Liquidación de haberes para el mes de Enero de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
Para la liquidación de haberes de Enero de 2011 de Empleados de Comercio CCT 130/75, no tenemos novedades respecto a la liquidación de diciembre. En ese se incorporó el último tramo del aumento acordado en junio de 2011, el cual recién en abril próximo pasará a formar parte del básico de convenio. Recordemos que en el acuerdo junio 2011, se estableció un incremento salarial del 30%, aplicable en tres tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:
- Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011. (aplicado)
- Un 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011. (aplicado)
- Un 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011. (aplicado)
Tomando siempre como base de cálculo para aplicar los porcentajes, las escalas salariales correspondientes para cada categoría para el mes de noviembre de 2011.
Como todos los meses, a manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de Enero de 2012.
Datos para la liquidación
- Categoría: Administrativo A
- Básico: $ 3.044,32
- Tipo de Jornada: Completa
- Antigüedad: 0
- Obra Social: O.S.E.C.A.C.
- Afiliado al Sindicado: No
Solución Propuesta
Conceptos Remunerativos
Básico: $3.044,32
Surge de la escala salarial publicada por FAECyS. Ver
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $239,89 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
3.044,32 / 12 = $253,69
Conceptos No Remunerativos
Adicional no remunerativo Acuerdo Junio 2010: $ 0,-
Hasta el mes Junio el importe era de $705,33, pero a partir del mes de julio se comenienzó a incoporar al básico en 5 cuotas iguales (julio a noviembre), por lo cual se terminó de incorporar al básico al básico en el mes 11/2011.
Recordemos que dicha incorporación se hace de manera "acrecentada" para que el sueldo de bolsillo del empleado sea le mismo. Para lo cual usamos la formula de acrecentamiento determinada el año pasado para los acuerdos anteriores. (VER)
Acuerdo Colectivo Junio 2011: $ 913,30
Hasta el mes pasado era de $ 700,20, e incluía los dos primero trámos de aumento, 15% de mayo/junio y 8% en septiembre, lo que totalizaba un 23%. Ahora, en diciembre, debemos aplicarle el último tramo restante del aumento que es del 7%.
Recordemos que el aumento se aplica sobre el básico de Noviembre, por lo tanto para esta caso sería:
$ 3.044,32 x 7% = $ 213,10
Por lo tanto:
+ 213,10 + 700,20 = $ 913,30
Que es lo mismo que aplicar el 30% directamente sobre el básico:
$ 3.044,32 x 30% = $ 913,30
Asistencia y puntualidad: $76,11
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.
913,30 / 12 = 76,11
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% Según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
- 3% de Obra Social
- 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
- 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos. Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.
Ver también: Liquidación septiembre 2011


Ahora hasta abril todos los meses va a continuar siendo igual la liquidación, no? Gracias, Claudia.
ResponderEliminarBUENOS DIAS IGNACIO....QUERIA HACERTE UNA CONSULTA...SOY DE NEUQUEN, EL CONCEPTO DE ZONA DESFAVORABLE DEBERIA CALCULARSE TAMBIEN SOBRE EL NO REMUNERATIVO O SOLO TENGO EN CUENTA LA PARTE REMUNERATIVA?
ResponderEliminarGRACIAS
no entiendo, si no hay variacion para los sueldos del mes de enero 2012, se liquida como diciembre??
ResponderEliminarclaudia
HOLA IGNACIO. COMO ANDAS. ES PARA LOS COMENTARIOS 1 Y 3. SI EN LOS MESES DE DIC-ENE-FEB-MAR DE 2012 NO HAY NOVEDADES EN LA LIQUIDACION, LOS RECIBOS DE SUELDO VAN A SER IGUALES.
ResponderEliminarGRACIAS IGNACIO POR EL ESPACIO.
SALUDOS. JUAN-VILLA MARIA-CORDOBA.
