Desde la DDJJ SICOSS de abril, el sistema online será obligatorio para los empleadores con hasta 100 trabajadores y en el caso que incrementen sus nóminas hasta un máximo de 200 trabajadores, inclusive. Para el resto será optativo.
Mediante la RG 3612, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), amplió el universo de alcanzados por el uso obligatorio del sistema “Declaración en Línea” (antes "Su Declaración").
Obligados
Será obligatorio para los empleadores que registren hasta 100 empleados y en el caso que incrementen sus nóminas hasta un máximo de 200 trabajadores, inclusive.
Optativo
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 101 y 200 trabajadores, ambas cantidades inclusive, y para el caso que con posterioridad su nómina disminuya a 100 trabajadores o menos el uso de este sistema será obligatorio.
Excluidos
Quedan excluidos los empleadores que registren más de 200 trabajadores en el período mensual que se declara.
Vigencia
La nueva disposición será de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas (F. 931) originales o rectificativas, correspondientes a los períodos devengados abril de 2014 y siguientes.
Declaración en Línea
El sistema “Declaración en Línea”, permite a los empleadores confeccionar las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, a través de la página web de la AFIP.