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1 de diciembre de 2017

Personal Doméstico: en diciembre aumenta 12% la escala salarial

En diciembre el personal doméstico comenzará a cobrar el segundo tramo de 12% del aumento salarial acordado en junio pasado, con lo cual cerrará el año con una mejora de 24%.

El primer aumento del año fue del 12% retroactivo al 1° de junio. Ahora en diciembre, se aplica el el segundo aumento llegará en diciembre, también del 12%, de esta manera se llega al 24% pactado. El aumento impacta en el aguinaldo.


Así quedan los salarios desde diciembre:​

El salario mínimo para la categoría “Personal para Tareas Generales” será de $71,50 la hora y $8.837 mensuales para el personal con retiro; y $76,50 la hora y $9.826,50 por mes, en el caso que sea sin retiro.

La categoría de “Supervisora” con retiro quedará en $86,50 la hora y $10.841 mensual, y $94,50 la hora extra y $12.076 mensual sin retiro.

​En “Personal Para Tareas Específicas” con retiro será de $81,50 la hora y $10.072 mensual, y sin retiro $90,70 la hora extra y $11.211,50 el mes; y para “Caseros” se pagará $76,50 y $9.826,50 por mes.

En tanto, “Asistencia y Cuidado de Personas” subirá a $76,50 la hora y a $9.826,50 mensual con retiro; y sin retiro será de $86,50 la hora y $10.950 mensual.

Las escala salarial servicio doméstico 2017  serían las siguientes:





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8 de noviembre de 2017

Empleados de Comercio Escala salarial Noviembre 2017

Incorpora al básico de convenio la suma no remunerativa del 10%. 

La FAECyS publico las escalas salariales para Empleados de Comercio Rama General CCT 130/75 vigentes desde Noviembre 2017.

Ver ejemplo de liquidación Noviembre 2017

Las escalas mencionadas, incorporan al básico de convenio el 10% no remunerativo que se pagaba desde julio 2017, según lo establecido en el último acuerdo salarial.

Empleados de Comercio Escala salarial Noviembre 2017



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"Cláusula gatillo"

Respecto  la llamada "cláusula gatillo", Si bien los firmantes del acuerdo se comprometieron a reunirse en el mes de octubre para "analizar las posibles variaciones económicas," hasta el momento no hubo tales reuniones.

De no acordarse un aumento noviembre, los empleados de comercio verán mermado su salario por el pase de las sumas no remunerativas al básico. Ya que no se estableció cláusula de acrecentamiento o grossing up.

Repasemos, el acuerdo salarial de Empleados de Comercio 2017 estableció un aumento salarial del 20%. Y además la partes se comprometieron a reunirse nuevamente en los meses de octubre 2017 y enero 2018 para evaluar las posibles variaciones económicas desde la firma del acuerdo.

Puntualmente, el punto Tercero del acuerdo dice:

"Respecto a las escalas de salarios básicos convencionales, las partes firmantes de este Acuerdo asumen el compromisorio de reunirse en los meses de octubre de 2017 y enero de 2018, a fin de analizar las posibles variaciones económicas acaecidas desde la vigencia del presente Acuerdo Paritario que podrían haber afectado a las escalas acordadas, y para el caso de resultar esto necesario establecer ajustes incrementales sobre ellas, los cuales de aplicarse serán a partir de los mencionados meses de octubre 2017 y/o enero 2018 en los cuales sean acordados."

Como podrán ver, el texto solo tiene dos datos ciertos, octubre 2017 y enero 2018, que es cuando las partes se reunirán, los demás son uso de potenciales y conceptos sujetos a interpretación.

No se establee que variables se tendrán en cuenta en ese análisis, solo dice "analizar las posibles variaciones económicas." Tampoco, se establece ningún indice para tomar de parámetro en el análisis.

Podrían haber fijado algún indice en particular, como es el caso del último acuerdo de Sanidad, que estableció el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPCGBA) del INDEC como referencia, y estableció que si supera el 21% se incrementarán las escalas.