BUENOS DIAS IGNACION
ResponderEliminarPODRIAS DECIRME QUE PORCENTAJE APORTA EL EMPLEADOR A LA OBRA SOCIAL Y A LA JUBILACION YA QUE SEGUN ENTIENDO A MI ME DESCUENTAN 11% DEMISUELDO PARA LA JUBILACION Y EL EMPLEADOR APORTA OTRO TANTO ,ASI SUCEDE CON LA OBRASOCIAL TAMBIEN .EN CONCLUSION YO APORTO 11% PARA JUBILACION Y 3% PARA LA O. SOCIAL Y EL EMPLEADOS CUANTO???
GRACIAS LSDS
Hola Ignacio, sabes por casualidad si en caso de embargo de sueldo se puede descontar tambien de los haberes NO remunerativos? o solo se pueden hacer ese tipo de deducciones sobre los haberes remunerativos? Gracias
ResponderEliminarMarcelo
Gracias Ignacio..! Muy bueno tu blog. Un par de dudas: 1) por qué en Básico dice Unidades: 30 ......... y 2) el recibo del ejemplo podría ser el de una persona que no trabajó el feriado de Año Nuevo? y la del "estribo": y si hubiera trabajado el feriado?
ResponderEliminarM u c h a s G r a c i a s ! ! !
Marcelo
Buenos Días Ignacio, quisiera saber qué pasa con los feriados en el caso de Empleados de Comercio, si no lo trabaja igual se liquida en línea aparte el concepto "feriado"? y se liquida igual el "plus feriado" no trabajándolo? Muchas Gracias. Andrea
ResponderEliminarGracias Ignacio, me gustaría que siga la calculadora. Ahora vi que estaba hasta diciembre.
ResponderEliminarSAludos Lucy
cuando vence el acuerdo por las paritarias del 2011? cuando empiezan por el 2012?
ResponderEliminargracias
Ignacio, mi consulta es sobre el plus de cajero. hay alguna novedad con respecto a las liquidaciones anteriores? pq me parece q habia algo pero no recuerdo, saludos
ResponderEliminarIgnacio : Como seria una liquidacion de vacaciones, por ejemplo de 14 dias tomadas en el mes de enero?. Donde trabajo, desde que comenzaron los acuerdos con sumas no remunerativas, las liquidaciones de vacaciones siempre son inferiores ya que no estan incluyendo las sumas no remunerativas en las mismas. Daemiku
ResponderEliminarLiquidación vacaciones enero http://ignacioonline.blogspot.com/2012/01/empleados-de-comercio-liquidacion-de_24.html
ResponderEliminarhola Ignacio soy Eugenia te agradecería me puedas ayudar,te comento: estoy registrada como administrativa B 1/2 jornada tengo una antiguedad de 8 años y me propusieron llegar a un acuerdo para dejar de trabajar mi pregunta es por que monto de dinero podría llegar a un acuerdo.Desde ya muchísimas gracias y le felicito por el continuo asesoramiento para todos los trabajadores.
ResponderEliminarignacio me podes decir como se liquidanlas vacaciones pues soy empleada de comercio pero tengo variables.Se toma el mejor sueldo tambien??????
ResponderEliminarignacio deseo saber como se liquidan las vacaciones de una empleada de comercio(yo) con variables.Se debe tomar tambien el mejor sueldo?
ResponderEliminarHola Ignacio! Te agradeceria me confirmes si trabajando 42 hs. semanales trabajando en comercio es Full Time!! Ademas suponiendo el caso que se le pagara en negro una parta siendo el sueldo de un vendedor B de comercio es de $ 4086.98 ( basico + no remunerativo) para el sueldo del mes de Enero.Le deberia descontar los aportes que estuvieran haciendo en blanco para saber que deberia cobrarse en total?? Y luego descontando lo que se recibe en mano (parte recibida del recibo de sueldo) se sabria cuanto deberia restar cobrar correctamente??
ResponderEliminarEspero que se entienda mi consulta.
Desde ya muchas gracias por un servicio tan bueno y tan necesario en estos dias!!!
Mariola.
Hola Eugenia, por cuanto no te puedo decir, eso depende de cada uno, habría que hacer una liquidación final y en todo caso ver cual es el monto.
