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25 de enero de 2018

Empleados de Comercio claves del acuerdo enero 2018 Cláusula Gatillo

Detalles del acuerdo salarial Enero 2018 de Empleados de Comercio correspondiente a la paritaria 2017. "Cláusula gatillo."

Empleados de Comercio claves del acuerdo enero 2018


El miércoles 24 de Enero de 2018 se firmó un Nuevo Acuerdo Salarial el cual dispone un aumento del 6% sobre las escalas vigentes a Abril 2017, conforme al Art. 3º del Acuerdo Salarialfirmado el 22 de Marzo de 2017 (ajustes incrementales), fijándose los mismos en forma remunerativa y no acumulativa. El acuerdo cierra la paritaria 2017, la de este año comenzará a discutirse en abril próximo.

DETALLES DEL ACUERDO ENERO 2018



INCREMENTO SALARIAL DEL 6%
El acuerdo establece un aumento salarial del 6% remunerativo, calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de abril 2017. Se pagará en tres tramos no acumulativos, de la siguiente manera:
  •  2% con los haberes de enero 2018
  •  2% con los haberes de febrero 2018
  •  2% con los haberes de marzo 2018
JORNADA PARCIAL
Carácter proporcional. Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida,legal o convencional, el incremento será proporcional a la jornada laboral cumplida.

ATENCIÓN: Esto no está en el acta original publicada, pero se corregirá y se publicará nuevamente.

ADICIONALES DE CONVENIO
El incremento del 20% a partir de Abril se aplicará también sobre los adicionales de convenio:
  • Vidrieristas
  • Cajeros
  • Choferes y Ayudantes de Choferes

ADICIONAL CAJEROS
El incremento pactado, también se aplica sobre El adicional especial previsto en el art. 18 del Acuerdo Colectivo 2011.

Dicho adicional corresponde a:
Cajeras/os que se desempeñen en empresas de cadenas de supermercados, hipermercados, autoservicios de comestibles y supermercados mayoristas; autoservicios de materiales de construcción que además comercialicen pinturas, herramientas, artículos de ferretería, materiales para electricidad.

Solo quedarán alcanzadas por la obligación establecida en el acápite precedente aquellas empresas allí nominadas, cuya facturación anual sea mayor a la establecida para la mediana empresa de comercio por el art. 1 de la Res. S.P. y M.E. y D.R. 21/10 o aquella que en el futuro la reemplace.

CLÁUSULA DE ABSORCIÓN 
Además se estableció una amplia cláusula de absorción de los aumentos que las empresas hubieren otorgado a cuenta del nuevo convenio: podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1º de abril de 2017 hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos que determine el nuevo acuerdo colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada.

HOMOLOGACIÓN
El acuerdo está a la fecha pendiente de homologación, por lo tanto el acuerdo establece que si al momento de liquidar los haberes no se haya homologado el acuerdo por parte del Ministerio de Trabajo, se deberá hacer mención al incremento pactado como "Pago Anticipado a Cuenta del Acuerdo Colectivo Enero 2018"






INACAP

El aumento salarial también modifica los valores mensuales a aportar al INACAP:

- Enero 2018: $91.19
- Febrero 2018: $92.68
- Marzo 2018: $94.18

ESCALAS SALARIALES
La FAECyS publicó las escalas para el período Enero 2018, que se pueden descargar aquí.

A continuación les dejo la estimación para febrero y marzo 2018. Puede tener alguna diferencia de redondeo de las escalas definitivas.

Escala salarial Enero 2018, Febrero 2018, Marzo 2018

Empleados de comercio Escala salarial Enero 2018, Febrero 2018, Marzo 2018


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17 de enero de 2018

Paritarias 2018: Empleados de Comercio aceptará el 15% si hay cláusula gatillo

El Gobierno quiere un techo del 15% para la paritaria de este año, pero los gremios solo la aceptarían con una cláusula de ajuste si la inflación supera ese número.

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El ministro Jorge Triaca dijo que el Gobierno quiere acuerdos salariales en torno al 15 por ciento y sin cláusula gatillo.

Por su parte, Armando Cavalieri, del Sindicato de Empleados de Comercio, dijo que: "El Gobierno habida cuenta de lo que viene sucediendo con la pauta inflacionaria creó desconfianza por lo que considero que no habrá dirigente que se anime a firmar por el 15 por ciento; por lo que entiendo que la herramienta de la cláusula gatillo es un buen mecanismo". 

Consideró que "ojalá que los funcionarios alcancen las metas que se proponen para que no haya que accionar la cláusula".

La se amana pasada el gremio de Comercio acordó un 6% de incremento entres tramos, 2% en enero, 2% en febrero y 2% en marzo, aunque las CAME negó el "preacuerdo", que activaba la cláusula gatillo del 2017.

