Ese día, lunes 28 de septiembre no se podrá otorgar como franco compensatorio del descanso semanal.
El 26 de septiembre de cada año se celebra el Día del Empleado de Comercio. Pero tanto la FAECyS y las Cámaras empresarias del sector acordaron trasladar dicha fecha al lunes 28.
Según la norma, el DÍA DEL EMPLEADO DE COMERCIO, será día asimilable a un feriado para todos los empleados de la actividad. Por lo que los mismos durante ese día no prestaran labores, y los efectos legales son los mismo que cualquier feriado nacional.
Ese día, lunes 28 de septiembre no se podrá otorgar como franco compensatorio del descanso semanal.

si se trabaja ese dia como seria la remuneracion.desde ya muchas gracias
ResponderEliminarsi se trabaja ese dia como seria la remuneracion.desde ya muchas gracias
ResponderEliminarConsulta: si habitualmente tengo franco los domingos y lunes, que sucede? Tienen quedarme otro día encauzar Del Lunes?
ResponderEliminarEn mamuschka no lo respetan nunca nos obligan a trabajar
ResponderEliminarHola Ignacio! Para la gente que trabaja se paga como feriado no?
ResponderEliminarGracias saludos!!
Flor
mas un franco compensatorio
EliminarHola, en mi empresa alegan que el dia del empleado de comercio se debe trabajar, yo obviamente no fui, pero muchos de mis compañeros con mas antigüedad si fueron.
ResponderEliminarCuando avice que no me presentaría a trabajar, desde RRHH me dijeron que me descontarían el dia y el presentismo. ¿esto esta mal verdad? una vez que me descuenten, ¿como debo proceder para recuperar mi dinero?