Pero no, en Comercio no se fijó ni Parámetro, ni Porcentaje a tener en cuenta. Por lo tanto, todo queda a lo que las partes crear conveniente en octubre y luego en enero.

Entonces, en octubre y enero se analizarán las variables económicas, que no sabemos cuales son específicamente. y del análisis de esas "variables económicas", podría o no surgir un incremento salarial.

Por último, hay que recordaR que la rama turismo de Empleados de Comercio, también acordó para este año un incremento del 20%, pero con un adicional no remunerativo de $2.000 que se pagará en diciembre. Tal vez este sea un parámetro de mínima a tener en cuenta.

Por el momento, no hay mucho mas que esto y habrá que seguir esperando
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23 de octubre de 2017

Trabajo Agrario: Escalas salariales y topes 2017 - 2018

Trabajo Agrario: Escalas salariales y topes. vigencia a partir del 1° de agosto de 2017, 1° de julio de 2018. Resolución 83/2017 CNTA. 



Mediante la  Resolución 83/2017, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) se establecieron las nuevas  remuneraciones mínimas para el personal permanente que realiza tareas en el régimen nacional de trabajo agrario.

La resolución también fija el monto del tope indemnizatorio para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario.

Tanto escalas y topes tienen como vigencia a partir del 1° de agosto de 2017.
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20 de octubre de 2017

UATRE escala salarial Trabajo agrario 2017-2018

RESOLUCIÓN 83/2017 CNTA. Escala salarial 2017-2018 Trabajadores Rurales 


Mediante la  Resolución 83 ,la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) se establecieron las nuevas  remuneraciones mínimas para el personal permanente que realiza tareas en el régimen nacional de trabajo agrario.

La vigencia de la nueva escala rige a partir del 1° de agosto de 2017.

 RESOLUCIÓN 83/2017 CNTA
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9 de octubre de 2017

Paritaria UATRE 2017: Aumento del 22% para peones rurales

Además se acordó un bono de fin de año de 2500 pesos. El aumento es retroactivo a agosto.


La Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y las entidades del agro acordaron este viernes un aumento del 22 por ciento para los peones rurales, retroactivo a agosto. 

El consenso se alcanzó en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) e incluye un bono de fin de año, no remunerativo, por 2.500 pesos. De esta manera, el salario básico de un peón rural, que actualmente rondaba los 10 mil pesos, se elevará a 12 mil. Para que los nuevos montos queden vigentes, sólo falta que el Ministerio de Trabajo de la Nación publique en el Boletín Oficial el acta de acuerdo de la CNTA.

Según pudo establecer Agrovoz, además del 22 por ciento de recomposición salarial, la UATRE pedía un tres por ciento adicional en compensación por la paritaria 2016 que, aseguraban, no alcanzó para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores.

Finalmente, Uatre desestimó ese reclamo a cambio del adicional de fin de año ya mencionado y de que, en lugar de ser retroactivo a septiembre, como es tradicional, el incremento del sueldo se aplique tomando como referencia el 1° de agosto.

Lo acordado ahora abarca únicamente a los peones. El resto de las actividades, con sus respectivas particularidades, tendrán su ronda de negociaciones a partir de febrero. 


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9 de agosto de 2017

Empleados de Maestranza: nueva escala salarial 2017-2018

El SINDICATO DE OBREROS DE MAESTRANZA (SOM) y la ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE LIMPIEZA han arribado a un nuevo Acuerdo de recomposición salarial para el CCT 281/96.

El citado Acuerdo establece un incremento salarial equivalente al 22% que se calculará sobre los salarios básicos vigentes al mes de febrero de 2017 y se efectivizará en forma escalonada de la siguiente manera: 

- 8 % a partir de agosto de 2017; 
- 7% a partir noviembre de 2017; y
- 7% a partir de febrero de 2018. 

