerativas al básico. En total son 17 cuotas, 12 cuotas para los acuerdos anteriores, contando a partir de Julio de 2010 hasta junio de 2011, y 5 cuotas para el acuerdo de junio 2010, que se incorporan a partir de julio 2011 hasta noviembre de 2011.
  • Coef. acumulado: Corresponde coeficiente de aumento. Es el 0,15 de mayo a agosto del 2010, pasa a 0.2305 a partir de septiembre, y a 0.292 a partir de diciembre de 2010.
  • Antigüedad: 0.0075 Desde mayo de 2010 y hasta noviembre de 2010. Y 0.01 desde diciembre 2010 en adelante.

Ej.:
En la imagen, vemos como ejemplo, los datos que se deben completar para obtener la planilla salarial del mes de julio 2010.
.







74 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, Me encanta tu pagina, sos reclaro en todas tus explicaciones. Hace 26 años que laburo en sueldos y desde que te encontre ante cualquier duda recurro a tu web.
No se cual es la razon, pero no puedo descargar la planilla en excel de La Pampa. Mi duda es si para pasar la 12ava parte a remunerativo me baso en Ac.no rem. Ac.anteriores que me dio en junio o sobre lo que seria el basico. Por ejemplo si un empleado en junio falto 2 dias me cambia el monto. Ya que el 20% baja, los $100 pasan a $ 94, los $300 a $280 y los otros $100 a $ 94.- Por lo tanto el basico adicionando la 12ava parte seria menor a un empleado que no falto. Que me sugeris? Gracias....Betina

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, la verdad es que ahora entiendo por que no pueden haber escalas salariales uniformes para todos, me di cuenta con un trabajador que tenia un aumento voluntario, entonces como ese rubro se lo tengo que sumar para el 20% de abril 2008, comparando con otro que no tiene ningun adicional en comun salvo zona desfavorable 5% (neuquen), me dan basicos diferentes. Consulte y me dicen en el sindicato de neuquen, que tengo que cargarles el total de las retenciones, esta bien? y lo del basico es asi?
Muy bueno tu blog

Silvia Correa

Ignacio dijo...

Gracias María, saludos!

Hola Betina, muchas gracias, me alegra que te sea de ayuda.
Es raro, acabo de probar el link y funciona, si querés mandame un mensaje por el formulario de contacto, y te la envío.

En el caso de que haya faltado en junio, no debería cambiarte el monto, y no sería menor al que hubiera tenido trabajando el mes completo, ya que debés tomar los valores mensuales, independientemente de las novedades del mes.
De todos modos, el básico debe quedar como el de la planilla ofical, la diferencia, queda como adicional remunerativo.


Hola Silvia Correa, las escalas solo sirven de guía, para contrastarlas con el salario real del trabajador. Seguramente, en todos los casos en que el 20% por alguna razón es mayor, no coincidirá con la planilla, en ese caso, el básico debe quedar como en la escala, y la diferencia como un adicional.

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, quisiera saber cuál debería ser mi sueldo de acuerdo a mis responsabilidades. Te cuento que hago el papel de encargada, abro, cierro dos locales, estoy a cargo de las alarmas, pero me tienen en categoría A ( promotora ). Por favor espero pronta respuesta. Desde ya muchísimas gracias.

Alejandra Montenegro.

mauricio dijo...

Igancio, una consulta, tengo 3 años de antiguedad con un sueldo basico a hoy (sin el aumento al basico) de $1320 y cobro $12 de antiguedad, esta bien ese importe de antiguedad?? o es otro, si fuese asi me lo podrias decir??
Mauricio de SALTA

Anónimo dijo...

hola ignacio.!! consulta tengo un basico de $2243 hace 3 años que trabajo y la antiguedad me pagan $26.65.sobre que se calcula porque no me da la cuenta con lo que me pagan de antiguedad.Entonces cuanto seria lo que me tendrian que pagar?



Ariel rodriguez.

Anónimo dijo...

Gracias Ignacio, esa era mi gran duda, el ejemplo que sacaron en la pagina de Osecac explica abajo que hay que basarse en el acuerdo no rem acu.ant de junio/2010. Ahi entro mi duda, ya me lo aclaraste tomo el basico, calculo todo sobre el 20% del basico +100+300+100, a partir de ahi hago el calculo y ya esta. Todo entendido y hoy si pude bajar la planilla. Otra vez gracias...Saludos...Betina

Anónimo dijo...

