Ejemplo de liquidación julio 2014 para Empleados de Comercio. Asignación no remunerativa de $1.200.
En la liquidación de JULIO tenemos como novedad el pago de la asignación no remunerativa de $1200, establecidos en el punto 2 del acuerdo salarial firmado en abril pasado.
Repasando rápidamente los aspectos principales del acuerdo, podemos destacar que se pactó un incremento en un 27% de las escalas de convenio vigentes a marzo 2014, a abonarse en dos tramos no acumulativos:
- 17% a partir del mes de abril 2014
- 10% a partir del mes de septiembre 2014
Además, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $2400 , de carácter no remunerativo. La misma, se abonará en dos cuotas iguales de $1200 cada una en los meses de julio, que liquidamos ahora, y noviembre.
Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico Marzo 2014: $ 7.912,39
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Conceptos Remunerativos
Hasta el mes de marzo teníamos un Básico de $ 6.762,73 para un empleado de categoría Administrativo A, luego del incremento del 17%, paso a $7.912,39
6.762,73 x 17% = 1.149,66 ---- > incremento abril 2014
Por lo que el básico a partir de Abril, y hasta agosto de 2014, será de $ 7.912,39 ( 6.762,73 + 1.149,66 )
6.762,73 x 17% = 1.149,66 ---- > incremento abril 2014
Por lo que el básico a partir de Abril, y hasta agosto de 2014, será de $ 7.912,39 ( 6.762,73 + 1.149,66 )
Antigüedad: $ 395,62
7.912,39 x 5 x 1% = 395,62
Asistencia y Puntualidad: $ 623,30
Según lo establecido en artículo 40 del CCT 130/75 el adicional por Asistencia y Puntualidad es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.
(7.912,39 + 395,62 ) / 12 = 692,33
Como vimos más arriba, el acuerdo abril 2014 pacta por única vez, con carácter extraordinario y excepcional una asignación no remunerativa de $2.400 a pagarse en dos cuotas iguales de pesos $1200 cada una de ellas, en los meses de julio y noviembre de 2014.
Por lo expuesto, debemos liquidar para el mes de julio 2014, una "Asignación no remunerativa" de $1.200
Presentismo
Se presenta la discusión sobre si debe pagar el presentismo sobre los $1200, a mi entender si, por aplicación del artículo 40 del CCT 130/75.
Para el caso de ejemplo, no tenemos mayores inconvenientes, pero el problema se plantea cuando el trabajador labora a jornada parcial, ya el acuerdo ha dado para mas de una interpretación. Por parte de la FAECyS sostienen que la ANR sea para todos por igual, independientemente de la jornada realizada, en cambio desde la CAC, sostienen que la asignación se proporcional a la jornada que realice el trabajador. Y estamos hablando de la interpretación un acuerdo firmado por las partes, norma dictada por un tercero.
Lo cierto es que, tanto empleadores y quienes debemos hacer las liquidaciones, quedamos en medio de estas dos posiciones, sin una base cierta en la que apoyar uno u otro criterio. Desde las dos partes han intentado argumentar, a mi entender de manera muy pobre, sus posiciones. Pero no es motivo de este artículo analizarlas. Sigamos.
Presentismo
Se presenta la discusión sobre si debe pagar el presentismo sobre los $1200, a mi entender si, por aplicación del artículo 40 del CCT 130/75.
Para el caso de ejemplo, no tenemos mayores inconvenientes, pero el problema se plantea cuando el trabajador labora a jornada parcial, ya el acuerdo ha dado para mas de una interpretación. Por parte de la FAECyS sostienen que la ANR sea para todos por igual, independientemente de la jornada realizada, en cambio desde la CAC, sostienen que la asignación se proporcional a la jornada que realice el trabajador. Y estamos hablando de la interpretación un acuerdo firmado por las partes, norma dictada por un tercero.
Lo cierto es que, tanto empleadores y quienes debemos hacer las liquidaciones, quedamos en medio de estas dos posiciones, sin una base cierta en la que apoyar uno u otro criterio. Desde las dos partes han intentado argumentar, a mi entender de manera muy pobre, sus posiciones. Pero no es motivo de este artículo analizarlas. Sigamos.
ACTUALIZACIÓN
Con fecha 26/08/2014 el Ministerio de Trabajo emitió dictamente en favor de FAECyS (ver nota)
DJNR
La Asignación no remunerativa debe ser informada en la DJNR. Recodemos que el acuerdo fue homologado mediante la Resolución 626/14 de la secretaría de Trabajo de la Nación.