El mencionado Acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose, a la fecha, pendiente de homologación.

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4 de agosto de 2017

UTEDyC escala salarial segundo semestre 2017 CCT 736/16




La Secretaría Gremial Nacional de UTEDyC informa que han concluido las negociaciones salariales del CCT 736/16. Se ha logrado un 25,6 % de incremento total en el año 2017. 

Así, sumándose al 15% ya obtenido en el primer semestre, se formalizó para el segundo semestre de este año, un incremento en dos tramos:

un 5% con los salarios de julio, tomando como base junio (2017) y 
un 4% adicional con los salarios de septiembre, tomando como base el mes de agosto (2017).

ESCALA SALARIAL



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27 de julio de 2017

Nuevas escalas salariales empleados de farmacias 2017

La Asociación de Empleados de Farmacias (ADEF),  dio a conocer las nuevas escalas salariales para la actividad bajo el CCT 414/05 para el año 2017.


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20 de julio de 2017

Resolución 2/07 nuevas escala salarial Empleados de casas Particulares

Resolución 2/07 nuevas escala salarial Empleados de casas Particulares
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
Resolución 2/2017


Buenos Aires, 04/07/2017

VISTO, el Expediente N° 1.763.565/2017 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley 26.844, el Decreto N° 467/2014, la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 1, del 30 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 1, del 30 de junio de 2016, se fijaron a partir del 1° de junio de 2016, y a partir del 1° de diciembre de 2016 las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844.

Que el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley 26.844 asignan como una de las atribuciones de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares la de fijar las remuneraciones mínimas.

Que luego de un extenso intercambio de posturas, a fojas 21/23 obra Acta de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares suscripta en fecha 4 de julio de 2017, mediante la cual las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y de los Ministerios integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares han acordado un aumento salarial conforme las pautas allí indicadas.

Que en consecuencia los miembros de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares coinciden en fijar los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal de Casas Particulares.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley N° 26.844.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjense a partir del 1° de junio de 2017, y a partir del 1° de diciembre de 2017 las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 conforme el incremento salarial acordado en el Acta de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares de fecha 4 de julio de 2017 en la que prestaron conformidad las partes signatarias con lo allí resuelto.

ARTÍCULO 2°.- Remítanse las actuaciones a la Coordinación de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para que adecúe las escalas salariales correspondientes conforme al incremento salarial acordado y el adicional por zona desfavorable. Cumplido lo cual, notifíquese a los miembros integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

ARTÍCULO 3°.- Las adecuaciones salariales dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación.

ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1° de junio de 2017, hasta el 31 de mayo de 2018.

ARTÍCULO 5°.- Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 4°, y hasta tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Silvia Squire, Presidente—- Paulina Jaureguiberry, Presidente Alterno — Matías Raúl Francica, Rep. Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas — Raúl Fernando Laballos, Rep. Ministerio de Desarrollo Social — Carmen Britez, Rep. Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares — Daniel Angel Castro, Rep. Asociación de Trabajadores Auxiliares de Casas Particulares (Legajo 8494) — Daniel Mario Marenco, Rep. Unión de Trabajadores Domésticos y Afines — Francisco Frenna, Rep. Asociación de Trabajadores Auxiliares de Casas Particulares (Legajo 7912) — Marta Cristina Pereyra, Sindicato del Personal de Casas de Familia — Sonia Kopprio, Sindicato del Personal de Servicio Doméstico de Río Negro — Ramona Beatriz Figueroa, Sindicato de Trabajadores del Hogar de la Capital Federal y la Provincia de Buenos Aires - Manuela Silvina Muñoz, Sindicato Empleadas Casas de Familia Entre Ríos — Osvaldo Mulfetti, Asociación Civil Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (EMTRACAP) — Maria Lucila Colombo, Asociación Civil Pro – Sindicato de Amas de Casa de la República Argentina.