Ignacio, la Escala de los Administrativos E, en los TOTALES REMUNERATIVOS es ERRONEA, ya que sumo y no dan los totales ?

Anónimo dijo...

Ignacio cuando decis que la antiguedad se calcula sobre el básico. es sobre el basico por ej en una cajera de 1340.28 o el nuevo basico de este mes, que se debe poner por rubro separano basico y ac junio 2010?
Excelente tu blog, es de mucha ayuda.
sadudos
Gaston

Anónimo dijo...

no entiendo ignacio....cual seria el basico de convenio,sobre el cual se saca el porcentaje de la antiguedad?

ariel rodriguez

marisa dijo...

hola ignacio
tengo 31 años en la empresa soy adm. D me podes decir cual es la suma q yo deberia cobrar
gracias

Anónimo dijo...

Buenas noches. Ante todo, muchas gracias por este blog, me resulta realmente muy útil a la hora de comprender el por qué de muchos de los ítems de mi recibo de sueldo.

Por otro lado, quería hacerte una consulta. Soy administrativa A en el convenio de empleados de comercio, y me tomo religiosamente los 20 días de estudio que me corresponden para preparar y rendir mis exámenes. Una amiga mía cobra más por los días que tiene examen; es decir, en su recibo de sueldo figura que se tomó x cantidad de días de estudio en el mes, supongamos que fueron 3 días, y por ese ítem le estan pagando 150 pesos más. Esto es una obligación de todas las empresas?? realmente no se cómo es eso, o si tal vez es un bonus que dan en la empresa en donde ella trabaja a los estudiantes. Yo tenía entendido que un día de estudio se debe abonar como cualquier otro día de trabajo, pero no más que eso.
Agradecería mucho si me pudieras despejar esta duda.
Y los días de examen se pueden "anexar" a los días de vacaciones? leí algo al respecto pero no lo comprendí muy bien.

Muchas gracias, y saludos!!

Celeste.

Lichi dijo...

En en el sec la plata publicaron las escalas salariales y son distintas a las publicadas aca

Ignacio dijo...

Gaston y Ariel, en la escala están los valores, el el 0.75% por año sobre el básico.

Hola Celeste, buenos días, los días de licencia se pagan como las vacaciones, es decir con un plus de un 20%, esa debe ser la diferencia. Aunque me parece mucho 150 pesos por 3 días.

Hola Lichi, si, son diferentes, no figura el método de cálculo.

Lichi dijo...

hola de vuelta!una pregunta: la doceava parte que pasa a remunerativo en 12 cuotas a partir de julio se incorpora al basico no? o sea que se iria incrementando el basico mes a mes y disminuyendo en ese importe " acuerdos anteriores" ? es asi? muchas gracias

Anónimo dijo...

Hola Ignacio disculpa te quería preguntar si no tenes ideas si hay algún aumento o algo referido al Personal Jerárquicote comento yo estoy en comodoro Rivadavia en una constructora y los empleados están ganando igual que nosotros jajaja y yo soy jefes de ellos todo bien me parece el aumento de ellos pero nosotros seguimos igual. Bueno muchas gracias muy buena tu pagina.

Ignacio dijo...

El tema es que el personal jerárquico está fuero de convenio, por lo general son sueldos que se pactan directamente con la empresa

Anónimo dijo...

hola ignacio yo soy un empleado administrativo A y cobre en julio 2379.72 pesos ? esta bien lo que cobre? otra pregunta cuando yo firme el alta como empleado de la afip ahi decia que la retribucion pactada era de 2500 , me correspoonde cobrar eso o esta bien lo cobrado. espero tu respuesta , saludos

JIMENA dijo...

HOLA IGNACIO,TE COMENTO QUE ESTA ESCALA NO CORRESPONDE A LOS EMPLEADOS DE COMERCIO,ES PARECIDA SEGUN LO QUE ME COMENTARON DESDE FAECYS (LABORALES) ESTAN ESPERANDO LA RESPUESTA DE LA CAMARA,CALCULAN QUE ESTA SEMANA YA LA CARGAN EN LA WEB.