Descuentos
Sobre lo remunerativo calculamos:
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre la Asignación no remunerativa $1200
- No lleva ningún descuento, ni aportes ni contribuciones. A diferencia de acuerdos anteriores, en donde los aumentos supuestamente no remunerativos, pero que llevaban descuento de obra social y sindicato, en este caso la asignación hace honor a su nombre y no lleva descuento de ninguna naturaleza.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, que si bien es para un Administrativo A, el mecanismo es el mismo para todas las categorías. No tuve en cuenta el feriado del 9 de julio para hacer más sencilla la explicación. Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Planilla excel sueldos comercio Julio 2014
Pueden descargar la planilla excel actualizada para poder estimar los sueldos de comercio para julio 2014, con la asignación no remunerativa, que se puede liquidar de manera proporcional o no a la jornada AQUÍ

Lindo regalito nos dejan de Faecys y las Cámaras con los famosos $ 1200 !!!! suerte a los liquidadores/contadores y esperen las puteadas de todos lados .... sin tener -obvio- nada que ver
ResponderEliminarComo siempre,mil gracias por el trabajo. Nicolas, de Balvanera
ResponderEliminarComo siempre,mil gracias por el trabajo. Nicolas, de Balvanera
ResponderEliminarMuchas gracias Ignacio, te consulto se paga presentismo sobre el no remunerativo??
ResponderEliminarNo se paga absolutamente nada sobre los 1200 no remunerativos, sean o no proporcionales
EliminarIgnacio, una consulta hay que hacer la declaracion no remunerativa en la afip en base a estos 1200?? Gracias Saludos!!!
ResponderEliminarObvio
EliminarBuenas tardes, el NR $1200 se incluye para el pago de ART en el F-931?? Porque despues reclaman..
ResponderEliminarGracias!!!
Buenos dias, tengo 2 dudas:
ResponderEliminar1) tengo un empleado con retencion cuota alimentaria...deberia retenerle por los $1200...no?
2) los $1200 se incluyen para calcular la retencion de ganancias?
Mil gracias
Guadalupe
No hay límite tampoco a fecha de ingreso? Si uno entra hoy (29/07) a trabajar también le corresponden los $ 1200?
ResponderEliminarIgnacio, si el empleado falta cinco dias, o renuncia antes de fin de mes, o ingresa luego del dia 1ero de mes, se proporcionan los 1200 segun sus dias trabajados ademas de si es jornada parcial o completa?
ResponderEliminarignacio, con respecto un empleado que ingreso en junio corresponde abonar los 1200, gracias
ResponderEliminartengo tu misma duda, encontraste la respuesta?
Eliminarhola, sabés si a los empleados de media jornada se les liquida por $600?
ResponderEliminarGracias.
Entonces ignacio por un tema legal dado que es lo firmado... Deberiamos liquidar esos 1200 a todos por igual sin importar la jornada. No? De otra manera el empleado podria iniciar acciones ya que el acuerdo es clarisimo en este punto y no hace diferencia alguna. Es 1200 para todos en dos pagos.
ResponderEliminarEntonces legalmente esos 1200 debemos liquidarlos a TODOS por igual. El acuerdo es clarisimo al respecto. No hace diferencia alguna, y es lo firmado y homologado. Son 1200 en dos pagos sin importar la jornada que cumpla el trabajador. De hecho se hablo como positivo el hecho de que al fin tienen un considerando con los trabajadores de jornada reducida. De el empleador querer liquidar menos tecnicamente no seria ilegal?? De que suma estariamos hablando? Gracias!
ResponderEliminarignacio al igual q Pilatos t lavaste las manos con lo del acuerdo. jaja un gran abrazo gracias x el aporte. Adrian de oliva
ResponderEliminarbuenas noche quería saber si el pago de los 1200 es obligatorio porque a mi todavía no me lo abonaron
ResponderEliminarhola, yo empeze s trsbsjsr este mes. tambien me corresponden??
ResponderEliminarque sucede si renuncia en agosto pago solo la primera cuota o las dos
ResponderEliminarNo entendi lo de la jornada parcial. Soy jornalera.gano $2000mebri corresponden los 1200$. Gracias
ResponderEliminarSe le debe abonar la misma suma sea tiempo parcial o completo. $ 1200.
Eliminary para ayudar, averigüe que los $ 50 a la obra social no se pagan mas desde el mes de abril 2014.
Saludos y gracias Ignacio
Ignacio buenas tardes, estoy en licencia por maternidad, que pasa con esos 1200, como debe declararlos mi empleador en el 931 para que me los paguen en ANSES? O me lo deben dar ellos aparte¿
ResponderEliminartengo la misma consulta encontraste respuesta??
EliminarGracias como siempre Ignacio..a pesar de las mil lecturas diarias y de todo lo que compramos en el estudio,online,papel,etc...tu comentario y ayuda siempre es invalorable.....gracias amigo...
ResponderEliminarHola Ignacio. Para la rama del turismo, tenes la planilla armada?
ResponderEliminarHola yo trabajo media jornada me corresponde cobrar los $1200 en julio??
ResponderEliminarIgnacio, soy part time solo me pagaron 750 pesos. Esta bien?
ResponderEliminarBuen día, quería saber como se descuentan los días no trabajados sin aviso ni justificacion de empleado de comercio. pierde el presentismo de 8.33% o solo se descuentan los días. Muchas Gracias
ResponderEliminarSi el empleado no trabajo todo el mes durante Julio 2014, se paga proporcional o hay que pagar siempre los 1200 aunque haya trabajado 1 dia durante Julio 2014?