ResponderEliminarHola Viviana, sobre las sumas variables se toma el promedio de los últimos 6 mes o 12 meses, el mayor.
te recomiendo leer este artículo: http://ignacioonline.blogspot.com/2010/01/licencia-por-vacaciones-puntos.html
Disculpame Mariola, pero no entiendo la pregunta
Hola Ignacio, Soy Gabriel, soy empleado de comercio en la categoria vendedor b en una libreria e imprenta de zona sur, mi consulta es: cuanto es el salario minimo por ley para dicha categoria, ya que yo cobro $2600 y solo blanqueados $1700, como puedo hacer para que mi empleador regularice mi situacion sin que yo lo tenga que denunciar ya que temo por mi puesto, gracias.
ResponderEliminarHola te hago una consulta, si los feriados de carnaval quedan en medio de mis vacaciones debo tomar dos dias mas o son dias corridos sin importar feriados?
ResponderEliminarHola Ignacio! Disculpa que no haya sido clara en mi consulta, la pregunta es si trabajo 6 horas diarias de lunes a viernes y sabados 12 horas. Esto es jornada completa o 1/2 jornada?(esto suma 42 hs. semanales)Como debiera liquidarse el sueldo?
ResponderEliminarDesde ya muchas gracias nuevamente!
Mariola.
Hola Ignacio! Buen dia! Disculpame la mala redaccion de la consulta. La pregunta es la siguiente. Trabajo en comercio como vendedora "B" de lunes a viernes 6 horas y los sabados 12 hs. Esto se liquida como media jornada o jornada completa. ( suman 48 hs. semanales). Como deberia liquidarse el mes de Enero?
ResponderEliminarDesde ya muchas gracias!!
Mariola,-
Hola Ignacio... Soy Auxiliar B del convenio de comercio y quisiera saber si el cálculo, presentismo y antigüedad, Sobre los "Conceptos No Remunerativos" debe liquidarse en todos los casos porque en mi recibo no aparecen. Gracias.
ResponderEliminarAldo.-
Haber ignacio yo no entiendo mas nada el horario de 15 a 21 hs no se considera jornada completa hasta ahi bien porque estoy 6 hs.Pero en el laburo los aumentos de sueldo si me los reconocen como jornada completa. Entonces no me tendrian que pagar como jornada completa osea no tengo el recibo de enero pero mi basico esta en 2200 (recibo del 10/2011) en fin ese basico esta bien ? Gracias
ResponderEliminarFernando
Hola Ignacio te hago una consulta, en la liquidacion de sueldos de un empleado de comercio cat Administrativo a que recibe en mano mensualmente 3600 aproximadamente, el ultimo día de vacaciones informa que tuvo un accidente por lo cual esta de licencia por enfermedad justificada donde le llevaron los certificados médicos correspondientes primero le dieron 20 dias de reposo y despues le agregaron 3 semanas mas, la consulta es tiene que cobrar lo mismo que si hubiese trabajado si no estubiera enfermo o se le aplican descuentos por su enfermedad.
ResponderEliminargracias, espero tu respuesta.
Mariela
Buen día Ignacio, mi nombre es Osvaldo , soy empleado de comercio en la categoria vendedor B , tengo una antiguedad de 31 años , solo me liquidan comisiones, en el recibo figura sueldo 0 , mi consulta es: es verdad que el empleador puede tener con nosotros un convenio especial donde el NO REMUNERATIVO lo absorve las comisiones igual que la antiguedad , según mis cuentas en la liquidación de Febrero no llegaron a pagarme el básico que me corresponde y mi empleador dice que si , resumiendo mi recibo dice :
ResponderEliminarComisiones del mes :....... $ 4.152,30
Asignación complementaria : $ 345,89
Repro $ -600,00
deducciones : $ 886,90
Neto a cobrar : $ 3.011,29 ( + $ 600,- del Repro)
espero tu consejo , muchas gracias .