JIMENA

Anónimo dijo...

Hola Ignacio: un empleado con contrato parcial de 1/2 jornada puede tener horas extras hasta el límite de 2/3?

Anónimo dijo...

disculpen mi ignorancia, pero no entiendo, yo trabajo de 8:30 a 15 hs de lun a vier, y sab x medio de 8:30 a 15:30, mi basico en el recibo de sueldo es de $1045,13 +los acuerdos, la antiguedad y los premios, figuro como empleada administrativa A, con un año de antiguedad, cual seria mi basico???, (sin mis premios que eso varia todos los meses).- Si alguien me puede decir, se los agradezco.

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, quisiera saber si existe la categoria de empleado de comercio Acopio de Cereales, puesto que no recibimos aumento hace mucho tiempo, y dicen que esta categoria no arregló, puede ser cierto?? sabés algo al respecto????

Anónimo dijo...

Gracias Ignacio ¡¡¡

Siempre consulto tu blog y encuentro la salida del laberinto que casi
todos los meses significa liquidar empleados de comercio ¡¡

Gracias por tu vocación de servicio, te admiro ¡¡
Norma

Mariano dijo...

Hola Ignacio, te comento que gracias a tu página me enteré que para los empleados de jornada reducida el único descuento que se hace proporcional a las 8 horas es el de O.S.
Revisando mis recibos de sueldo me encontré con que desde que estoy trabajando en blanco (unos 4 años), los descuentos del sindicato (sin estar afiliado) y los de FAECYS siempre me los hicieron por 8 horas.
Lo que te quería consultar antes de reclamarle a mi jefe es si siempre se hicieron los descuentos como ahora, es decir si siempre se tomó el proporcional para los descuentos de obra social solamente, o si antes también se sacaba en proporción el descuento de sindicato y faecys.
Mil gracias...
Mariano

Anónimo dijo...

Te agradezo mucho por tu respuesta! yo sabía que se estaban haciendo los tontos con lo de los días de exámenes, lo voy a reclamar mañana mismo, aprovenchan cualquier cosa para ahorrarse unos centavos.

Muchas gracias por el blog, me imagino que hacés un gran esfuerzo por mantenerlo actualizado y responder a nuestras preguntas.
Buena semana!


Celeste.

Anónimo dijo...

Estimado porque los coeficientes acum de la planilla en sept y dic son 0.2305 y 02920 respectivamente??? no deberian ser 0.22 y 0.27 ?¿?¿? im lost
bue falta mucho, definitivamente voy a usar esa planilla de la Pampa, es lo mas claro que he visto en años de este "bendito" "gremio"(?¿?¿)
saludos como siempre muy eficiente
Cr. Pablo A.

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, esta buena la planilla pero creo q con esta planilla el neto a cobrar da menos cuando liquidamos empleados con antiguedad. Es asi?. Por casualidad tenes las formulas con que se hacen los calculos de la planilla (xq esta protegida y no las puedo ver) En particular me interesa saber como llegan a los importes del acuerdo junio 2010. Un abrazo. Excelente lo que haces, muy bueno el blog.
Fabian

Ignacio dijo...

De nada Mauricio, saludos!

Hola JIMENA, espero que no traiga mas confusión de la que ya hay, la verdad no entiendo en que pueda diferir, croe que lo que han publicado La Pampa y Bahía Blanca es lo correcto, no debería diferir de eso. El acrecentamiento está bien determinado, lo único es la movilidad o no de los porcentajes de aumento.

Graci Norma! saludos!

Hola Mariano, la obra social se calcula por jornada completa desde el año pasado, antes era proporcional como los demás descuentos.

Gracias Celeste, saludos!


Hola Cr. Pablo, no, porque si fueran 22 y 27 no serían acumulados. Es así:

100 + 15% = 115 + 7% = 123.05 + 5% = 129.2

se van acululando.

Si, creo que es clara la planilla, y es útil a futuro. La verdad no se que es lo que va a publicar FAECYS, si es muy diferente a esto, las cosas se van a complicar mas de lo que ya están.

Anónimo dijo...