Al respecto, todavía no hay certezas de cuando se oficializará el acta acuerdo. Desde la CAME dijeron que tal vez el próximo lunes.

La demora, parece estar relacionada con la paritaria de este año, al negociar la cláusula gatillo de la paritaria 2017, los empresarios pusieron como condición que la paritaria 2018 fuera del 15% y sin cláusula gatillo, tal y como lo pide el gobierno.

Por tal tazón, el acta de la cláusula gatillo 2017 sigue sin publicarse, al menos oficialmente, ya que trascendió el texto por las redes sociales. 
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26 de octubre de 2016

Acuerdo Comercio: el 12% no remunerativo y la antigüedad

Acuerdo salarial Empleados de Comercio octubre 2016. Se toma en cuenta o no la el 12% no remunerativo sobre la antigüedad.



Una de las consultas que he recibido sobre el acuerdo salarial de empleados de comercio "segundo semestre", se refiere a la aplicación o no del 12% no remunerativo sobre el adicional antigüedad. Al respecto, hay que decir que si, que se aplica, ya sea el 12% sobre la antigüedad, o la antigüedad sobre el 12%, para el caso es lo mismo.

De hecho así lo lo hice en el ejemplo de liquidación octubre, con la aplicación del acuerdo salarial que pueden ver en este artículo.

"Dónde dice que se aplica la antigüedad"
Es la pregunta que me ha llegado varias veces en estos días. Lo verdad hay que reconocer que, al menos de manera explícita, no lo dice en ninguna parte del acuerdo. Pero tampoco la excluye  como si se hizo en acuerdos anteriores. Y por otro lado, si se excluyera, a la antigüedad, el 12% sería mentiroso, ya que ese incremento solo sería de esa magnitud para aquellos empleados que no tienen antigüedad, y siendo de menos incidencia para empleados con mas antigüedad. A mayor antigüedad, menor aumento.

Vamos al acuerdo
Veamos, el acuerdo establece en el Cuarto punto que el "El incremento del 12%...se aplicará desde su otorgamiento como no remunerativo a partir del 1° de octubre de 2016 y hasta el 31 de marzo de 2017." Y continúa mas adelante, " dicho incremento que fuera calculado conforme a los valores de las escalas a Noviembre 2015." Las mencionadas escalas incluyen la antigüedad, por lo tanto se aplica el 12% sobre la antigüedad. (ver escalas)

Además, el Quinto punto dice que "el 12%...tendrá carácter de suma no remunerativa al solo efecto previsional, por lo que deberá ser tomado en cuenta para el pago de los rubros siguientes: adicionales fijos previstos en el CCT N°130/75." La antigüedad es uno de los adicionales de convenio, junto con los de cajeros, vidrieristas, chóferes, zona y Asistencia y puntualidad. Por eso también se plica sobre estos últimos.

También, el último párrafo del Quinto punto establece que "Las sumas no remunerativas (excepto antigüedad) que estén abanando, conforme al presente Acuerdo, al momento de la extinción del contrato de trabajo, deberán conformar la base de cálculo de las indemnizaciones." Si exceptúa la antigüedad para dicho cálculo, es que estaba incluida.

Liquidación y exposición en el recibo de sueldos
Ahora, respecto de como realizar el cálculo, se puede hacer de dos formas (Básico noviembre 2015+ antigüedad) x 12% ó Básico noviembre 2015 x 12% y sobre eso calcula la antigüedad. El resultado es el mismo, pero opto por la segunda, queda mejor expuesto, para saber como se compone el no remunerativo. Lo mismo para resto de los adicionales, presentismo, zona, etc.




Escalas
Por último, en estos días, la FAECyS publicará las escalas salariales, con aclaraciones sobre este tema.

Homologación
Respecto a los que preguntan por la homologación, también saldría esta semana o la próxima.
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1 de octubre de 2016

Paritaria Empleados de Comercio: el 25% ha quedado muy lejos

El pedido inicial del 25% de incremento salarial quedó en el pasado, y los nuevos números que se manejan están por debajo del 20%.


Pasó septiembre, y el acuerdo salarial de Empleados de Comercio para el segundo semestre no se ha cerrado. Hace unas semanas, el Secretario General del gremio mercantil, Armando Cavalieri, había pedido para el segundo semestre, un incremento del 25%. Pero como comenté en un artículo anterior, ese porcentaje había quedo casi descartado, y se estaba mas cerca del 20%. Pero acercándose por debajo de ese número, no por arriba.