Anexo




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11 de julio de 2017

Camioneros: escala salarial 2017

Escala salarial Julio 2017 Camioneros CCT 40/89 


El sindicato de Camioneros acordó un aumento de 23%, en tres tramos. El alza del 23% se abonará en tres etapas: 

- 11% a partir de julio de 2017; 
- 6% a partir de noviembre de 2017; y
- 6% a partir de marzo de 2018.

Escala salarial Julio 2017


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9 de julio de 2017

Escalas salariales Servicio Doméstico 2017 definitivas

Así quedaron las escalas salariales para el Personal de Casas Particulares para los meses de Junio y Diciembre de 2017.


Esta son las escalas definitivas para empleados de Casas Particulares 2017. Es semana se publicarán en el Boletín Oficial.

Los empleados del servicio doméstico comenzarán desde este mes a cobrar un aumento en sus sueldos -en dos tramos- que finalmente acumulará un 24% a partir de diciembre próximo e impactará en los dos pagos de medio aguinaldo.

12% retroactivo al 1 de Junio (Impacta en el aguinaldo; o sea, sobre el 1er. Sueldo Anual Complementario/2017).

y un 12% desde el 1 de diciembre (Impactará sobre el aguinaldo de fin de año; o sea, sobre el 2º SAC/2017).

Pueden probar la "Calculadora de Servicio Doméstico"

Para zona Desfavorable” un 5% más de lo que ya estaba establecido hasta ahora (o sea, se eleva al 20%).

Además se estableció que, en una próxima reunión de la Comisión Nacional, en el mes de septiembre/17, se iban a considerar los siguientes temas: viáticos, antigüedad, presentismo, capacitación, seguridad e higiene y diversos aspectos de reglamentación de la normativa aplicable.-

 * Zona desfavorable, Provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, La Pampa, Antártida e islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones en la Provincia de Buenos Aires.-

Escalas salariales 2017.



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4 de julio de 2017

Escala salarial servicio doméstico 2017

El personal doméstico obtuvo un aumento de sueldo para este año de 22 por ciento que se abonará en dos cuotas, en junio y diciembre, más un ajuste de 2 por ciento de re-composición salarial de 2016.


  • 12% retroactivo al 1 de Junio (Impacta en el aguinaldo)
  • y un 12% desde el 1 de diciembre.
  • Para zona Desfavorable” un 5% más (se va al 20%)

* Zona desfavorable, Provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, La Pampa, Antártida e islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones en la provincia de Buenos Aires.

En el servicio doméstico, la categoría más baja es la quinta. Con retiro, la hora estaba hasta el día de hoy en $ 57,50 y el salario mensual, en $ 7126,50. Desde junio, el mínimo pasará a $ 64,40 la hora y a $ 7981,68 el mensual; a partir de diciembre, la hora quedará en $ 71,30 y en $ 8836,86 el mensual. Se trata igualmente de un mínimo que el mercado suele superar.



Finalmente, a contrarreloj, se definió hoy la paritaria de los trabajadores de casas particulares, que recibirán un aumento en dos tramos, que en diciembre sumará un 24% a sus salarios.

La información fue confirmada por el Ministerio de Trabajo, que explicitó que el incremento para los 1,2 millones de trabajadores de este sector impactará en el medio aguinaldo de junio pasado y en el de diciembre próximo, al tiempo que aumentará el porcentaje por zona desfavorable.

Además, como ocurrió con otras paritarias (por ejemplo, la de los docentes bonaerenses), el Gobierno se encargó de discriminar qué parte del aumento reconoce como "recuperación" de salario por la inflación del año pasado y cuál cubriría las expectativas oficiales de subas de precios de este año.

El primer aumento es del 10% retroactivo al 1° de junio. Pero en el Ministerio de Trabajo indicaron que "a partir de junio 2017 hay también un alza extra de 2% para recuperar del año pasado". En definitiva, se trata de un alza del 12% que impactará en el cálculo del actual medio aguinaldo para estos trabajadores.