Hola Ignacio te consulto respecto de un contrato a tiempo parcial de comercio en el cual se han excedido la horas de 2/3 pasa directanente como contrato a tiempo completo? en ese caso se liquidan los 30 días o de acuerdo a las horas reales trabajadas? Muchas gracias Marcela

Anónimo dijo...

HOLA IGNACIO!

SIMPLEMENTE, FELICITARTE POR TÚ PÁGINA, REALMENTE SOS MUY CLARO EN CADA UNA DE TUS EXPLICACIÓNES Y LA INFORMACIÓN PUBLICADA EN TÚ BLOG ES SUMAMENTE ÚTIL... FABIÁN DE CÓRDOBA

Ignacio dijo...

Hola Marcela, lo que dice la ley es que la jornada parcial no puede exceder las 2/3 partes de la jornada, en caso de excderla, se deberá pagar como jornada completa.

Muchas gracias Fabián!!! un saludo grande

Anónimo dijo...

hola! la consulta es por el 20% del acuerdo de abril 2008, hay que calcularlo con los básicos a esa fecha y no se incrementa? debería utilizar la escala de abril de 2008 para calcularlo? te pregunto porque entre a trabajar a un estudio y me parece que lo estan calculando mal! quería sacarme la duda con vos! muy bueno el blog! te sigo hace unos meses! muchas gracias! julian

Anónimo dijo...

hola ignacio! te quería preguntar como sería el coeficiente de acrecentamiento de un empleado que trabaja 6 días al mes, puede ser que el % de obra social sea 15% y el coeficiente me quede: 100-17.5/100-19.5 o sea 1.02484? gracias por tu ayuda! saludos! marianela

Ignacio dijo...

Hola Julian, mi opinión es que se debe calcular como está en estas planillas y en las de Bahía Blanca.


Hola Marianela, cuantas horas al mes?

Viviana dijo...

Hola Ignacio!

Tengo dos inquietudes:
*con respecto a cómo se calcula el aguinaldo, mi mejor sueldo fue el mes de mayo 2010 ya que cobré comisiones. Quería saber si se toma éste cómo mi mejor sueldo dividido en dos o si se prorratean las comisiones cobradas en este periodo.

* con respecto al cálculo del presentismo: que conceptos remunerativos se toman para el cálculo? Ya que ademas del sueldo bruto tengo el ítem a cuenta de futuros aumentos y quiero saber si entra para el cálculo del presentismo

Muchas gracias

Anónimo dijo...

Hola Ignacio mi nombre es sergio, te queria preguntar por el 20% del 2008. Estoy viendo en estas planillas que se calcula solamente con el basico sin antig., esto esta correcto?. El calculo del 20% no varia con la antiguedad por año?.
Ej: Maestranza con 1 año de antig. (1293.65+9.70)*20%= 260.67 entonces se actualizaria cada año.
Yo soy de jujuy y en el SEC me dijeron de esa forma liquidar.
Muy buena tu pagina

Ignacio dijo...

Sergio, la plantilla es solo una referencia, no hay forma para quien las determina, saber que antiguedad y que conceptos extras tenía el empleado a abril de 2008, por eso las tomas sobre el básico solamente.
De todas formas ese cálculo no es correcto, el 20% es sobre los valores de abril de 2008.

Anónimo dijo...

Hola Ignacio! pero en estas planillas no se tiene en cuenta la antiguedad para calcular el 20% de abril,el problema es que tengo un empleado que es vendedor B con tres años de antiguedad y otro maestranza A con 12 años de antiguedad? deberìa utilizar la escala de abril de 2008 para el càlculo del 20%, para estar seguro de que esta bien calculado? julian

Anónimo dijo...

foreber200304
ignacio: te agradezco, en nombre de los compañeros de archivos activo, todo lo que nos informas me ayuda para poder aclarar las inquietudes sobre la liquidacion del sueldo y tener las cuentas mas claras. Ya que el FAECys. nos complica unpoco las cosas.

Anónimo dijo...

HOLA! MI PREGUNTA ES SÍ SURGE DIFERENCIA CON RESPECTO AL BÀSICO QUE ESTAN PUBLICANDO CON EL INCREMENTO BAJO QUE CONCEPTO LO DISCRIMINAMOS EN EL RECIBO??? ADEMÀS SE IRIA INCREMENTANDO TODOS LOS MESES!!! QUE LIO QUE HICIERONN ESTOS MUCHACHOSSS!! CAROLINA

Ignacio dijo...

