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27 de febrero de 2018

¿Cómo cargamos el SICOSS de febrero?

Para el devengado de febrero entran en vigencia los cambios en el decreto 814/01, y la pregunta que nos hacemos todos es ¿Cómo efectuamos la carga del SICOSS (F 931) de febrero?

¿Cómo cargamos el SICOSS de febrero?


Para el devengado de febrero entran en vigencia los cambios en el decreto 814/01 establecidos por la ley 27.430 de Reforma Tributaria. Y la pregunta que nos hacemos todos es ¿Cómo efectuamos la carga del SICOSS (F 931) de febrero?

No tengo la respuesta, es AFIP quien debe implementar el cambio y hasta el momento no han dado información alguna. Pero bien vale hacer algunos comentarios al respecto.

Recordemos, la ley 27.430 de Reforma Tributaria unifica las alícuotas del artículo 2 del decreto 814/01 en el 19.50%.

Ahora, esta unificación de la alícuota será gradual, por lo que todavía se deberá diferenciar entre el inciso a y b del Decreto 814/01, siendo las alícuotas desde febrero 20.70% y 17.50%, respectivamente.

Cambio en la alícuota
Al respecto, hay que decir que el cambio en la alícuota lo tiene que hacer el aplicativo directamente. Nosotros no deberíamos hacer ningún cambio y seguir informando el tipo de Empleador 814/01 a o 814/01 b. 

Mínimo no imponible
En relación al Mínimo no imponible de $2.400, el procedimiento podría ser detraerlo  de las bases de las remuneraciones 2 y 3 para que el aplicativo calcule las contribuciones sobre el excedente:


Rem. Imponible 2:  Contribuciones Previsionales y PAMI
Rem. Imponible 3:  Contribuciones de Fondo Nacional de Empleo, Asig. Familiares y RENATRE


En la versión actual del aplicativo solo es posible modificar la remuneración 3. Por lo que esto también tendría que modificarlo la AFIP, junto con la incorporación de las nuevas alícuotas.

Reglamentación de la AFIP
También está pendiente la reglamentación respecto de la opción establecida en el artículo 169 de la ley de Reforma Tributaria, que establece que los empleadores que estuvieren utilizando los beneficios de la ley 26.940, tanto para Microempleadores (artículo 18) o Régimen de Promoción (artículo 24), podrán optar por aplicar el mínimo no imponible, renunciando a los beneficios establecidos por esos artículos.

Por lo pronto, al momento de escribir este artículo AFIP no había modificado el aplicativo Declaración en Línea ni el SICOSS bajo SIAP. Habrá que esperar las modificaciones para saber de manera concreta como AFIP instrumenta los cambios. Que esperamos que sea en tiempo y forma para cumplir en término con las presentaciones.

Para mas información sobre los cambios en las contribuciones, pueden leer el siguiente artículo: Los 4 cambios en las Contribuciones Patronales



ACTUALIZACIÓN
Respuesta de la cuenta de AFIP sobre la actualización del aplicativo:


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3 de marzo de 2014

Error al importar Retenciones: “el largo del registro debe ser de 56 caracteres, se obtuvo 58″

Al importar retenciones y percepciones obtenidas desde el sistema con clave fiscal "Mis Retenciones" el aplicativo Ganancias de Personas Físicas y Bienes Personales emite el mensaje "el largo del registro debe ser de 56 caracteres, se obtuvo 58"



Para poder importar las retenciones correctamente, deberá editar el diseño de registro del aplicativo adecuándolo al archivo TXT que genera el servicio "Mis Retenciones". 

Para ello ingrese al aplicativo "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales", sobre el margen derecho de la ventana "Declaración Jurada" seleccione el botón Importar/Exportar, seleccione el formato de importación "Retenciones y Percepciones (Mis Retenciones)" y presione el icono "Detallar", luego deberá editar la configuración de importación, tendiendo en consideración las siguientes longitudes:

Concepto del dato Desde Hasta Se importa
Tipo de Operación 1 1 SI
CUIT del Agente 5 16 SI
Número de Certificado 43 58 SI
Fecha 17 27 SI
Código de Régimen 2 4 SI
Monto de la Operación 28 42 SI

 
Pantalla a editar

Fuente: AFIP
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29 de julio de 2013

Aplicativo Seguridad Social SICOSS 36.0 Release 4

Aplicativo Seguridad Social SICOSS 36.0 Release 4 - Publicado 25/07/2013.