Del lado empresarial, no ofrecen mas del 12 y 13%, y por el lado gremial, se acepta bajar al 18%. Por lo que algunos afirman que se partiría la diferencia, y podría acordarse un 15%, con alguna suma fija extra para fin de año, Lo que significaría bajar 10 puntos lo pretendido en un principio. Otros, algo mas "optimistas", confían en que se logrará alcanzar un 17%.

Con suerte, un "mentiroso" 20%, si se logra alguna suma no remunerativa, como las que se han acorado en los últimos años en las paritarias mercantiles.

De todo modos, lo único cierto hasta el momento es que la negociación está abierta y se manejan muchas alternativas, por lo que los números pueden cambiar en cualquier momento.

El acuerdo pendiente entre la CGT y el gobierno, también juega su papel en las negociaciones. Se esperaba alguna definición en la reunión del último jueves, pero la tregua por 10 días, demora las decisiones.

Por el momento, habrá que seguir esperando.

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9 de febrero de 2016

Paritaria Empleados de comercio: pedirán 22% por seis meses

La propuesta contemplará un incremento del 22% por seis meses y en un solo pago a partir de marzo, para luego reabrir la mesa de paritarias.

Si bien el acuerdo salarial vigente vence el 31 de marzo, ya hubo algunas conversaciones informales entre el gremio de empleados de comercio y los empresarios del sector mercantil, en vista del acuerdo salarial 2016. 

Desde el gremio, aseguran a que esperarán pase la 2ª quincena de Febrero para profundizar las conversaciones, pero el Secretario del Sindicato de Empleados de Comercio de San Francisco, Oscar Fagioli, en informó que ya viajaron a Buenos Aires a reunirse con la Cámara Argentina de la Mediana Empresa y  la Cámara Argentina de Comercio. 

La intención del gremio es presentar una solicitud de aumento del 22% para los trabajadores mercantiles a partir de marzo. La propuesta contemplará que el acuerdo sea por seis meses, para luego reabrir la mesa de paritarias.

Según Fagioli, el incremento del 22% se aplicaría de una sola vez y sobre los salarios vigentes para cada categoría. 

Sin embargo Fagioli indicó que “no hay nada resuelto todavía”. Consultado sobre el tema paritarias señaló que “se tiene que ir conversando”. En este sentido destacó que la realidad del país hará que el aumento que se pida no alcance a cubrir la inflación.

Además, adelantó que la intención del Sindicato es acordar en estas negociaciones, una suma fija para fin de año.

Por último, dijo que intentaron realizar una entrevista con el Ministro de Trabajo, pero no pudieron ubicar a Cavalieri que estaba de vacaciones y quien sería el nexo para la reunión.

Audio de la Enrevista: Radio Escatación
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20 de marzo de 2015

Empleados de Comercio busca adelantar la discusión paritaria

El sindicato de Empleados de Comercio anunció que pedir un 30% de aumento en la discusión salarial, más tres pagos no remunerativos de 1200 pesos.  La idea se plasmaría en breve en la primera reunión de negociación. 



Empleados de Comercio busca  adelantar la discusión paritaria
El Sindicato de Empleados de Comercio (SEC) buscará adelantar la discusión paritaria, y reclamará un aumento del 30 por ciento en los salarios, más tres pagos de 1.200 pesos. Esta negociación siempre es una referencia por la magnitud de los trabajadores en los que impacta y porque el posicionamiento que tomará el gremio de cara a las negociaciones da indicios de lo que viene en otras actividades.

“Está difícil, pero nos vamos a dar maña para que quedemos todos contentos”, dijo el dirigente julio Rubén Ledesma a politicadelsur.com

 “No quisimos ser como otras veces los últimos en cerrar paritarias, por eso hicimos una avanzada. El año pasado nos quedamos cortos con el 35 por ciento, por el desfasaje de la inflación, lo que nos desfavorece. Nos molesta que no se conoce la realidad de la inflación y tenemos que ir a discutir salarios con algo que no es real”, dijo Ledesma.

La versión periodística indicó que el pedido formal del SEC será un aumento promedio del 30 por ciento, a pagarse en dos cuotas (abril y octubre) y tres pagos con sumas fijas no remunerativas de 1.200 pesos.

Para Ledesma, las tres cuotas “pueden ser no remunerativas o incluidas en el salario, todo está en negociación, creo que los maestros han establecido un punto de partida, y nosotros tenemos que fijar la meta para que los salarios no pierdan poder adquisitivo”.

Según informaron extraoficialmente ya hubo algunos sondeos con empresarios para testear la propuesta y desde las cámaras consideraron que es un pedido que se enmarca “en lo razonable”. El reclamo es similar al que el año pasado obtuvieron los mercantiles, aunque con un pago no remunerativo más.