Hola Julian, se supone que eso ya se calculó en abril de 2008.

Hola foreber200304, gracias!

Anónimo dijo...

Ignacio, quisiera si podés informarme con respecto a mi categoria, soy empleado de comercio, rama "Acopio de Cereal", es cierto que estos aumento que dieron a empleados de comercio no me corresponden???

Muchas gracias y muy buena la página.
Rafael

Anónimo dijo...

hola ignacio! te reitero la pregunta, trabajan 40 horas por mes,como sería el coeficiente de acrecentamiento, puede ser que el % de obra social sea 15% y el coeficiente me quede: 100-17.5/100-19.5 o sea 1.02484? disculpa lo exprese mal! marianela.

Anónimo dijo...

hola Ignacio! mi pregunta surge porque en el estudio en el cual entre a trabajar lo cálculaban: el 20% del básico + antigüedad al mes en curso, o sea, lo actualizaban todos los meses. de ahi viene mi pregunta si el 20% de abril de 2008 se calcula con la escala de abril 2008 y si no se incrementa!! Julian

Anónimo dijo...

Hola Ignacio: cuántos empleados se pueden tener con contrato parcial en un comercio, según he leído el máximo son cinco? Gracias Carolina

Anónimo dijo...

hola ignacio trabajo en rio negro sabes mas o menos cuanto tengo que cobrar en agosto? tengo la especializacion de auxiliar A GRACIAS

Ignacio dijo...

Hola Rafael, no, son otra rama, y por ahora no he tenido noticias de ningún aumento.

Hola Marianela, si, si trabajan 40 horas por mes, el porcentaje efectivo de obra social es de 15. Pero me parece que estas reemplazando mal en la formula de acrecentamiento

Hola Julian, un error que han cometido mucho, el acuerdo abril de 2008 es muy claro al respecto.

Hola Carolina, no se ha establecido límite, es uno del los puntos pendientes en el acuerdo. De donde salen esos 5?

Anónimo dijo...

HOLA! MI PREGUNTA ES SÍ SURGE DIFERENCIA CON RESPECTO AL BÀSICO QUE ESTAN PUBLICANDO CON EL INCREMENTO, BAJO QUE CONCEPTO LO DISCRIMINAMOS EN EL RECIBO??? QUE CONCEPTO USARÌAS IGNACIO? PORQUE AL BÀSICO DEBEMOS DEJARLO COMO LO PUBLICAN. ADEMÀS ESTE CONCEPTO SE IRIA INCREMENTANDO TODOS LOS MESES!!! QUE LIO QUE HICIERONN ESTOS MUCHACHOSSS!! CAROLINA

Ignacio dijo...

Carolina, si, se genera una diferencia, pero no veo el motivo para volverse loco por eso. El nombre? el que mas les guste.

Anónimo dijo...

hola ignacio! que serìa mejor hacer, tomar las escalas que publicaron desde la pampa o mar del plata o esperar que las publiquen el sec o faecys?? muy bueno el bloj. jorge

Anónimo dijo...

hola ignacio! gracias por la respuesta! tenes razòn serìa 100-17.5/100-34.5: 1.2595, para los trabajadores a tiempo parcial que trabajan 40hs al mes??? saludos! marianela.

Anónimo dijo...

hola ignacio, te consulto desde aqui, el sueldo podria aumentar aun mas con esta discusion del sueldo vital y movil del gobierno? soy empleado de comercio

Ignacio dijo...

hola Marianela. me parece que es 31,5 en vez de 34,5!

NO, el tema del SMVM no influirá

Anónimo dijo...

hola genio quiero hacerte una consulta , mi esposa trabaja en comarcio y hace de cajera , vendedora, repositora , maestranza .en que categoria encaja o cuantas le corresponde ?
somos de cordoba capital

Anónimo dijo...

ola mi basico es de 1326, pesos ahora con todos lo acuerdos cobro 2250 en mano tengo dos años y medio en la agencia me corresponde un aumento en el basico?

Ignacio dijo...

