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4 de noviembre de 2014

Formularios Servicio Doméstico: F. 102/RT y F 575/RT interactivos

AFIP publicó en su página web las versiones interactivas de los formularios F. 102/RT y F. 575/RT

Recordemos que mediante la RG 3693, la AFIP aprobó EL formulario 102/RT, con el cual se podrán ingresar la cuota que se destina al pago de la cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo para el personal de casas particulares. La cuota tiene carácter de pago anticipado y debe ser declarada e ingresada por el empleador en el mes en que se brindan las prestaciones.

También, aprobó el nuevo formulario 575/RT, el cual debe utilizarse cuando se trate del inicio de una nueva relación laboral el importe de la cuota con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo correspondiente al mes de inicio deberá ingresarse mediante el volante de pago


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3 de noviembre de 2014

Servicio Doméstico: nuevos formularios - Pago ART

Incorporación al Sistema de Riesgos del Trabajo del Personal de Casas Particulares. Nuevos valores ingresar. Nuevos formularios: F 102/RT, F 575/RT y F 1050. 

Mediante la Resolución General 3693, publicada en el Boletín Oficial el día viernes 31 de octubre de 2014, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), precisa las formas y condiciones que deberán observar los empleadores a efectos del pago de las cuotas con destino al Sistema de Riesgos de Trabajo.

En tal sentido, se destacan los siguientes aspectos:

- Se adecuan los cuadros de los aportes y contribuciones obligatorios, ajustándose a los nuevos importes y cargas sociales.
- La cuota que se destina al pago de la cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo tiene carácter de pago anticipado y debe ser declarada e ingresada por el empleador en el mes en que se brindan las prestaciones.
- El ingreso de los importes totales a ingresar en concepto de cargas sociales se efectuará mediante el volante de pago F. 102/RT.
No obstante, cuando se trate del inicio de una nueva relación laboral, el importe de la cuota con destino al referido sistema correspondiente al mes de inicio se deberá ingresar mediante el volante de pago F. 575/RT.
- Se precisan los importes de los aportes y contribuciones voluntarios, cuyo ingreso se efectuará mediante el volante de pago F. 575/RT.

Cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo
La cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo, estará supeditada a la suscripción del respectivo contrato de afiliación con la aseguradora de Riesgos del Trabajo que el empleador haya elegido o, en su defecto, a la asignada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Aportes y contribuciones obligatorias. Cuotas con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo 
A partir de Noviembre/2014 (período Octubre/2014), los empleadores del personal de casas particulares deberán ingresar mensualmente, por cada uno de los empleados, los importes que, de acuerdo con las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores –activo o jubilado-, seguidamente se detallan:

a) Por cada trabajador activo: 

1. Mayor de 18 años: 
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTEIMPORTE A PAGARImporte de cada concepto que se pagaCuota Riesgos del Trabajo
AportesContribuciones
Menos de 12$161$19$12$130
Desde 12 a menos de 16$224$35$24$165
16 ó más$498$233$35$230

2. Menor de 18 años pero mayor de 16: 

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTEIMPORTE A PAGARImporte de cada concepto que se pagaCuota Riesgos del Trabajo
AportesContribuciones
Menos de 12$149$19$ --$130
Desde 12 a menos de 16$200$35$--$165
16 ó más$463$233$--$230

b) Por cada trabajador jubilado:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTEIMPORTE A PAGARImporte de cada concepto que se pagaCuota Riesgos del Trabajo
AportesContribuciones
Menos de 12$142$ --$12$130
Desde 12 a menos de 16$189$--$24$165
16 ó más$265$--$35$230


Formulario - Pagos Mensuales


Los pagos obligatorios a ingresar mensualmente por el empleador deberán efectuarse mediante el volante de pago F. 102/RT
(también pueden descargar el F. 102/RT interactivo aquí)

Formularios – Pagos – Inicio y Cese de la Relación laboral 


- Cuando se trate del inicio de una nueva relación laboral el importe de la cuota con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo correspondiente al mes de inicio deberá ingresarse mediante el volante de pago F. 575/RT.

- En el caso de extinción de una relación laboral, sólo deberá ingresarse los aportes y/o contribuciones correspondientes al último período mensual devengado. En tal supuesto, el empleador realizará el correspondiente pago mediante el volante de pago F. 1350. Este último solamente será generado a través del Volante Electrónico de Pagos (VEP). 


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31 de octubre de 2014

Nuevo Formulario 575 RT Servicio Doméstico

Volante de pago trabajador de casas particulares. Aportes y contribuciones Formulario 575/RT.



Mediante la RG 3693, la AFIP aprobó el nuevo formulario 575/RT.

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