Ledesma aseguró que “el que marca las pautas salariales es el gobierno, que fija piso y techo, pero creo que tanto la dirigencia empresarial y la sindical tenemos medios para cubrir las expectativas más allá de lo que marca el gobierno. Está difícil, pero nos vamos a dar maña para que quedemos todos contentos”.


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7 de abril de 2014

Empleados de Comercio acordó una suba del 27% más suma fija de $1200

El gremio de Empleados de Comercio y las cámaras empresarias del sector fijaron un incremento salarial en dos cuotas de 17%, en abril, y 10% en septiembre, no acumulativo, más dos sumas fijas de 1.200 pesos.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) que lidera Armando Cavalieri y las cámaras empresarias del sector acordaron hoy en el Ministerio de Trabajo un aumento salarial del 17 por ciento desde el 1 de abril y de otro 10 por ciento a partir del 1 de septiembre, no acumulativo, más dos sumas fijas de 1.200 pesos.

El acuerdo, que fue consensuado ante el ministro Carlos Tomada entre Cavalieri y los empresarios Osvaldo Cornide y Carlos de la Vega, contempló que esas sumas fijas no remunerativas sean abonadas el 1 de julio y el 1 de noviembre, beneficiará durante un año a un millón de trabajadores en todo el país y será oficialmente firmado mañana en la Casa de Gobierno.

El acuerdo contempla un 27% de incremento salarial que se abonará en dos tramos no acumulativos, de la siguiente manera:
  • 17% a partir de Abril 2014
  • 10% a partir de septiembre 2014

Más dos sumas fijas de 1.200 pesos no remunerativas que serán abonadas en en Julio y en Noviembre.
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27 de marzo de 2014

Paritaria Comercio: "aspiramos a llegar al 30% de incremento"

Empleados de Comercio quiere anticipar la paritaria y prevé un incremento de 30% y la posibilidad de un reajuste de paritarias hacia fin de año, por el dinamismo de la inflación.

Así lo afirmó José González, el secretario adjunto del gremio de la Federación de Empleados de Comercio (Faecys) a nivel nacional, en diálogo con el El Liberal. Además, confirmó que el gremio pedirá el adelantamiento de paritarias y que la suba salarial que se comenzó a hablar con empresarios ronda el 30%, aunque, dejó entrever la posibilidad de un reajuste de paritarias hacia fin de año, por el dinamismo de la inflación.

González, segundo en jerarquía tras el secretario general Armando Cavalieri, sostuvo: ‘Vemos muy preocupados el tema de la inflación que se está comiendo todo lo que podamos llegar a pedir.

Estamos hablando con los empresarios para que nuestra paritaria que se tendría que discutir en mayo y cobrar en junio, se discuta ahora, para cobrar lo que surja de ellas en mayo’.

‘Nosotros aspiramos a llegar al 30% de incremento’ y agregó que ‘hoy el salario mínimo está en $6.500 (no es así, el salario mínimo e comercio no llega a 6.000 pesos), pero la intención es que se llegue a un salario inicial de superior en diciembre, por la dinámica de la inflación que parece un buen salario, pero no sabemos si la misma inflación se lo puede comer. 
 
De todas maneras tenemos mecanismos para poder volver a sentarnos antes de fin de año para ver si es necesario un reajuste’.

Paro general
Sobre el paro convocado por Hugo Moyano para el 10 de abril, dijo: ‘Nosotros queremos dialogar, no somos de hacer paros porque no van a conducir a nada. El porcentaje que todos los gremios van a sacar va a ser el 30 al 35%, más de eso no va a ser’.

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17 de septiembre de 2013

Acuerdan con supermercados y cadenas de electrodomésticos cerrar el 26 de setiembre

En esa fecha los empleados de comercio celebran su día. Tampoco abrirán los súper chinos. Desde el gremio esperan la adhesión de comercios de otros rubros.

El Sindicato de Empleados de Comercio (SEC) de JUNIN, informa en ocasión de celebrarse el próximo jueves 26 de septiembre se celebra el día del Empleado de Comercio, establecido por la ley 26541, se alcanzo un acuerdo para que las grandes empresas cierren su puertas ese día para que los trabajadores puedan celebrar con sus familias.

Federico Melo, secretario de Organización del Sindicato Empleados de Comercio de Junín dijo a LA VERDAD que “en el año 2009, al sancionarse la ley 26.541, se establece feriado nacional al 26 de septiembre, día del Empleado de Comercio, antes era día no laborable donde el empresario tenía la opción de decir a su empleado si iba a trabajar o no, pero con la nueva disposición es el empleado quien puede decidir ir a trabajar y cobrar el cien por ciento o quedarse en su casa a descansar y cobrar el día normal”.