Bienvenido al Blog!
Si vas a dejar una consulta, procura dejar un nombre o tener habilitado el perfil en blogger para facilitar la respuesta.

Muchas Gracias.

Anónimo dijo...

hola una consulta : trabajo en un estudio contable hace 6 meses 4 hs. y cobro en negro 900$ quisiera saber cuanto es el sueldo para esa categoria yo soy tecnica auxiliar contable eso sirve en un recibo gracias atte. nadi

Ignacio dijo...

Hola Nadi, unos 1.000 pesos tendrían que estar cobrando mas o menos por 20 hroas semanales.

Anónimo dijo...

Hola, quisiera saber cual es el sueldo basico para una persona con 2 años y 3 meses de antig, contrato a tiempo parcial, trabajo 4 horas en un kiosco, y cuanto serian los aportes no reminerativos, saludos sebastian

Anónimo dijo...

hola ignacio me llamo eugenia yo trabajo hace dos años en una casa de deportes tengo categoria vendedor "B" y cobro solo $1922...vos me podrias asesorar bien todo lo q tengo que reclamar...por que no me estan dando los aumento ni tampoco el segundo año de antiguedad solo me dan $6,9 de la antiguedad.trabajo jornada completa. agradeceria si me podes ayudar. desde ya muchas gracias.Eugenia

Anónimo dijo...

Hola Ignacio, estoy necesitando el historico de 2009 a la fecha de la categoría Administrativo A de los salarios de empleados de comercio. Sabes como me puedo hacer de dicha información? Donde puedo obtener este dato hacia el futuro? Gracias. Sebastian

Anónimo dijo...

Hola Ignacio. Te felicito por tu blog, es muy útil para todos!
Quería consultarte sobre el trabajo a tiempo parcial. Un cliente quiere contratar 2 empleados bajo el convenio de empleados de comercio que trabajarán 3hs por día de lunes a viernes. Para calcular el sueldo básico que les corresponde, es correcto tomar el básico de convenio de la categoria (en este caso Vendedor B)dividirlo por 200hs mensuales y multiplicarlos por la cantidad de horas que hayan trabajado en el mes?? Por otro lado, entiendo que los aportes a la obra social, Sec y Faecys deben realizarse como si se tratara de jornada completa, es correcto?
Respecto a los aumentos de los distintos acuerdos, entiendo también debo pagar la proporción correspondiente en función de las hs trabajadas en el mes, en este caso sería correcto dividir por 200hs mensuales y multiplicarlas por la cant. de hs trabajadas?

Desde ya muchas gracias!!! Giselle

Ignacio dijo...

Hola Sebastián y Eugenia, te dejo la calculadora online para que puedan determinar el sueldo:

http://ignacioonline.blogspot.com/2010/09/nueva-actualizacion-en-la-calculadora.html

cualquier duda, escribanme.

Hola Giselle, si, pero tené en cuenta que no se puede pagar por jornar, por lo que tendrás que determinar un valor mensual.

La obra social va por jornada completa, el aporte del artículo 100 FAECYS y al SEC van por jornada trabajada.

andrea dijo...

hola yo trabajo en comercio y quiero renunciar por que no me pagan 1 hora de hace 5 años que me corresponde que me paguen


andrea

Ignacio dijo...

Hola Andrea, sueldo del mes, SAC propocional y vacaciones proporcionales no gozadas

saludos

Anónimo dijo...

Hola, como estas? es la primera vez que te escribo..queria saber si me podes informar como se calcula la antiguedad en los sueldos mensuales...en los jornales, en el gremio del plastico al cual pertenece la empresa en la que trabajo, se toma el basico por la cantidad de años trabajados x el 2% si es mas de 10 años...
Espero tu respuesta, muchas gracias!
Laura, Martinez

Anónimo dijo...

Hola Ignacio!
Empecé a trabajar como empleada en un negocio de artículos de decoración y como es la primera vez que trabajo en un negocio quería saber si está bien que me hagan trabajar de lunes a sábados de 9 hs a 13 hs a la mañana y de 17 a 21 hs por la tarde. Porque me habían dicho que a la tarde los sábados no me correspondía. Espero que me puedas dar una respuesta.
Gracias!
Guadalupe

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