En tanto, el segundo aumento llegará en diciembre y será también del 12%. Además, se elevó el porcentaje por zona desfavorable al 20%. Anteriormente, era del 15%. Este plus se paga en Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, La Pampa y el partido bonaerense de Carmen de Patagones.

Las escala salarial servicio doméstico 2017  serían las siguientes:


Escala salarial servicio doméstico 2017





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29 de junio de 2017

Paritaria Servicio doméstico sin acuerdo hasta julio

La reunión paritaria de la Comisión Nacional para fijar la escala salarial 2017 para el Personal de Casas Particulares, pasó a un cuarto intermedio para el martes 4 de julio próximo, a las 10.30 hs., en sede del Ministerio de Trabajo. 

No se han podido conciliar las posiciones; consecuentemente no se pudo avanzar con una propuesta concreta y por tal motivo la presidencia -que corresponde al Ministerio de Trabajo-, propuso pasar a un cuarto intermedio.

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26 de junio de 2017

Químicos: acuerdo y escala salarial 2017- CCT 77/89 y CCT 78/89

ESCALA SALARIAL Y ACUERDO QUÍMICOS Y PETROQUÍMICOS CCT 77/89 y Acumuladores CCT 78/89 FATIQYP. INCREMENTO SALARIAL DEL 23% EN DOS TRAMOS. BONO DE FIN DE AÑO DE 10.000 PESOS.



La Federación Argentina de Trabajadores de Industrias Químicas y Petroquímicas (FATIQyP) informó que se alcanzó un acuerdo con las cámaras del sector, en el marco de las negociacón paritaria 2017.

El mencionado acuerdo establece un 23% de aumento en dos tramos mas unos 10.000 pesos de bono de fin de año para actividad química y petroquímica alcanzadas por el CCT 77/89.

El acta acuerdo establece:

Incremento del 23%
Se pagará en dos tramos, el primero del 13% retroctivo a mayo 2017.
El segundo del 10% a partir de septiembre 2017-

Además, la suma solidaria también se incrementa en un 23% en dos tramos. El primer tramo será del 13% retroactivo a mayor y de carácter no remunerativo hasta el 31/08.

En Septiembre se le sumará otro 10% y pasará remunerativa hasta el 30 de abril de 2018.

GRATIFICACIÓN ANUAL
Se fija una asignación no remunerativa y extraordinaria por única vez de aproximadamente $ 10.000 a efectivizarse entre el 15 de diciembre de 2017 y el 15 de febrero de 2018.


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SMATA-FAATRA: Nueca escala salarial 2017-2018

Nueva Escala Salarial SMATA - FAATRA Vigencia 01-07-2017 al 30-06-2018. CCT 27/98.

El pasado 10 de Junio de 2017, se realizó como estaba previsto, la reunión Paritaria con representantes del SMATA para tratar una nueva escala salarial. Como todos los años, las dos partes expusieron sus inquietudes, acordándose una nueva Escala Salarial por un año.

Se estableció un un incremento salarial con vigencia escalonada a partir de julio y noviembre de 2017, y marzo de 2018.

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21 de junio de 2017

Alimentación: nueva escala salarial 2017 - 2018. CCT 244/94

El Sindicato de Trabajadores de la Industria de la  Alimentación (STIA), informó que ha firmado el acta acuerdo del aumento salarial para el CCT 244/94, por un 24% en dos tramos:

  •  Un 12% en el mes de Mayo y 
  • 12% en Septiembre. 

Además, en enero de 2018 se acordó una suma de $ 2.000  y  una cláusula de ajuste.


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12 de junio de 2017

Metalúrgicos: Escala salarial UOM 2017 CCT 260/75


  • La Unión Obrera Metalúrgina (UOM), acordó con las cámaras del sector un 22% de incremento salarial en 2 cuotas y una suma fija de 4.000 pesos que también estará repartida en dos tramos. El acuerdo es aplicable a las ramas de la actividad regulada por el CCT 260/75 en todo el territorio nacional, con exclusión de las ramas Electrónica y Autopartes de la Provincia de Tierra del Fuego.


