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30 de junio de 2016

Sindicato Obreros de Maestranza (SOM) incremento salarial 2016 - Acta acuerdo y Escalas CCT 281/96

El Sindicato Obreros de Maestranza (SOM) publicó el texto del acuerdo alcanzado con la Asociación de Empresas de Limpieza (ADEL), en el que se establece un incremento salarial del 20% a partir de julio 2016. CCT 281/96




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Acta acuerdo 2016
Escala salarial jornada completa 2016
Escala salarial jornada reducida 2016 
Homologación
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26 de mayo de 2014

Empleados de Maestranza: nueva escalas salarial 2014-2015

El SINDICATO DE OBREROS DE MAESTRANZA (SOM) y la ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE LIMPIEZA han arribado a un nuevo Acuerdo de recomposición salarial para el CCT 281/96.

El citado Acuerdo establece un incremento salarial equivalente al 33% que se calculará sobre los salarios básicos vigentes al mes de enero de 2014 y se efectivizará en forma escalonada de la siguiente manera: 

- 18% a partir de julio de 2014; 
- 8% a partir de octubre de 2014; y
- 7% a partir de febrero de 2015. 

El mencionado Acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose, a la fecha, pendiente de homologación.

Descargar escalas salariales
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29 de agosto de 2012

Maestranza y limpieza: nuevas escalas salariales para el CCT 281-96 SOM

NUEVAS ESCALAS SALARIALES DESDE AGOSTO DE 2012 PARA EMPLEADOS DE MAESTRANZA Y LIMPIEZA CCT 281/96.

Con fecha 20 de julio, el Sindicato de Obreros de Maestranza (SOM) y la Asociación de Empresas de Limpieza, han arribado a un nuevo Acuerdo salarial en el que se establece nuevas escalas salariales con vigencia escalonada a partir de los meses de agosto y octubre de 2012, y enero de 2013.

El aumento pactado es de un 24.48% para los básicos conformados vigentes al mes de marzo de 2012, a partir del mes de agosto de 2012 en adelante, según la grilla que se adjunta.

Base Marzo de 2012 Total: $3.350,-

Mes Agosto 2012 Total: $3.685,- que equivalen al 10% de incremento.
Mes Octubre 2012 Total: $3.685,- que equivalen al 10% de incremento.
Mes de Enero 2013 Total: $4.170,- que equivalen al 24,48% de incremento.

Aporte adicional empresarial
Las partes determinan que el sector patronal aportara una suma fija de $80 por cada trabajador de jornada completa y $40 por cada trabajador de jornada reducida con las remuneraciones correspondientes al mes de julio de 2012.

Asimismo, según el nuevo texto se adiciona el aporte del 1% mensual sobre el total de las remuneraciones abonadas al personal comprendido en este acuerdo a partir del mes de agosto de 2012, al porcentaje establecido en el artículo 58 CCT 74/99, para aplicar a los fines de capacitación de los trabajadores beneficiarios de este convenio.
El Acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose, a la fecha, pendiente de homologación.
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