“Entendemos –agregó- que esta decisión del empleado es un compromiso, a veces, por lo que comenzamos a actuar desde el Sindicato solicitando al empleador que se le otorgue el descanso al empleado. Hace varios años que venimos gestionando. El año pasado concurrimos al Ministerio de Trabajo con las grandes cadenas de supermercados y electrodomésticos acordando el cierre de estos establecimientos el día del empleado de comercio”.

“A los comercios más chicos le solicitamos el cierre y si el empleador quiere abrir las puertas, que lo haga pero que el empleado descanse ese día”, señaló el dirigente mercantil a este diario.

Melo comentó que mantuvieron tres audiencias en el Ministerio de Trabajo en nuestra ciudad donde se acordó entre el gremio y los supermercados La Anónima, Mastromauro, Vea, ChangoMas y Diarco cerrarán el 26 de septiembre otorgándole el descanso a sus empleados al igual que las empresas de electrodomésticos: Naldo Lombardi, Bringeri, Musimundo, Márquez, Garbarino y La Nueva.

“La grata sorpresa –reconoció Melo a LA VERDAD- fue que este año los representantes legales de los supermercados chinos también adhieran a esta petición del Sindicato”.

Reconoció que “aún hay empleadores que no están al tanto de esto y desconocen que ese día es feriado nacional para los mercantiles”, a la vez que Melo destacó que “este acuerdo se alcanzó en base al diálogo. No hubo ninguna medida de fuerza, sino que se hablo con los empresarios, encontrando muy buena predisposición de parte de ellos que llegaron al acuerdo con nosotros”.

De esta manera puntualizó que “la gran mayoría de los empleados de comercio van a gozar de su descanso gracias a estos acuerdos alcanzados en el Ministerio y esperamos la adhesión del resto de los comercios a medida que se vaya difundiendo que el 26 de septiembre es feriado nacional”.

Fuente: SEC JUNIN - La Verdad online
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7 de mayo de 2013

Paritaria Empleados Comercio 2013: cerraría en un 25% de aumento en dos tramos

El gremio de Empleados de Comercio tendría todo acordado para cerrar el aumento en un 25% en dos tramos. El sueldo de bolsillo se elevaría a 5.750 pesos.

Una vez que termine la paritaria de la UOM, el sindicato de Empleados de Comercio, que lidera Armando Cavalieri, tendría todo acordado para cerrar la paritaria en un 25% de aumento sobre los salario de mayo 2013. El mismo sería No remunerativo y en dos tramos.

Juan Carlos Luna, titular del sindicato de Comercio en la Provincia de la Rioja, indicó que el acuerdo salarial para el año 2013 está casi cerrado, y quedará confirmado a mediados de mayo.
El incremento salarial alcanzaría el 25 % y se pagaría en dos tramos.

En las reuniones previas a la paritaria se pedía un 30 por ciento de aumento, pero finalmente, Cavalieri, titular de FAECYS, elevó días pasados un pedido del 25% de aumento a las cámaras del sector.

Luna, comentó que el 15 o más tardar a fines de mes se firmaría el 25% de aumento para empleados de comercio que sería pagado en dos partes, primero a fines de mayo y el segundo en julio a más tardar.

Sin embargo, otras fuentes del sindicato indican que el segundo tramos sería para septiembre o noviembre de este año.

Recordemos que el acuerdo 2012 venció el 30 de abril pasado y en este mes de mayo se incorpora definitivamente al básico las sumas no remunerativas pactadas. De concretarse el aumento, el básico de convenio se elevaría a $6.600 en promedio, lo que daría un sueldo de bolsillo de 5.750 pesos aproximadamente para un Administrativo A que recién ingresa.

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19 de diciembre de 2011

Mendoza: El gremio de comercio comunica los acuerdos alcanzados

El Centro de Empleados de Comercio de Mendoza, comunica logros a sus afiliados los acuerdos alcanzados con supermercados.

Por iniciativa del CEC y su Cuerpo de Delegados se pidió un BONO ESPECIAL NAVIDEÑO a las cadenas de supermercados y mayoristas, obteniéndose para todos los empleados los siguientes beneficios:

- VEA y JUMBO: $ 1080. ( $ 900 en órdenes de compra + 20% de descuento + tradicional canasta navideña).
- CARREFOUR: $ 1.100. ( $ 1.000 en órdenes de compra + 10% de descuento + tradicional canasta navideña).
- LIBERTAD: $ 600. ( $ 500 en órdenes de compra + 20% de descuento).
- ÁTOMO: $ 600 en órdenes de compra.
- MAYORISTA OSCAR DAVID: $ 1000 + tradicional Canasta Navideña. 
- ROBERTO BASUALDO: $ 650 + tradicional canasta navideña + 1/2 aguinaldo.