  • Acta Acuerdo 2017

ESCALAS: 

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Paritaria textiles: acuerdo salarial 2017 CCT 500/07 AOT

ACUERDO Y ESCALA SALARIAL 2017 TEXTILES CCT 500/07.

Con fecha  7 de junio la Federación suscribió con la Asociación Obrera Textil (AOT) firmó el nuevo acuerdo salarial para la actividad textil regida por el CCT 500/07.

Detalles del acuerdo
La Escala de Salarios Básicos vigente al 30 de diciembre de 2016 cambiará a partir del 1º de junio de 2017, a partir del 1° de noviembre de 2017  y a partir del 1° de diciembre de 2017,  en consonancia  con lo previsto en el Anexo I de dicho acuerdo. 
 
La escala de la bonificación por antigüedad varía a partir del 1º de junio de 2017 y a partir del 1 de noviembre de 2017, según se indica en el Anexo II del adjunto.
 
Se agregan dos puntos mas al adicional del Fondo de Asistencia Social pasando de 2% al  4%. Este porcentaje adicional es hasta el 31 de mayo de 2018 y sin posibilidades de ser renovados en forma automática.
 
La contribución patronal fijada por el Artículo 35, segundo párrafo, del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07 será, a partir del 1º de junio de 2017, de $27  (pesos veintisiete)  mensuales.
 
Los empleadores abonarán una suma no remunerativa de $ 6.000,00 dividida en cuatro pagos de $1.500,00 cada uno,  que se hará efectiva junto con el pago de la segunda quincena de los meses de julio de 2017, octubre de 2017, enero de 2018 y marzo de 2018
 
Los empleadores contribuirán con:  $150,00, mensual por cada trabajador comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07, en concepto de contribución especial extraordinaria para atender a la adecuada prestación de los servicios sociales que brinda la entidad sindical y $50,00 mensual por cada trabajador comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07 a favor del Sindicato firmante de este acuerdo, en concepto de contribución especial extraordinaria destinada a asistir a los trabajadores textiles en programas de Fondo de Asistencia Social.
 
El acuerdo firmado, cuya copia se acompaña, se encuentra en trámite de homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Expte. N° 1.762.009/2017).

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4 de junio de 2017

ALEARA: firma un 16% de incremento salarial para Agencias de Lotería

PARITARIA ALEARA: acuerdan un 16% de incremento salarial en dos tramos, 8% en mayo y 8% en Julio. Para agencias de Lotería Nacional y de de la Provincia de Buenos Aires.

El Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de La República Argentina (ALEARA), acordó la la Cámara Agencias Oficiales de Loterías y Afines Bonaerense (CAOLAB) y con la Cámara de Agencias Oficiales de Loterías Nacionales (CAOLN), nuevos acuerdos salariales para los convenios CCT 656/12 y CCT 664/13, el primero agrupa a los empleados de Agencias de Lotería Nacional y el segundo de la Provincia de Buenos Aires.

Las partes pactan incrementar un 16% las escalas vigentes de las remuneraciones básicas el CCT 656/12 y CCT 664/13, y que serán de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el mismo que trabajen a jornada completa.

A tal efecto se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento la escala salarial básica correspondiente a Enero 2017 para cada una de las Categorías expresadas y establecidas en los respectivos convenios:

El mencionado incremento se abonará de acuerdo con lo siguiente:

 a) Un primer tramo de 8% del total acordado, a partir del mes MAYO de 2017.

b)  El 8% restante para llegar al total acordado, a partir del mes JULIO de 2017.

Escala salarial ALEAR CAOLAB 2017


Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el básico e incremento resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida, conforme la legislación vigente.