ResponderEliminargracias
Martin Soria
Ignacio, buenas tardes.
ResponderEliminarMe gustaría saber tu opinión acerca de la proporcionalidad en cuanto al tiempo trabajado para la gratificación? Si un empleado trabajo 10 dias en el mes de Julio. que pasa? Le abonamos la proporcionalidad o cobra los $1200...
Muchas gracias!
Un abrazo.-
Hola, buenas noches! Me despidieron el 29/7 (el telegrama lo recibi el 31/7 y decia a partir de la fecha de recepcion), corresponde que me abonen los $1200?
ResponderEliminarSI!
Eliminar"Donde la Ley no distingue, nosotros distinguir no debemos" Mauricio
ResponderEliminarBuenas. en la liquidaciòn de JULIO no me dieron los 1200!! o es a fin de agosto!?? . AYUDAA!!
ResponderEliminarbuenas tardes:
ResponderEliminarEste aumento lo cobran todos los empleados de comercio?
trabajo 8 hs por dia, o depende del comercio se cobra?
Muchas gracias.
Hola ignacio.. yo soy de posadas misiones! Trabajo en un mayorista de nombre multiservi srl y no nos pagaron los 1200$ .... y si reclamamos o vamos al sindicato es lo mismo que nada! No nos hacen caso! Para nada! Que podemos hacer donde podemos dejar la queja o el reclamo! Gracias!!
ResponderEliminarHola Ignacio me podras responder si es media jornada me deben pagar $600 en cada cuota? espero respuesta tuya muchas gracias saludos!!!
ResponderEliminarBuenos dias. Comento mi situacion. Trabajo en comercio de 9 a 20 hs de lunes a sabado, sin el medio franco por trabajar sabado a la tarde (osea que el unico dia de descanso es el domingo) Es un comercio a la calle, no shopping. Cuanto deberia cobrar por 11 hs de lunes a sabado?. Gracias!
ResponderEliminarQue pasa si el empleador se niega a pagarnos, los $1200? Aduce no tener plata. El sindicato no deberia actuar. En el sindicato no actuan nunca .Hay que ir hasta San Fernando, poner el nombre (tambien es logico) pero ellos con el aviso solo ni se molestan (ni han aparecido nunca por mi trabajo) Pienso que lo deberian hacer de oficio.Espero su respuesta porque nosotros pagamos y no tenemos a nadie que nos defienda
ResponderEliminarHola Ignacio soy empleada de comercio vendedora b mi función es de encargada del local trabajo 10 hs cobra lo q ellos quieren $6900. Los 1200 no me los pagaron q puedo hacer desde el 2011 trabajo para esta agencia de claro ubicada en av.belgrano 378 alta gracia cdb. Aparte soy sostem de familia tengo 4 hijos. Me gustaria q alguien me de una respuesta.
ResponderEliminarIgnacio, para el caso de un empleado con media jornada, respecto al sindicato y Faecys se liquida con las remuneraciones de media jornada o de jornada completa como en la Obra Social?
ResponderEliminarUna consulta el pago de los $1200,se paga $1200 aunque uno trabaje media jornada o solo se paga ese monto si uno trabaja jornada completa ?? Pregunto xq yo cobre de no remunerativo $980 trabajo en un shopping y hago 6hs por día y el finde trabajo 1 día 12hs y el otro tengo franco(por ej sábado 12hs y domingo franco o viceversa)
ResponderEliminarSoy personal auxiliar A y trabajo 6 hs por semana. Cuál sería mi básico?
ResponderEliminarhola!!!. yo entre a trabajar el 01/07/2014, me corresponde los $1200???. No me los pagaron y en mi recibo no figura.
ResponderEliminarHola! Corresponde tener en cuenta los $1200 para la base de cálculo de las indemnizaciones? Muchas Gracias
ResponderEliminarEn el F931 hay que informar los 1200 para el calculo de la LRT?
ResponderEliminarHola! Entre a trabajar el 4 agosto. Trabajo 4 hs y a mis compañeros les pagaron 600 en agoto y 600 en este mes. Queria saber si a mi me corresponden estos 600 y si los 1200 de noviembre me correponden?? Gracias...
ResponderEliminarPara una empleada con licencia por maternidad que la ANSES le paga el sueldo durante 3 meses OCTUBRE/NOVIEMBRE/DICIEMBRE, los $ 1200 los paga la ANSES también..? y el aguinaldo..?
ResponderEliminarSi, tienen que incluirlo en el 931 para que la ANSES lo pague
Eliminarpara una empleada con licencia por maternidad que la ANSES le esta abonando el sueldo durante OCTUBRE/NOVIEMBRE/DICIEMBRE, los $ 1200 tambien los paga ANSES..? y el aguinaldo tambien...?
ResponderEliminar