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12 de febrero de 2016

UOYEP: "gratificación remunerativa" de $ 2.500

Gratificación remunerativa" de $ 2.500 para trabajadores del plástico. 

Se recuerda que en el marco de la paritaria 2015  para el CCT 419/05, la Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP), acordó con la cámara del sector el pago de una "gratificación remunerativa" de $ 2.500 a abonarse en 5 cuotas iguales y consecutivas de $ 500 cada una comenzando a liquidarse junto con los haberes de enero de 2016 y finalizando con los haberes de mayo de 2016. 

Las empresas abonarán como "Gratificación" por esta única vez, la suma de $ 2.500 que se liquidará conforme al siguiente detalle:

  • $ 500 juntamente con los haberes del mes de enero 2016, 
  • $ 500 juntamente con los haberes del mes de febrero 2016, 
  • $ 500 juntamente con los haberes del mes de marzo 2016, 
  • $ 500 juntamente con los haberes del mes de abril 2016 y 
  • $ 500 juntamente con los haberes del mes de mayo 2016

La suma aquí pactada será tenida en cuenta para los aportes y contribuciones a los subsistemas de la Seguridad Social, de la ley de riesgos del trabajo y de obras sociales.

Así también como para el artículo 43 del convenio colectivo de trabajo 419/2005, correspondiendo dicho aporte mensual por cada trabajador convencionado a las sumas que se consignan en el presente Acuerdo.

Este importe se abonará proporcionalmente a los trabajadores que cumplan jornadas inferiores a la legal, bajo modalidad de trabajo a tiempo parcial o jornada reducida (art. 92 ter y 198 de la LCT).

Asimismo, la Gratificación señalada en ningún caso se incorporará a los salarios básicos ni se considerará como base de cálculo de los mismos para futuras negociaciones.

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1 de julio de 2015

Paritaria 2015 UOYEP: Se demora la paritaria del Plástico

Fuentes del sindicato del Plástico informaron que la negociación salarial 2015 no está siendo fácil de resolver, pero se espera que en uno días mas se llegue un acuerdo definitivo. Recordemos que el acuerdo del 2014 venció el 31 de mayo pasado.

La Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP), tendrá en días mas una Asamblea General de Delegados para decidir sobre la cuestión. La pretensión del sindicato es lograr un aumento mayor al 30%, pero es muy posible que el porcentaje esté mas cerca del 27%



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8 de abril de 2014

Paritarias Plásticos: negocia una suba del 30% mas suma fija de $1200

La UOYEP negocia un acuerdo similar a los cerrados en los últimos días por la UOM, UOCRA y FAECyS, 30% en dos o tres tramos más 1200 pesos como suma fija.

La Unión  Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP) negocia con la Cámara Argentina de la Industria Plástica (CAIP), el aumento salarial para los empleados del sector.

Si bien aun no se ha llegado a un acuerdo, las negociaciones se encaminan a resultados similares a los alcanzados por los principales gremios de país. Los metalúrgicos de la UOM, los albañiles de la UOCRA y los Empleados de Comercio, que acordaron subas cercanas al 30% mas sumas fijas de 1200 pesos.

En el caso de los trabajadores de la industria plástica, las negociaciones se encaminan a cerrar un acuerdo cercano al 30% en tres tramos, más $1200 fijos para los meses de abril, mayo y junio.


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10 de junio de 2011

Sindicato del Plástico: Nuevo acuerdo salarial entre UOYEP y CAIP

Plásticos: Nuevo acuerdo salarial entre UOYEP y CAIP
Con fecha 7 de Junio de 2011 la Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP) y la Cámara Argentina de la Industria Plástica (CAIP) ha firmado un nuevo acuerdo de actualización salarial con relación a las retribuciones incluidas en el CCT Nº 419/05.

En el acuerdo suscripto se estableció lo siguiente:

PRIMERO: Ambas partes y los firmantes del presente acta, declaran que son integrantes en representación de las entidades nombradas precedentemente, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, conforme a lo determinado en el Expediente Nº 1.252.511/07, de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo, de fecha 17 de diciembre de 2007.

SEGUNDO: En ejercicio de su facultad negociadora, las partes que firman el presente acta convienen el régimen salarial de la aludida convención, por el período comprendido entre el 1º de Junio de 2011 al 31 de Mayo de 2012. Por Anexo I se acompañan los valores de los sueldos y salarios básicos que han de regir para dicho período.

TERCERO: A partir del 1º de Junio de 2011 se ha incorporado a los sueldos y salarios básicos de la Convención el 100 % de la suma no remuneratoria que se acordara por acta del 18 de mayo de 2010, respetándose las diferencias entre las categorías convencionales.

CUARTO: La bonificación por antigüedad contemplada en el Art. 6º del convenio, será liquidada sobre el salario o sueldo básico, de la categoría en la que revista el trabajador. En cuanto a los premios o incentivos que puedan existir en las empresas, los mismos se liquidarán conforme a los sistemas vigentes en cada una de ellas o en su caso, a los que surjan de acuerdos que se puedan negociar a nivel de las mismas, con las respectivas representaciones de los trabajadores.

QUINTO: A los fines de la liquidación de los haberes que correspondan por aplicación del presente acta, las partes ratifican en su contenido lo dispuesto por el Art. 25º de la convención, que será aplicable en cada caso en particular, conforme a las modalidades existentes en cada empresa.

Las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo a los fines de su homologación y registro.

Se transcribe en ANEXO I los salarios básicos vigentes que corresponden a los períodos pactados.



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