Descripción
La aplicación mantiene todas las funcionalidades de las versiones anteriores. No olvide imprimir y leer el instructivo especialmente elaborado y que puede obtener en archivo separado.




Descargar aplicativo
Descargar tablas

IMPORTANTE: Recuerde instalar la versión 35 antes de la 36.

Se sugiere que, en caso de tener nóminas de empleados superiores a 5.000, el equipo donde se encuentre instalado SIAP-SICOSS, cuente con una memoria RAM de 2GB o superior

Novedades

  • Modificación de los Topes remunerativos para el cálculo de aportes a partir del devengado Marzo/13
    • De acuerdo a la Resolución de ANSES 30/2013, la base mínima y máxima será de $753,05 y $ 24.473,92 respectivamente.
Ventana Datos Generales
  • Se modifican las siguientes denominaciones:
    • Actividad 99: Trabajador Agrario (excluido Ley 26727)
    • Actividad 31: Trabajador Rural de la Armada Argentina Ley 26727
  • Se incorporan los siguientes códigos de modalidad de contratación (Decreto 301/13) a partir del devengado Marzo/13:
    • 114 Trabajo temporario con reducción Ley 26727
    • 115 Trabajo permanente discontinuo con reducción Ley 26727
  • Se incorporan los siguientes códigos de condición:
    • 10 Pensión
    • 11 Pensión no Contributiva 


A tener en cuenta por los empleadores Rurales
En el programa aplicativo “SICOSS” y el servicio “Declaración en línea”, se habilitaron los códigos de modalidades de contratación relacionados al Código de actividad 97 – “Trabajador Agrario Ley 26.727”.
 
Los trabajadores que realizan actividades agrarias en el marco de la ley 26.727 deben ser declarados mediante el código de actividad 97 en alguno de los siguientes códigos de modalidad contractual:
 
110- Trabajo Permanente de Prestación Continua
111- Trabajo Temporario
112- Trabajo Permanente Discontínuo
113- Trabajo Por Equipo o Cuadrilla Familiar
114- Trabajo Temporario con Reducción Ley 26.727
115- Trabajo Permanente Discontinuo con Reducción Ley 26.727
 
Los importes resultantes del aporte de Seguro por Servicios de Sepelio (código 935) y la contribución (código 360) deberán ser pagados mensualmente mediante el formulario 931 de afip - con destino al sistema único de la seguridad social - SUSS
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5 de agosto de 2010

Aplicativos AFIP: Nueva versión del SIAP - Sistema Integrado de Aplicaciones

S.I.Ap - Sistema Integrado de Aplicaciones Versión 3.1 Release 4

La AFIP publicó un nuevo release del Sistema Integrado de Aplicaciones (S.I.A.p.), entre las novedades se ecuentran:

Esta versión corrije el manejo de nulos del SIAp 3.1 release 3 para que al crear la base cargue valores por defecto en lugar de nulos.

NOTA: El Instructivo incluye la forma de utilizar el Siap, bajo sistema operativo Windows 7.
  • Para bajar el aplicativo, haga click aquí
  • Para bajar el instructivo, haga click aquí
  • Para bajar el instructivo para Windows Vista y 7, haga click aquí

Actualización Base Siap (Version 1.0)

Versión Tamaño Publicación Descargar

1. 0 Release 0 19.5 KB 08/07/2010

Novedades
El Actualizador de BaseSIAP soluciona el error 94 (El uso de Null no es valido) cuando se ha instalado el aplicativo "Derecho de Registro e Inspección (DReI)" y "SICOSS".

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7 de junio de 2010

Aplicativos AFIP: Nueva versión de del SIAP

S.I.Ap - Sistema Integrado de Aplicaciones Versión 3.1 Release 3

Es un sistema diseñado por la AFIP, en el cual se ingresarán los datos generales de los contribuyentes, los que además alimentarán las distintas "Aplicaciones", que posteriormente instale el usuario, a partir del SIAp, la información contenida en éste servirá de base para la generación de las declaraciones juradas que los responsables deberán presentar por los diferentes impuestos, facilitando y agilizando la tarea de los contribuyentes.

Novedades
Se actualizó la Tabla País, contenida dentro del título Responsable por deuda ajena.
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  • Para bajar el instructivo, haga click aquí
  • Para bajar el instructivo para Windows Vista y 7, haga click aquí



Fuente: AFIP
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