Sobre las sumas que resulten del incremento previsto en el presente artículo se aplicará también, el equivalente a los Adicionales del artículo 10 del CCT 656/12 y CCT 664/13.

El incremento acordado conforme al artículo precedente, compensará hasta su concurrencia los incrementos que se hubieran otorgado por los empleadores con posterioridad a Agosto de 2016. 

Seguro de Vida y Sepelio
A partir de mayo pasa de $20 a $30 la prima del Seguro de Vida Colectivo y del Seguro de Sepelio del Art. 28 del CCT 656/12 y  CCT 664/13.

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16 de mayo de 2017

Escala salarial 2017 Plásticos UOYEP

Acuerdo y Escala salarial 2017 Plásticos. CCT 419/05 UOYEP


La Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP), ha arribado a un acuerdo con la cámara del sector en el marco de la paritaria 2017 para el CCT 419/05.
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TEXTO DEL ACUERDO
Con fecha 27 de Mayo de 2017 la Cámara Argentina de la Industria Plástica (CAIP) ha arribado a un acuerdo y firmado con la Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP) una actualización salarial con relación a las retribuciones incluidas en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05. En el acuerdo suscripto se establece lo siguiente:


PRIMERO: Ambas partes y los firmantes del presente acta, declaran que son integrantes en representación de las entidades nombradas precedentemente, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, conforme a lo determinado en el expediente Nº 1.252.511/07, de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo, de fecha 17 de diciembre de 2007. 

SEGUNDO: En ejercicio de su facultad negociadora, las partes que firman el presente acta convienen el régimen salarial de la aludida convención, por el período comprendido entre el 1º de Mayo de 2017 al 31 de Mayo del 2018. Por Anexo I se acompañan los valores de los sueldos y salarios básicos que han de regir para dicho período.

TERCERO: La bonificación por antigüedad contemplada en el art. 6º del Convenio, será liquidada sobre el salario o sueldo básico, de la categoría en la que revista el trabajador. En cuanto a los premios o incentivos que puedan existir en las empresas, los mismos se liquidarán conforme a los sistemas vigentes en cada una de ellas o en su caso, a los que surjan de acuerdos que se puedan negociar a nivel de las mismas, con las respectivas representaciones de los trabajadores.

CUARTO: Las partes que firman el presente acta convienen que las empresas del sector abonarán la suma de $ 1.600.- que se liquidarán juntamente con los haberes correspondientes al mes Mayo de 2017, la suma de $ 1.600.- juntamente con los haberes del mes de Junio de 2017, la suma de $ 1.552.- juntamente con los haberes del mes de Septiembre de 2017 y la suma de $ 1.552.- juntamente con los haberes del mes de Octubre de 2017. El importe de las sumas otorgadas para los meses de Mayo, Junio, Septiembre y Octubre de 2017 aquí pactadas serán de carácter No Remuneratorio. Asimismo, estas sumas No Remuneratorias se tomarán en cuenta exclusivamente a los fines de los aportes y contribuciones que determina el régimen de Obras Sociales y Art. 43º del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, correspondiendo dicho aporte mensual por cada trabajador convencionado a las sumas que se consignan en el Anexo I del presente acuerdo. Este importe se abonará proporcionalmente a los trabajadores que cumplan jornadas inferiores a la legal, bajo modalidad de trabajo a tiempo parcial o jornada reducida (Art. 92 ter. y 198 de la LCT). 
Dada su naturaleza y carácter No Remuneratorio, este importe no será tomado en cuenta para el cálculo de la antigüedad, horas extras, vacaciones, aguinaldo, premios ni ningún adicional si los hubiera.

QUINTO: A los fines de la liquidación de los haberes que correspondan por aplicación del presente acta, las partes ratifican en su contenido lo dispuesto por el Art. 25º de la convención, que será aplicable en cada caso en particular, conforme a las modalidades existentes en cada empresa.
  
Las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo a los fines de ratificar lo convenido y solicitando su registro y homologación.

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