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22 de noviembre de 2011

Empleados de Comercio de Madryn exigen bono navideño

Madryn - La comisión directiva del Sindicato de Empleados de Comercio se reunirá el lunes en Puerto Madryn para avanzar con el reclamo del bono navideño para los trabajadores de la actividad. El pedido en esta oportunidad será más extensivo, no sólo estarán obligados a entregarlos los supermercados sino el comercio de menor escala. El SEC lo resolvió en el último Congreso y “por consenso”, según un comunicado oficial.

“El bono ya debe ser percibido en diciembre”, afirmó el secretario general, Alfredo Beliz. Asimismo remarcó que “el pedido no se transforma en un premio para el trabajador, entendemos que esta exigencia de mercadería y dinero es producto de que no pueden llegar con su sueldo a fin de año” que les permita “pasar unas navidades dignas”.

Cumbre
El gremialista considera que “la constante alza de la canasta, la indumentaria y valores dolarizados para el esparcimiento y vacaciones hacen que los empleados de comercio nos marquen estas necesidades para llegar a fin de año”. Beliz adelantó que “este gremio giró sus propuestas a las distintas cámaras y supermercados para su análisis”. Es por ello que “el próximo lunes la conducción del gremio se reunirá en pleno con el cuerpo de delegados y la comisión directiva en Puerto Madryn con el fin de avanzar sobre este reclamo, cuyo planteamiento está acordado en las últimas paritarias nacionales y que tiene sus fundamentos en lo conseguido sobre aumentos de salario previendo todos los incrementos sobre la canasta familiar que ya están superando el salario medio del sector mercantil”.

Equilibrio
Para finalizar “sostenemos que el bono navideño no es un premio por producción, ni mucho menos a las excelentes ventas que tuvo todo el sector durante el año. Es una necesidad para que todos los empleados de comercio puedan llegar a estas fiestas un poco mejor con sus ingresos y equilibrar todo el esfuerzo de un año de trabajo. Este sentido de equidad le corresponde a cada comerciante y empresario porque el esfuerzo del trabajo diario, nuestros representados ya lo vienen realizando”.

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21 de noviembre de 2011

Empleados de Comercio: liquidación de sueldo Noviembre de 2011

Liquidación de haberes para el mes de Noviembre de 2011 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.

Para la liquidación de haberes de Noviembre de 2011 de Empleados de Comercio CCT 130/75, se termina de incorporar al básico de convenio (por lo tanto pasa a ser remunerativo), el item "acuerdo junio 2010." Dicho item se incorpora al básico en 5 cuotas iguales (de Julio a Noviembre), por lo cual esta es la 5ta y última cuota.

Por lo tanto, dentro de los items no remunerativos, nos quedará el "acuerdo junio 2011," el cual se incoporará al básico recien en abril 2012.

Recordemos, que el acuerdo junio 2011,  estableció un incremento salarial del 30%, aplicable en tres tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:

- Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011. (aplicado)
- Un 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011. (aplicado)
- Un 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011.

Tomando como base de cálculo para aplicar los porcentajes, las escalas salariales correspondientes para cada categoría para el mes de noviembre de 2011.

Como todos los meses, a manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de Noviembre de 2011.

Datos para la liquidación
- Categoría: Administrativo A
- Básico: $ 3.044,32
- Tipo de Jornada: Completa
- Antigüedad: 0
- Obra Social: O.S.E.C.A.C.
- Afiliado al Sindicado: No


Solución Propuesta


Conceptos Remunerativos

Básico: $3.044,32

Surge de la escala salarial publicada por FAECyS.  Ver escala

Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $239,89 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).

3.044,32 / 12 = $253,69

Conceptos No Remunerativos

Adicional no remunerativo Acuerdo Junio 2010: $ 0,-

Hasta el mes Junio el importe era de $705,33, pero a partir del mes de julio se comenienzó a incoporar al básico. Esto se realiza en 5 cuotas iguales (julio a noviembre), como esta es la 5ta, se termenó de incorporar al básico.

Recordemos que dicha incorporación se hace de manera "acrecentada" para que el sueldo de bolsillo del empleado sea le mismo. Para lo cual usamos la formula de acrecentamiento determinada el año pasado para los acuerdos anteriores. (VER)

Acuerdo Colectivo Junio 2011: $700,20

Este valor se mantiene fijo desde la liquidación de septiembre, donde aplicamos el incremento del 8% de aumento. Para mayo/junio ya habíamos determinado el 15%, ahora se sumamos el 8%, lo que nos da un total de un 23%.

Asistencia y puntualidad:
$58,35

Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.

 700,20  / 12 = 58,35

Descuentos

Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:

  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos.  Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.