Te hago una consulta, quiero poner una guardería infantil y para blanquear al personal entraría en auxiliar especializado categoría B, por una jornada de 4hs de lunes a viernes, cuánto seria el salario de cada empleada y cuanto seria lo que yo como empleadora tendría que aportar por cada una.
ResponderEliminarmuchas gracias!
Buen dìa Ignacio , mi nombre es Osvaldo , por favor necesito si puede responder mi pregunta del 15 de Marzo , muchas gracias .
ResponderEliminarHOLA IGNACIO,CUANDO EMPEZARIAN LAS PARITARIAS 2012?
ResponderEliminarHola Ignacio, que tal??
ResponderEliminarMe gustaria consultarte por una liquidacion que me tienen que hacer por mi renuncia. Trabaje menos de un mes, y no se que me corresponde, pero la semana que viene me dijeron que vaya a buscar la liquidacion y no quiero que me den de menos...
El sueldo era de $3300, pero parte en blanco y parte en negro...
Trabaje desde el 28 de febrero, y renuncie el 12 de marzo. Por los dos dias de febrero me pagaron 314$, pero en blanco solo 147.73$
cuanto me deberian pagar por los 12 dias de marzo??
ojala puedas ayudarme. gracias!
BUEN DIA IGNACIO NECESITO DE SU AYUDA SOY EMPLEADA DE COMERCIO VENDEDORA EN UN STAND DE GLOBOS TRABAJO 8 HORAS DIARIAS MENOS LOS DIAS JUEVES QUE TRABAJO 6 HORAS!!!! LOS SABADOS Y DOMINGOS EN HORARIOS DE 14 A 22 HS QUERIA SABER A QUE CATEGI¡ORIA PERTENEZCO Y EL RESTO LO LIQUIDO YO PORQUE YA SE LIQUIDAR SUELDOS!!!!! GRACIAS ESPERO SU RESPUESTA LUCIA!!!
ResponderEliminarhola! soy una empleada administrativa B que trabajaba todo el dia por complicaciones con unos de los dueños pase a trabajar media dia!! quisiera saber de cuando es mi sueldo tengo 5 años de antiguedad! muchas gracias!
ResponderEliminarHOLA QUISIERA SABER CUAL ES EL SUELDO DE MEDIA JORNADA DE UN ADMISTRATIVO B, PORQ CREO QUE ME ESTAN LIQUIDANDO AML Y LOS CONTADORES NO DICEN NADA GRACIAS
ResponderEliminarhola ignacio...podrias ayudarme a que mi jefa me reajuste mi sueldo ya que recibi el aumento de mayo 2012 con un sueldo basico de $2450 por 6 horas diarias de lunes a viernes mas comision que no llega a los $1000 ...mi duda es que mi sueldo basico seria de $2800 actualmente y lo reclame y no me lo quieren pagar porque dicen que mi recibo por 6 hs es de ese valor ..lamentablemente pienso que estan reteniendome $ 350 que para mi es de gran ayuda...como podrias ayudarme a reclamarlo justamente sin que se enojen mis patrones!MUCHAS GRACIAS!!!!! KARINA
ResponderEliminarEstimado Ignacio, me podrias hacer el favor de enviarme por mail un modelo de Recibo de Sueldo de Cajero Categoría "B".(walter_svld@hotmai.com)
ResponderEliminarSaludos cordiales
Hola Ignacio, mi consulta es la siguiente. Yo trabajo sobre un básico de 200 hs, y los meses empiezan un 26 y terminan un 25. El tema es que desde el 1 de julio rige un aumento y tengo días con el anterior sueldo, o sea, del 26 al 30 con otra escala salarial, y del 1 al 25 bajo el nuevo convenio. Como se liquida eso teniendo en cuenta q todos los días hago 4 hs extras? Gracias.
ResponderEliminarhola.soy vendedor b de 1/2 jornada.trabajo por la tarde de lunes a sabados.estaba cobrando 2.000 por seis horas diarias.como el local no tiene ventas me redujo las horas a cuatro por dia.cuanto me va a quedar de sueldo ahora?(malauda@hotmail.com)gracias!
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