Ver también: Liquidación septiembre 2011
                     Liquidación octubre 2011




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27 de octubre de 2011

Empleados de Comercio: liquidación de sueldo Octubre de 2011

Liquidación de haberes para el mes de Octubre de 2011 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.

Para la liquidación de haberes de Octubre de 2011 de Empleados de Comercio CCT 130/75, no hay mayores noveades, se sigue incorporarnado al básico (por lo tanto pasan a ser remunerativos), el item "acuerdo junio 2010," dicho item se incorpora al básico en 5 cuotas iguales (de Julio a Noviembre), por lo cual esta es la 4ta cuota.

Recordemos, que el acuerdo junio 2011,  estableció un incremento salarial del 30%, aplicable en tres tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:

- Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011. (aplicado)
- Un 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011. (aplicado)
- Un 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011.

Tomando como base de cálculo para aplicar los porcentajes, las escalas salariales correspondientes para cada categoría para el mes de noviembre de 2011.

Como todos los meses, a manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de Octubre de 2011.

Datos para la liquidación
- Categoría: Administrativo A
- Básico: $ 2.878,72
- Tipo de Jornada: Completa
- Antigüedad: 0
- Obra Social: O.S.E.C.A.C.
- Afiliado al Sindicado: No


Solución Propuesta

Conceptos Remunerativos

Básico: $2.878,72

Surge de la escala salarial publicada por FAECyS.  Ver escala

Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $239,89 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).

2.878,72 / 12 = $239,89

Conceptos No Remunerativos

Adicional no remunerativo Acuerdo Junio 2010: $141,07

Hasta el mes Junio el importe era de $705,33, pero a partir del mes de julio se comenienzó a incoporar al básico. Esto se realiza en 5 cuotas iguales (julio a noviembre), esta es la 4ta. Y debemos tener en cuenta que se deben incoporar de manera acrecentada para que el sueldo de bolsillo del empleado sea le mismo.

Para lo cual usamos la formula de acrecentamiento determinada el año pasado para los acuerdos anteriores. (VER)

Acuerdo Colectivo Junio 2011: $700,20

Este valor se mantiene fijo desde la liquidación de septiembre, donde aplicamos el incremento del 8% de aumento. Para mayo/junio ya habíamos determinado el 15%, ahora se sumamos el 8%, lo que nos da un total de un 20%.

Asistencia y puntualidad: $70,11

Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.

( 141,07 +700,20 ) / 12 = 70,11

Descuentos

Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:

  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos.  Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.

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1 de agosto de 2011

Topes Indemnizatorios para Empleados de Comercio CCT 130/75

Empleados de Comercio:Indemnización por antigüedad - Nuevo tope según escala salarial en vigencia 2011-2012

Desde la Federacion Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) informan los topes indemnizatorios que se deberán tener en cuenta para la liquidación de la indemnización por antiguedad. A continuación se detallan los topes para el período que abarca el último acuerdo salarial, Mayo 2011 a Abril 2012:



PeríodoPromedio Tope vigente
Mayo 2011$ 3.434,47 $ 10.303,42
Junio 2011$ 3.445,65 $ 10.336,96
Julio 2011$ 3.470,63 $ 10.411,90
Agosto 2011$ 3.495,62 $ 10.486,85
Septiembre 2011$ 3.768,98 $ 11.306,95
Octubre 2011$ 3.793,96 $ 11.381,89
Noviembre 2011$ 3.818,95 $ 11.456,84
Diciembre 2011$ 4.036,29 $ 12.108,86
Abril 2012$ 4.198,28 $ 12.594,83


Recordemos por el artículo 245 de la ley 20.744, en los casos de despido de un emplado por parte del empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio prestado o fracción mayor de 3 meses.

Como base de cálculo, se tomorá la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor.

Cabe señalar que dicha base no podrá exceder el equivalente de tres veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de todas las remuneraciones previstas en el Convenio aplicable al trabajador, al momento del despido, por la jornada legal o convencional, excluida la antigüedad.

Es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que le corresponderá fijar y publicar el promedio resultante, juntamente con las escalas salariales de cada Convenio Colectivo de Trabajo. Pero hasta el momento la última resolución publicada es la 658/08 del 1ro de abril de 2009.

Planilla de trabajo utilizada para determinar los topes:


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8 de julio de 2011

Empleados de Comercio: Escalas salariales Junio 2011-Abril 2012

FAECYS publicó las Escalas salariales Junio 2011-Abril 2012 según el último acuerdo

Finalmente la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), publicó las escalas para empleados de comercio, las mismas abarcan el período de Junio de 2011 a Abril de 2012.

Las escalas fueron publicadas hoy por la Federación en su página web en PDF, las cuales incluyen los salarios básicos remunerativo y no remunerativos según lo establecido en último acuerdo para el período Junio 2011 - Abril 2012. Además, se incluyen los adicionales establecidos por el CCT 130/75 por Cajero, Armado de Vidrieras, y Chóferes. También se publicaron las escalas para menores de 16 años.

Por último, se publicó un ejemplo de liquidación en formato excel.


Archivos para descargar:




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4 de julio de 2011

Empleados de Comercio: Escalas salariales y adicionales 2011

Publicadas por el sindicato de comercio de Bahía Blanca
Hasta el día de hoy FAECYS no han publicado aún las escalas salariales según el nuevo acuerdo Junio 2011, pero en el Sindicato de Empleados de Comercio de Bahía Blanca han publicado las nuevas escalas salariales para el período Julio 2010 - Abril 2012.


El Centro Empleados de Comercio de Santa Rosa La Pampa publicó en su página web (ceclapampa.com.ar) las escalas salariales según el último acuerdo salarial para el sector.

Al igual que el año pasado, la escalas publicadas son en formato excel y determina el básico más los acuerdos no remunerativos según el período y la antiguedad. Descargar




Además, se puede descargar una planilla excel para determinar los adicionales por convenio: Cajeros A, B y C, Choferes, Ayudante Choferes y Armado de Vidriera. Descargar


A diferencia de las escalas publicadas por la CAME, estas escalas no tienen incluido dentro del básico la antiguedad. También, se puede ver que en la columna NR 2011 que corresponde al aumento otorgado por el último acuerdo, el mismo está determinado sobre el básico noviembre de 2011 sin tener en cuenta la antiguedad.

Créditos: ceclapampa.com.ar

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2 de julio de 2011

Empleados de Comercio: Se homologó el acuerdo salarial junio 2011

Se homologó el acuerdo salarial para empleados de comercio
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) mediante la Resolución N° 685, de fecha 30 de junio del corriente, ha declarado la homologación del nuevo acuerdo salarial para empleados de comercio.

Es importante destacar que la resolución no ha sido publicada aún en el Boletín Oficial


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26 de junio de 2011

Empleados de Comercio: liquidación de sueldo Junio de 2011

Liquidación de haberes para el mes de junio de 2011 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.


El acuerdo se alcanzó luego de una extensa negociación entre el gremio de comercio y las Cámaras empresarias y en el mismo se pactó incrementar en un 30 % las escalas entre tres tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:

-  Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011.
-  Un 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011.
-  Un 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011.

Se tomará como base de cálculo las sumas establecidas en las escalas salariales correspondientes para cada categoría para el mes de noviembre de 2011.

El incremento acordado se abonará como suma no remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación "acuerdo colectivo junio 2011". Mantendrán tal carácter hasta abril de 2012, mes en el que tendrán carácter salarial remunerativo.

A manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de junio junto con el retroactivo del mes de mayo.

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 2.216,33
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta

Recibo: Modelo liquidación Empleados de Comercio según acuerdo junio 2011

Conceptos Remunerativos
Básico: $2.216,33
Surge de la escala salarial publicada por FAECyS. Ver escala

Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $184,69 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).

2.216,33 / 12 = 184,69

Conceptos No Remunerativos
Adicional no rem acuerdos anteriores: $705,33
Surge de la escala publicada por FAECyS según lo establecido en el Acuerdo Junio 2010.

Acuerdo Colectivo Junio 2011: $456,65
Es el 15% sobre el básico de  la categoría "Administrativo A" para el mes de noviembre de 2011 (Base de cálculo)

Base de cálculo Administrativo A para Noviembre 2011: $3.044,32 según la escala:


3.044,32 x 15% = 456,65

Acuerdo Colectivo Junio 2011 - Retroactivo mayo: $456,65
Es el aumento correspondiente al mes de mayo, y se determina de la misma manera que en el punto anterior.


Asistencia y puntualidad: $134,89
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.

(705,33 + 456,65 + 456,65 ) / 12 = 134,89


Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
  • 3% de Obra Social
  • $50 como aporte especial a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) (1)
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.

Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

(1) Respecto a si corresponde realizar el aporte a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) para aquellos empleados que hayan optado por otra obra social, lo que puedo decir es que es un punto polémico, hay quienes sostienen que deben realizar el aporte todos los empleados, estén afiliados a OSECAC o no. Y hay quienes sostienen que se sólo deben hacer el aporte quienes estén afiliados a esa obra social.
Consultados el sindicato y la obra social afirman que solo deben realizarlo quienes estén en OSECAC, pero nunguna de esas afirmaciones se ha realizado de manera oficial. 
Me reservo mi opinión y dejo a interpretación y decisión de quien deba realizar la liquidación en cada caso.



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